Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 04/05/2015

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 20 de abril de 2015, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las convocatorias de concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local, con habilitación de carácter nacional, convocados por las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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De acuerdo con lo previsto en los artículos 99 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y 13 y 19 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, y de conformidad con lo establecido en la Orden de 8 de septiembre de 1994, del Ministerio de Administraciones Públicas, por la que se aprueba el modelo de convocatoria conjunta y bases comunes por las que se regirán los concursos ordinarios para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Orden de 10 de agosto de 1994 por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a estos funcionarios y demás normativa de aplicación, esta Dirección General de Administración Local,

R E S U E L V E:

Único. Dar publicidad, en extracto, a las convocatorias del concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional que se relacionan en el Anexo I, de conformidad con las siguientes bases:

Primera. Puestos.

Se ofrecen en este concurso los puestos vacantes reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional en aquellas entidades locales que han aprobado las bases específicas y cuyos Presidentes han efectuado la correspondiente convocatoria del concurso.

Segunda. Participación.

1. Los funcionarios con habilitación de carácter nacional podrán concursar a los puestos de trabajo que, según su clasificación, correspondan a la subescala y categoría a que pertenezcan. Podrán participar, asimismo, los funcionarios no integrados en las actuales subescalas, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local a que se refiere la disposición transitoria primera 1 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, en los términos siguientes:

- Los Secretarios de primera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaria, categoría superior.

- Los Secretarios de segunda, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada.

- Los Secretarios de tercera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención.

- Los Secretarios de Ayuntamientos a «extinguir», a Secretarías de Ayuntamientos con población que no exceda de 2.000 habitantes.

- Los Interventores, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, pero únicamente a puestos de Intervención.

- Los Depositarios, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, pero únicamente a puestos de Tesorería.

2. No podrán concursar:

a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

b) Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo 148.5 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

c) Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

d) Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, salvo que concursen a puestos reservados a su subescala y categoría en la misma Corporación o se encuentren en los supuestos del artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Tercera. Documentación y plazo para participar.

1. En el plazo de quince días naturales a partir de la publicación de este concurso en el Boletín Oficial del Estado, los funcionarios con habilitación de carácter nacional que deseen tomar parte en el mismo dirigirán a la Corporación Local a cuyo puesto concursen la siguiente documentación:

- «Solicitud de participación» (modelo Anexo III) comprensiva de declaración jurada de no estar incurso en alguna de las circunstancias a que se refiere el art. 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.

- Documentación acreditativa, en su caso, de los méritos de determinación autonómica, así como los específicos de cada puesto en los términos que se indican en el Anexo II.

2. Los concursantes a dos o más puestos presentarán solicitud y documentación acreditativa de los méritos de determinación autonómica y específicos, en su caso, de cada puesto en todas las corporaciones en que soliciten puestos. Asimismo, los concursantes a dos o más puestos presentarán en idéntico plazo de quince días naturales el orden de prelación de adjudicaciones ante la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, núm. 50, 28071 Madrid). El orden de prelación habrá de ser único y comprensivo de la totalidad de puestos solicitados, y único, asimismo, si se concursa a una o varias subescalas y categorías. La formulación del orden de prelación, cuyo objeto es evitar la adjudicación simultánea de varios puestos a un mismo concursante, no sustituirá en ningún caso a la solicitud de participación dirigida a cada Corporación Local.

3. La solicitud de participación y el orden de prelación de adjudicaciones habrán de presentarse con arreglo a los modelos que se adjuntan en los Anexos III y IV.

4. Los requisitos exigidos así como los méritos deberán reunirse a la fecha de la Resolución de publicación de la convocatoria conjunta del concurso en el BOE.

