Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 07/04/2015

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Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 6 de marzo de 2015, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Granada, por la que se autoriza administrativamente, se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones, y se reconoce, en concreto, la utilidad pública del proyecto que se cita en la provincia de Granada. (PP. 665/2015).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de entrada de 29.1.2014 don Julio César Campillo Fernández, en nombre y representación de Redexis Gas Distribución, S.A.U., con CIF: A-41.791.625, con domicilio a efectos de notificaciones en Avda. Federico García Lorca, 31 (C.P. 18.014), solicitó de esta Delegación Territorial autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto de la utilidad pública, para el proyecto «Ramal para suministro de gas natural a Guadix», en la provincia de Granada.

Segundo. La descripción y características de las instalaciones principales a ejecutar, genéricamente descritas, son las siguientes:

Trazado: La instalación tiene origen en el t.m. de Guadix, en la posición HUERGUA-08, del futuro Gasoducto de transporte Huércal Overa-Baza-Guadix al noreste del casco urbano de Guadix. Tiene su final al norte del casco urbano, donde conectará con la punta de tubo existente de polietileno PE DN 160 situada en la Carretera de Murcia.

Presión: MOP 4 bar (si bien está diseñada para MOP 10).

Tubería: PE-100 DN 160 SDR 11.

Caudal: 7.000 Nm3/h.

Longitud: 2.094 m.

Instalaciones auxiliares: 2 válvulas de seccionamiento de 6” al inicio y final del ramal.

Presupuesto: Ciento cuarenta y cuatro mil novecientos setenta y seis euros con diez céntimos (144.976,10 €).

Tercero. Con fecha 10.2.2014 se remitió separata y se recabó informe del proyecto a los siguientes organismos y entidades afectadas: Telefónica, Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, y el Excmo. Ayuntamiento de Guadix (Granada).

Los Organismos y Entidades mencionados, en unos casos, contestaron dando su conformidad a las instalaciones, en otros, no se obtuvo respuesta, entendiéndose la conformidad a la instalación según artículo 80, del Real Decreto 1434/2002, y otros Organismos formularon condicionantes ante los cuales la peticionaria no formuló reparo alguno, contestó, por lo que se entiende la conformidad con los mismos.

Cuarto. El expediente fue sometido a trámite de información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOP núm. 224, de fecha 24.11.2014, BOJA núm. 5, de fecha 9.1.2015, BOE núm. 308, de fecha 22.12.2014, en los periódicos «Granada Hoy» de fecha 11.12.2014 e «Ideal» de fecha 17.12.14, así como mediante exposición en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Guadix (Granada).

Quinto. Durante el periodo de información pública no se presentaron alegaciones por los interesados.

Sexto. Conforme a lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, la actuación obtuvo Calificación Ambiental favorable mediante Resolución núm. 25.720 otorgada por el Ayuntamiento de Guadix.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En la tramitación del expediente se han cumplido los trámites reglamentarios previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el R.D. 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorizaciones de gas natural, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Segundo. De conformidad con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, por el que se transfieren competencias a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, así como el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto de la Presidenta de la Junta de Andalucía 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, y considerando que estas instalaciones afectarán, solamente a la provincia de Granada, esta Delegación en base a lo establecido en la Resolución de 28 de enero de 2004 y en la Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en materia de expropiación forzosa,

RESUELVE

Primero. Otorgar autorización administrativa, aprobar el proyecto de ejecución y declarar, en concreto, la utilidad pública solicitada por Redexis Gas Distribución, S.A.U, correspondiente al proyecto denominado «Ramal para suministro de gas natural a Guadix» en la provincia de Granada, Expte. N.º DGC 13/14, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, con arreglo a las siguientes condiciones.

Segundo. La empresa constituirá en el plazo de dos meses, a partir de la fecha de notificación de esta Resolución, una fianza por valor de 2.899,52 € euros, en la Caja General de Depósitos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Andalucía, en Granada, a disposición de esta Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, correspondiente al 2% del presupuesto de ejecución que figura en el expediente, conforme a lo dispuesto en el art. 82 del R.D. 1434/2002, de 27 de diciembre. Una vez formalizada el acta de puesta en servicio de la instalación, el interesado podrá solicitar su devolución, justificando el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la autorización.

Tercero. En todo momento deberá cumplirse cuanto se establece en el R.D. 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Cuarto. El levantamiento de actas previas a la ocupación se deberá realizar en un plazo no superior a 6 meses contados a partir de esta Resolución, pudiéndose conceder una ampliación de dicho plazo, si las circunstancias lo aconsejan, mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes o por causas imputables a la administración.

Quinto. Se establece un plazo de ejecución de la obra de 18 meses a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados.

