Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 24/04/2015

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales

Resolución de 21 de abril de 2015, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, de corrección de errores de la de 18 de marzo de 2015, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría de Enfermero/a dependientes del Servicio Andaluz de Salud.

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Publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 57 de 24 de marzo, la Resolución de 18 de marzo de 2015 de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría de Enfermero/a dependientes del Servicio Andaluz de Salud, se ha advertido error en el texto de la misma, transcribiéndose a continuación la oportuna rectificación.

Página núm. 123:

Donde dice:

«3. Medios para la presentación de solicitudes y documentación en general.

3.1. Todas las solicitudes, documentación y en general cualquier trámite relacionado con el Concurso de Traslado podrá presentarse por cualquiera de estos medios:

a) A través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), seleccionando “e_atención al profesional”. Solo se permitirá el acceso al Registro Telemático con certificado digital emitido por la Fábrica de Moneda y Timbre.

b) En soporte papel. A través del apartado “Atención al profesional” de la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) se podrán cumplimentar y descargar los impresos que se presentarán ante alguna de las Oficinas de Registro de los Centros Sanitarios y Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud cuyas direcciones y horarios pueden consultarse en el directorio de la Plataforma de Relación con la Ciudadanía de la Junta de Andalucía (http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/clara/gaaDirectorio.html), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar documentación ante una oficina de Correos se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de certificarse. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Servicio Andaluz de Salud.»

Debe decir:

«3. Medios para la presentación de solicitudes y documentación en general.

3.1. Todas las solicitudes, documentación y en general cualquier trámite relacionado con el Concurso de Traslado podrá presentarse por cualquiera de estos medios:

a) A través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), seleccionando “e_atención al profesional”. Sólo se permitirá el acceso al Registro Telemático con certificado digital emitido por la Fábrica de Moneda y Timbre.

b) En soporte papel. A través del apartado “e_atención al profesional” de la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) se podrán cumplimentar y descargar los impresos que se presentarán ante alguna de las Oficinas de Registro de los Centros Sanitarios y Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud cuyas direcciones y horarios pueden consultarse en el directorio de la Plataforma de Relación con la Ciudadanía de la Junta de Andalucía (http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/clara/gaaDirectorio.html), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar documentación ante una oficina de Correos se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de certificarse. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Servicio Andaluz de Salud.»

Página núm. 123:

Donde dice:

«5. Solicitud de participación, Autobaremo de méritos, Solicitud de destinos y plazos.

5.1. Las personas que deseen concursar deberán presentar:

a) Solicitud de participación, debidamente cumplimentada.

b) Autobaremo de méritos, conforme al baremo de méritos contenido en el Anexo I.

c) Solicitud de destinos, debidamente cumplimentada.

5.2. Para que la solicitud sea admitida, deberán presentarse los documentos referidos en la base anterior en el plazo de presentación de solicitudes establecido en la base 5.7, y bastará con que las personas concursantes manifiesten y declaren en su solicitud de participación que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 2, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en las mismas.»

Debe decir:

«5. Solicitud de participación, Autobaremo de méritos, Solicitud de destinos y plazos.

5.1. Las personas que deseen concursar deberán presentar:

a) Solicitud de participación, debidamente cumplimentada.

b) Autobaremo de méritos, conforme al baremo de méritos contenido en el Anexo II.

c) Solicitud de destinos, debidamente cumplimentada.

5.2. Para que la solicitud sea admitida, deberán presentarse los documentos referidos en la base 5.1 en el plazo de presentación de solicitudes establecido en la base 5.7, y bastará con que las personas concursantes manifiesten y declaren en su solicitud de participación que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base 2, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en las mismas.»

Página núm. 124:

Donde dice:

«5.6. La Solicitud de participación, el Autobaremo de méritos y la Solicitud de destinos se presentarán por alguno de los medios indicados en las bases 3.1.a) y 3.1.b).

En caso de optar por la vía “papel”, conforme establece la base 3.1.b), la Solicitud de participación, el Autobaremo de méritos y la Solicitud de destino, estarán disponibles en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) para su cumplimentación, descarga y posterior presentación en las oficinas de Registro citadas en dicha base.

5.7. Plazo de presentación de solicitudes.

a) El plazo de presentación de la solicitud de participación, el autobaremo y la solicitud de destinos será de 30 días naturales, comenzando el día 27 de abril hasta el día 26 de mayo de 2015, ambos inclusive.»