Cuarta. Méritos

1. Méritos de determinación autonómica.

Los méritos de determinación autonómica referidos al conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan en el Decreto 350/2010, 27 de julio, y son los siguientes:

a) Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo en las entidades locales del territorio de Andalucía o en la Administración de la Junta de Andalucía, con exclusión de los que formen parte del procedimiento selectivo para el acceso a la función pública, que comporten el conocimiento de las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía. A los efectos de la valoración de esta experiencia, se incluirá la desarrollada en las entidades instrumentales de las referidas Administraciones Públicas.

b) Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorará la asistencia y, en su caso, aprovechamiento de los cursos de estas características que, teniendo por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, estén directamente relacionados con las funciones reservadas al puesto de trabajo que se convoca, organizados u homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública o por el Instituto Nacional de Administración Pública, así como las titulaciones de Máster Oficial que reúnan las citadas condiciones.

c) Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos a los que se refiere el párrafo b).

d) Publicaciones. Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

e) Desempeño ininterrumpido del puesto o puestos de trabajo en Administraciones Públicas andaluzas. Se valorará la permanencia en el desempeño del puesto de trabajo en las Administraciones Públicas andaluzas desde el que se concursa, cualquiera que sea su forma de provisión, siempre que dicho puesto esté reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

2. Valoración de los méritos.

a) La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 1,40 puntos, según la reglas siguientes:

- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados al funcionariado con habilitación de carácter nacional, correspondiente a la subescala a la que se concursa: 0,03 puntos por mes.

- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados al funcionariado con habilitación de carácter nacional, de distinta subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.

- Servicios prestados en puestos de trabajo, correspondientes al Grupo A, no reservados al funcionariado con habilitación de carácter nacional: 0,01 puntos por mes.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 100% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento definitivo.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 80% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento provisional.

La valoración obtenida basándose en este mérito será del 50% de la puntuación resultante de dicha experiencia, para puestos desempeñados en virtud de un nombramiento interino o accidental.

A efectos de valoración de la experiencia profesional, el tiempo transcurrido en comisión de servicios se entenderá prestado en el puesto donde la persona que participe en el concurso tenga el nombramiento definitivo.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 1,00 punto, según las siguientes reglas:

- Cursos de duración comprendida entre 15 y 30 horas lectivas: 0,10 puntos por curso.

- Cursos de duración comprendida entre 31 y 50 horas lectivas: 0,30 puntos por curso.

- Cursos de duración comprendida entre 51 y 100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.

- Cursos de duración de 101 horas lectivas o más: 0,75 puntos por curso.

En los casos en los que se haya superado prueba de aptitud exigida en la convocatoria del curso correspondiente, la valoración se incrementará en un 25%.

c) La actividad docente se valorará con un máximo de 0,10 puntos, a razón de 0,01 por hora impartida. Sólo se valorarán los cursos impartidos por una sola vez, aunque se repita su impartición.

d) Las publicaciones se valorarán hasta un máximo de 0,10 puntos en función del carácter innovador, la extensión, la publicación en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del trabajo.

e) La permanencia en el desempeño de puestos de trabajo en Administraciones Públicas andaluzas, se valorará hasta un máximo de 0,40 puntos, en la forma que sigue:

- Por tres años completos de permanencia ininterrumpida: 0,20 puntos.

- Por cuatro años completos de permanencia ininterrumpida: 0,30 puntos.

- Por cinco años completos o más de permanencia ininterrumpida: 0,40 puntos.

3. Acreditación de méritos.

Las personas que participen en los concursos acreditarán los méritos a los que se refiere el presente decreto mediante la presentación de los documentos originales o copias auténticas o autenticadas de los mismos que los justifiquen adecuadamente o, a través de las herramientas telemáticas que, en su caso, se habiliten.

Quinta. Méritos específicos.

Los méritos específicos para cada puesto de trabajo son los que se incluyen en el Anexo II.

Sexta. Valoración de méritos.

1. El Tribunal de valoración comprobará la concurrencia en los concursantes de los requisitos que figuren en la convocatoria, excluyendo a quienes no los reúnan. A continuación puntuará, respecto de los no excluidos, los méritos del siguiente modo:

- Méritos generales, hasta un máximo de 24 puntos, según la relación individualizada de méritos generales de los habilitados nacionales, acreditados e inscritos en el Registro de Habilitados Nacionales sin que sea posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del Tribunal.

