Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 13/04/2015

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Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Anuncio de 26 de marzo de 2015, de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Almería, por el que se dispone la notificación del acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador, incoado por comisión de posible infracción administrativa tipificada en la Ley que se cita.

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Con fecha 19 de febrero de 2015, se dicta por la Delegada Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Almería acuerdo de iniciación de procedimiento sancionador, incoado por comisión de posible infracción administrativa tipificada en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

Intentada sin efecto la notificación personal del referido acuerdo de iniciación a la persona presuntamente responsable, don Hendrik Jan Groen, procede efectuar la notificación prevista en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 del citado texto legal, se indica al interesado que dispone de un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para conocer el texto íntegro del acuerdo de iniciación y constancia de su conocimiento, compareciendo al efecto en las dependencias de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Almería, sitas en Paseo de la Caridad, núm. 125, 3.ª planta, Almería, en horario de 9,00 a 14,00 horas.

Transcurrido dicho plazo, o tras la comparecencia del interesado, si ésta tuviera lugar, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, comenzará a computarse el plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime el interesado convenientes y, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, se advierte al interesado que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo de quince días previsto en el citado artículo 16.1, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Almería, 26 de marzo de 2015.- La Delegada, Isabel Arévalo Barrionuevo.

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