Sexto. El inicio de la obra se deberá realizar en un plazo no superior a 6 meses contado a partir del levantamiento del acta previa a la ocupación de los bienes afectados. La empresa queda obligada a comunicar a esta Delegación Territorial la fecha de inicio de las obras.

Séptimo. El incumplimiento de los plazos previstos supondrá la cancelación de la presente autorización.

Octavo. La presente autorización se concede con independencia de las competencias que correspondan a otras Administraciones, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, el artículo 75.2 del R.D. 1434/2002, de 23 de diciembre, y en ningún caso se concederá con derechos exclusivos de uso conforme a lo previsto en el artículo 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, según redacción dada en el R.D.-ley 5/2005, de 11 de marzo.

Noveno. A la finalización de las obras la empresa queda obligada a solicitar de esta Delegación Territorial la puesta en servicio de las instalaciones, acompañada de la documentación siguiente:

a) Certificado final de obra, firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente (o documento que sustituya a éste), en el que conste que la construcción y montaje de las instalaciones se han ejecutado de acuerdo con lo previsto en el proyecto aprobado, los reglamentos, normas y especificaciones aplicados en el mismo. Así mismo en el mismo constará como mínimo:

- Nombre de la empresa instaladora.

- Documento técnico origen de la Autorización Administrativa Previa y de Aprobación del Proyecto de Ejecución. Se indicará núm. de expediente, denominación, autor, referencia al visado o documento sustitutivo, fecha de autorización administrativa y de Aprobación del Proyecto de Ejecución.

- Descripción de las instalaciones. Cuando el certificado no sea por la totalidad de las instalaciones contenidas en el proyecto y se trate de certificados parciales del mismo, se indicará: ubicación, material, longitud, origen, final, válvulas y acometidas, acompañando plano del tramo certificado.

- Actas de las pruebas realizadas a cada tramo.

b) Certificados que deban emitir los Organismo de Control Autorizado.

Décimo. Acordar la iniciación del procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y Reglamento de desarrollo, respecto a los bienes y derechos afectados por el proyecto antes citado y que se concretan en la expropiación del pleno dominio e imposición de las servidumbres que se describen en la relación de afectados que se une como Anexo a la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Granada, 6 de marzo de 2015.- El Delegado, José Antonio Aparicio López.

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

PROYECTO: RAMAL PARA SUMINISTRO DE GAS NATURAL A GUADIX (GRANADA).

T.M.: GUADIX

Abreviaturas utilizadas: Serv. m.l.= Servidumbre metros lineales; Serv. m2 = Servidumbre metros cuadrados; OT. m2 = Ocupación temporal metros cuadrados; Exp. m2 = Expropiación en dominio metros cuadrados; Pol.: Polígono; Par.: Parcela. PO=Posición.

Finca Titular-Dirección-Población. Serv. m.l. Serv. m²
OT.
Pol. Par. Naturaleza
GR-GU-20
Jesús García Úbeda
Sandra Hernández Hernández
39 78 296 61 463 Labor Regadío
GR-GU-21 Antonio López Rueda 0 0 57 61 126 Labor Regadío
GR-GU-22 Lourdes García Úbeda 92 184 191 61 120 Labor Regadío
GR-GU-23 Hdros. de Carmen Martínez Gómez 0 0 54 61 125 Labor Regadío
GR-GU-24 Fernando Cruz López 0 0 35 61 124 Labor Regadío
GR-GU-25 Fundación de los Excmo. Señores Marqueses de Peñaflor y de Cortes 22 44 44 61 121 Labor Regadío
GR-GU-26 Fernanda Burgos Ortiz 45 90 421 61 123 Labor Regadío
GR-GU-27 Belén García Lozano 89 178 762 61 122 Labor Regadío
GR-GU-29 José Antonio Pérez Pareja 119 238 938 61 44 Labor Regadío
GR-GU-31 Gofeman, S.L. 317 634 2.536 90.977 02 Solar (viales)
GR-GU-32 Ayuntamiento de Guadix 1.252 2.504 10.016 s/n s/n Vial
GR-GU-33 Confederación Hidrográfica del Guadalquivir 33 66 264 s/n s/n Vial/río Guadix
GR-GU-34 Ayuntamiento de Guadix 78 156 624 s/n s/n Vial

INSTALACIONES AUXILIARES

Finca Titular-Dirección-Población Serv. m.l. Serv. m² OT.m² Exp. m² Pol Par Naturaleza
GR-GU-20PO
Jesús García Ubeda
Sandra Hernández Hernández
0 0 0 4 61 463 Labor regadío
GR-GU-34PO Ayuntamiento de Guadix 0 0 0 4 s/n s/n Vial
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