- Méritos específicos, hasta un total de 1,50 puntos.

- Méritos de determinación autonómica, hasta un total de 3 puntos, con base en la documentación acreditativa aportada por los concursantes.

- Respecto de los puestos que no tengan méritos específicos, el Tribunal asignará únicamente la puntuación de méritos generales y de méritos autonómicos.

2. El Tribunal podrá celebrar, si lo prevé la convocatoria especifica respectiva, entrevista con concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica. La fecha, lugar y hora de celebración de la entrevista serán notificados a los afectados por el Tribunal, al menos con seis días de antelación a su celebración.

3. En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos o más concursantes, el Tribunal dará prioridad en la propuesta de adjudicación a aquel que hubiera obtenido mayor puntuación en méritos específicos. De mantenerse el empate, a favor de quien en méritos de determinación autonómica tenga más alta puntuación. De persistir este, a favor de quien en méritos generales tenga mayor puntuación en los apartados a), b) c), d) y e), por dicho orden, del artículo 15.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio. En última instancia, el empate se resolverá en base al orden de prelación en el proceso selectivo.

Séptima. Propuesta de Resolución.

Efectuadas por el Tribunal la exclusión y puntuación final de concursantes, elevará al Presidente de la Corporación propuesta de resolución comprensiva de todos los no excluidos y sus puntuaciones ordenadas de mayor a menor. Asimismo elevará relación fundada de excluidos.

Octava. Resolución.

1. El Presidente de la Corporación resolverá el concurso de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de valoración.

2. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos y comprender, por orden de puntuación, a la totalidad de los concursantes no excluidos. En el supuesto de que no se haya presentado ningún concursante, la resolución debe indicar esta circunstancia declarando desierto el concurso.

3. La resolución del concurso o, en su caso, la declaración del Presidente de la corporación declarando desierta la convocatoria, será remitida a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Novena. Coordinación de nombramientos.

La Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, transcurrido el plazo a que se refiere la base anterior, procederá a efectuar la coordinación de resoluciones coincidentes a favor de un mismo concursante, con adjudicación final de puestos, atendiendo al orden formulado por los interesados en la hoja de prelación y a la puntuación obtenida en cada uno de los puestos afectados.

Décima. Formalización de nombramientos.

De acuerdo con el resultado de la coordinación en los casos de adjudicaciones múltiples y de las resoluciones de las Entidades Locales en los restantes, la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas procederá a formalizar los nombramientos y a su publicación en el plazo de un mes, en el Boletín Oficial del Estado.

Undécima. Plazo posesorio.

1. El plazo de toma de posesión en el destino obtenido en el concurso será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

2. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de nombramientos en el «Boletín Oficial del Estado». Si el destino obtenido comportara el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

3. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.

4. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Entidades Locales en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la Dirección General de la Función Pública.

Duodécima. Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.

Los concursantes no podrán renunciar al concurso ni al puesto que sea adjudicado a partir del momento en que los Tribunales eleven propuesta de resolución a la Corporación. Las adjudicaciones de puestos en el concurso tendrán carácter voluntario, no generando en consecuencia derecho alguno al abono de indemnización por traslado.

Decimotercera. Cese y toma de posesión.

1. La toma de posesión determina la adquisición de los derechos y deberes funcionariales inherentes al puesto, pasando a depender el funcionario de la correspondiente Corporación.

2. Las diligencias de cese y toma de posesión de los concursantes serán comunicadas a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Andalucía, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.

Decimocuarta. Recursos.

Los actos administrativos de los Tribunales de valoración podrán ser impugnados conforme a lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante esta Dirección General de Administración Local o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOJA, sin perjuicio de poder efectuar el requirimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de abril de 2015.- La Directora General, Isabel Niñoles Ferrández.


