Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 07/04/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 21 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan tarifas de autotaxis en el municipio de Salobreña (Granada). (PP. 3371/2014).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis del municipio de Salobreña que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas, IVA incluido:

TARIFAS TARIFA 1 TARIFA 2 TARIFA 3

Período diurno (*) Período nocturno (**) Período nocturno (**)

días laborables días aborables y período diurno sábados, domingos y festivos

sábados, domingos y festivos

Bajada bandera 3,17 euros 3,17 euros Tarifa 2 + 20%

Por kilómetro o fracción 0,58 euros 0,70 euros Tarifa 2 + 20%

Hora de espera 14,56 euros 14,56 euros Tarifa 2 + 20%

Espera de 15 minutos o fracción 3,63 euros 4,37 euros Tarifa 2 + 20%

(*) Período diurno: De 6,00 a 22,00 horas.

(**) Periído nocturno: De 22,00 horas a 6,00 horas.

Segundo. Esta Resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente, por los profesionales del sector, a los usuarios del servicio hasta tanto no se publique en el citado Boletín, exhibiéndola en lugar visible del vehículo.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de noviembre de 2014.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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