Debe decir:

«5.6. La Solicitud de participación, el Autobaremo de méritos y la Solicitud de destinos se presentarán por alguno de los medios indicados en las bases 3.1.a) y 3.1.b).

En caso de optar por la vía “papel”, conforme establece la base 3.1.b), la Solicitud de participación, el Autobaremo de méritos y la Solicitud de destino, estarán disponibles en la página web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) para su cumplimentación, descarga y posterior presentación en las oficinas de Registro citadas en dicha base, los cuáles deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General de Profesionales (Avenida de la Borbolla, núm. 1, 41004, Sevilla).

5.7. Plazo de presentación de solicitudes.

a) El plazo de presentación de la solicitud de participación, el autobaremo y la solicitud de destinos será de 30 días naturales, comenzando el día 18 de mayo hasta el día 16 de junio de 2015, ambos inclusive.»

Páginas núm. 126 y 127:

Donde dice:

«7.8.4. Para la valoración de servicios prestados como alto cargo referidos a los Organismos citados en el apartado 2.5 del Anexo II: Fotocopia del nombramiento y certificado de servicios prestados.

7.8.5. Para la valoración de servicios prestados ocupando puestos de libre designación o en puestos de los incluidos en las Relaciones de Puestos de Trabajo, referidos a los Organismos citados en el apartado 2.6 del Anexo II: Fotocopia del nombramiento y certificado de servicios prestados, conforme a lo establecido en los puntos anteriores.»

Debe decir:

«7.8.4. Para la valoración de servicios prestados como alto cargo referidos a los Organismos citados en el apartado 2.4 del Anexo II: Fotocopia del nombramiento y certificado de servicios prestados.

7.8.5. Para la valoración de servicios prestados ocupando puestos de libre designación o en puestos de los incluidos en las Relaciones de Puestos de Trabajo, referidos a los Organismos citados en el apartado 2.5 del Anexo II: Fotocopia del nombramiento y certificado de servicios prestados, conforme a lo establecido en los puntos anteriores.»

Página núm. 128:

Donde dice:

«11.2. Cese y toma de posesión.

a) Las personas concursantes que obtengan plaza cesarán en la que, en su caso, desempeñen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la Resolución Definitiva del concurso prevista en la base 9.3, salvo que se encuentren en disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en cuyo caso el cómputo del plazo para el cese se contará a la finalización de dicho permiso o licencia, excepto que por causas justificadas se suspenda el disfrute de los mismos.»

Debe decir:

«11.2. Cese y toma de posesión.

a) Las personas concursantes que obtengan plaza cesarán en la que, en su caso, desempeñen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la Resolución Definitiva del concurso prevista en la base 10.3, salvo que se encuentren en disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en cuyo caso el cómputo del plazo para el cese se contará a la finalización de dicho permiso o licencia, excepto que por causas justificadas se suspenda el disfrute de los mismos.»

Página núm. 131:

Donde dice:

«b) Publicaciones de artículos en revista de carácter científico, relacionados con la categoría a la que se concursa:

b.1). Indexación en Índice Médico Español o Pubmed:

b.1.1.). Por cada publicación en revistas indexadas: 0,07 puntos.

b.1.2.). Por cada publicación en revistas no indexadas: 0,03 puntos.

b.2). Nacionalidad:

b.2.1.). Por cada publicación en revista internacional: 0,07 puntos.

b.2.2.). Por cada publicación en revista nacional: 0,03 puntos.

b.3). Factor Impacto (FI).

b.3.1.). Por cada publicación en revista con FI mayor de 10: 0,16 puntos.

b.3.2.). Por cada publicación en revista con FI entre 4 y 10: 0,09 puntos.

b.3.3.). Por cada publicación en revista con FI entre 1 y 3: 0,02 puntos.

(Los apartados b.1), b.2) y b.3) son acumulativos).»

Debe decir:

«b) Publicaciones de artículos en revista de carácter científico, relacionados con la categoría a la que se concursa:

b.1. Indexación en Cuiden Citation:

b.1.1. Por cada publicación en revistas indexadas: 0,10 puntos.

b.1.2. Por cada publicación en revistas no indexadas: 0,04 puntos.

b.2. Nacionalidad:

b.2.1. Por cada publicación en revista internacional: 0,10 puntos.

b.2.2. Por cada publicación en revista nacional: 0,04 puntos.

(Los apartados b.1 y b.2 son acumulativos).»

Sevilla, 21 de abril de 2015.- La Directora General, Celia Gómez González.

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