ANEXO I
Relación de vacantes
Provincia Entidad
Granada
Secretaría, categoría superior(Ayuntamiento) Motril
Intervención, categoría superior
Córdoba (Ayuntamiento) Puente Genil
Granada (Ayuntamiento) Motril
Tesorería
Sevilla (Ayuntamiento) San Juan de Aznalfarache
Sevilla (Ayuntamiento) Sevilla
Secretaría, categoría entrada
Córdoba (Ayuntamiento) Rambla, La
Córdoba (Ayuntamiento) Rute
Jaén (Ayuntamiento) Peal de Becerro
Jaén (Ayuntamiento) Quesada
Intervención-Tesorería, categoría entrada
Almería (Ayuntamiento) Carboneras
Córdoba (Ayuntamiento) Rambla, La
Jaén (Ayuntamiento) Peal de Becerro
Jaén (Ayuntamiento) Mancha Real
Jaén (Ayuntamiento) Quesada
Sevilla (Ayuntamiento) Castilblanco de los Arroyos
Secretaría-Intervención
Cádiz (Ayuntamiento) Paterna de Rivera
Huelva (Diputación Provincial) SAT
Huelva (Diputación Provincial) SAT
Huelva (Diputación Provincial) SAT
Jaén (Ayuntamiento) Pegalajar
Jaén (Ayuntamiento) Villarrodrigo
Málaga (Ayuntamiento) Alozaina
Málaga (Ayuntamiento) Cómpeta
Sevilla (Diputación Provincial) SAT
Sevilla (Diputación Provincial) SAT
Málaga Agrupación de Municipios Benadalid y Atajate
Vicesecretaría, clase 3ª
Córdoba (Ayuntamiento) Pozoblanco
Viceintervención, clase 2ª
Cádiz (Ayuntamiento) Chiclana de la Frontera

ANEXO II

Bases específicas que rigen las convocatorias

ALMERÍA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Carboneras.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 17.527,44 euros.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 30/01/2015.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 21/01/2015.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional.

1. Por haber prestado servicios como Interventor/a en Ayuntamiento con Oficina de Gestión y Recaudación Tributaria propia: 0,015 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 0,50 puntos.

2. Por haber prestado servicios, como Interventor/a, en un municipio con un Polígono Industrial consolidado y/o en desarrollo: 0,010 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 0,25 puntos.

3. Por haber prestado servicios como Interventor/a, en una Mancomunidad de Municipios o en un Consorcio dedicado a la prestación de servicios municipales: 0,010 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 0,25 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento.

Cursos de formación y perfeccionamiento organizados por las diferentes Administraciones Públicas, Universidades, Federaciones de Municipios, Colegios Profesionales, Cámaras Oficiales y Fundaciones Públicas (máximo 0,50 puntos), relativos a:

- Las funciones relacionadas con la Intervención, la Tesorería y/o Recaudación municipal.

- Contabilidad, Padrón, Tasas y Nóminas.

- Contabilidad por partida doble.

- Contabilidad Financiera.

- Inventario y contabilidad del inmovilizado.

- Gestión y Administración de Personal.

- Programas de Hojas de Cálculo.

Sobre los que se hará la siguiente valoración, según su duración:

- De 20 a 25 horas: 0,20 puntos por curso.

- De 26 a 40 horas: 0,40 puntos por curso.

- De más de 40 horas: 0,50 puntos por curso.

Acreditación de méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas, debiendo estar claramente especificados los méritos a valorar.

Los cursos sólo se valorarán si fueron convocados y organizados por las diferentes Administraciones Públicas, Universidades, Federaciones de Municipios, Colegios Profesionales, Cámaras Oficiales y Fundaciones Públicas. No serán valorados los cursos de menos de 20 horas de duración.

Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogas, no podrán ser objeto de valoración. Los seminarios sólo se valorarán si se acredita que tienen la misma naturaleza y metodología que los cursos.

Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: D. Salvador Hernández Hernández, Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Presidente suplente: D. Felipe Cayuela Hernández, Concejal de Hacienda y Personal o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales titulares:

- D. José Pedraza Martínez, Jefe del Servicio de Administración Local de la Delegación del Gobierno

- Un/a Interventor/a de la misma categoría o superior, en activo, designado/a por COSITAL de Almería.

- D. Francisco Javier Rodríguez Rodríguez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª Isabel Fuentes Conde, funcionaria del Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Carboneras y representante sindical de los funcionarios en el Ayuntamiento.

Vocales suplentes:

- D. Juan Modesto Espinosa Sierra, Asesor Técnico.

- Un/a Interventor/a de la misma categoría o superior, en activo, designado/a por COSITAL de Almería.

- D. Antonio M. Rodríguez Fernández, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Antonio Carrillo Venzal, funcionario del Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Carboneras.

Secretario titular: D. Joaquín González Belmonte, funcionario del Ayuntamiento de Carboneras.

Secretario suplente: D. Francisco Cazorla Alonso, funcionario del Ayuntamiento de Carboneras.

CÁDIZ

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.

Denominación del puesto: Viceintervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría de entrada.

Nivel del complemento de destino: 29.

Complemento específico: 25.995,34 euros.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 30/01/2015.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 05/02/2015.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (1,5 puntos).

Haber desempeñado por un plazo de tiempo de al menos dos años y de forma ininterrumpida el puesto de trabajo de Intervención o de colaboración a esta en Ayuntamientos con al menos una sociedad mercantil de capital íntegramente municipal, teniendo consolidado un grado a efectos de complemento de destino nivel 30.

Acreditación de méritos:

- Experiencia profesional: certificado expedido por la Secretaría de los Ayuntamientos donde hubiera prestado servicios, haciendo constar las circunstancias de la Corporación que se puntúan en estas Bases, así como el tiempo de prestación de los mismos y el puesto desempeñado, así como mediante copia compulsada del título de la Subescala correspondiente.

- Realización de entrevista: El Tribunal podrá celebrar entrevista con el concursante o concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: D. Andrés Núñez Jiménez, Teniente de Alcalde, Delegado de Personal del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.

Presidente suplente: D.ª Ascensión Hita Fernández, Teniente de Alcalde, Delegada de Hacienda del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.

Vocales

- Dos titulares y dos suplentes, funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería, de las categorías de Entrada o Superior.

- Un vocal titular y suplente, funcionarios pertenecientes al Grupo A1, de la Junta de Andalucía. En caso de que dicha Administración no deseara nombrar este vocal, será sustituido por un funcionario de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a las Subescalas de Intervención-Tesorería o Secretaría.

- Vocal Secretario: Será titular el Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera y suplente el Vicesecretario; ambos funcionarios de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: 30/01/2015.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Paterna de Rivera.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 28.

Entrevista: Si el Tribunal lo estima oportuno, podrá acordar la realización de una entrevista a las personas concursantes para la concreción de los méritos autonómicos o específicos. A estos efectos se notificará a las personas interesadas, al menos con seis días de antelación, la fecha, hora y lugar de celebración. La inasistencia injustificada a la entrevista, supondrá la exclusión del concurso.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno de 13/01/2015.

Convocatoria: Acuerdo Pleno de 13/01/2015.

2. Méritos específicos (máximo 1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (máximo 0,5 puntos).

a) Haber prestado servicios como funcionario con habilitación de carácter nacional en Entidades Locales de Andalucía con una población superior a 4.000 habitantes.

Se valorará con 0,005 puntos por mes trabajado, con un máximo de 0,25 puntos.

b) Haber prestado servicios como técnico de Administración General en Entidades Locales de Andalucía.

Se valorará con 0,005 puntos por mes trabajado, con un máximo de 0,25 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (máximo 1 punto).

a) Por estar en posesión de algún curso de especialista en derecho administrativo local andaluz homologado por el Instituto Nacional de Administración pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP), con una duración mínima de 100 horas lectivas, con aprovechamiento o calificado por apto: 0,50 puntos, (con el fin de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas, el título deberá haberse obtenido con posterioridad a 1 de enero de 2008).

b) Por estar en posesión de cursos específicos en materia de contratación del sector público local homologados por el INAP o por el IAAP, y se acredite un número mínimo de 30 horas lectivas: 0,20 puntos, (con el fin de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas, los cursos deberán haberse impartido con posterioridad a 1 de enero de 2008).

c) Por acreditar conocimientos en materia de gestión directa e indirecta de servicios públicos locales, mediante cursos específicos homologados por el INAP o por el IAAP, y se acredite un número mínimo de 50 horas lectivas: 0,30 puntos.

Acreditación de méritos:

Relación de méritos (específicos y autonómicos) y documentación justificativa de los mismos debidamente compulsada o cotejada (conforme al art. 158 del Real Decreto, 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales), ordenada, numerada y encuadernada en el mismo orden en que éstos se citan.

Los requisitos exigidos y los méritos deberán reunirse a la fecha de la Resolución por la que se efectúe la publicación conjunta en extracto de todas las convocatorias en el BOE.

La experiencia profesional en la Administración Pública se acreditará mediante certificaciones expedidas por las Administraciones correspondientes en las que se prestaron los servicios en las que se hagan constar los datos que se indican en los méritos a valorar.

3. Tribunal de Valoración.

Titulares:

Presidente: El Presidente de la Corporación.

Vocales:

- Funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- Funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- Funcionario de la Junta de Andalucía.

- Secretario Funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Suplentes:

Presidenta: La Primera Teniente de Alcalde de la Corporación

Vocales:

- Funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- Funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- Funcionario de la Junta de Andalucía.

- Secretario Funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

CÓRDOBA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Pozoblanco.

Denominación del puesto: Vicesecretaría.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 22.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 25/11/2014, modificada por Resolución de 15/01/2015.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 25/11/2014.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (máximo 1 punto).

Por conocimiento y experiencia en el desarrollo del trabajo en Ayuntamientos de características similares.

1.1. Por haber desempeñado puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría, categoría de Entrada, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, ya sea en propiedad, provisional, en comisión de servicios o acumulado, en municipios pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía de población de derecho superior a 15.000 habitantes: 0,015 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, hasta un máximo de 0,5 puntos.

1.2. La puntuación anterior se incrementará hasta un máximo de 0,5 puntos distribuidos por los méritos que se indican a continuación de la siguiente forma:

1. Por haber desempeñado puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaría, categoría de Entrada, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, ya sea en propiedad, provisional, en comisión de servicios o acumulado, en municipios pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía y que cuentes, al menos, con un consorcio destinado a la actividad ferial como forma de fomento de la agricultura y la ganadería: 0,01 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, hasta un máximo de 0,3 puntos.

2. Por servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, correspondiente a la subescala a la que se concursa, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, mediante cualquiera de las fórmulas de provisiones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (ya sea en propiedad, provisional, en comisión de servicios o acumulado): 0,01 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, en mancomunidades o consorcios pertenecientes al ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía constituidos de manera expresa con el objeto de desarrollo integral de zonas rurales: hasta 0,2 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (máximo 0,5 puntos).

Por asistencia a cursos que versen íntegramente sobre:

1. Materias relativas a competencias y gestión de los servicios municipales ante la Reforma Local: 0,1 puntos. El mismo debe haber sido impartido con posterioridad al 30/12/2013, fecha de publicación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local:

- De 20 a 39 horas. 0,05 puntos.

- De 40 horas en adelante: 0,1 punto.

2. Materias relativas al control de la edificación en las entidades locales: 0,1 punto. El mismo debe haber sido impartido con posterioridad al 30/12/2013, fecha de publicación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.

- De 20 a 39 horas. 0,05 puntos.

- De 40 horas en adelante: 0,1 punto.

3. Materias relativas a la gestión de proyectos europeos: 0,3 puntos. El mismo debe haber sido impartido a partir del 01/01/2014, fecha de inicio del nuevo período de programación de los Fondos Europeos 2014-2020.

- De 20 a 39 horas. 0,05 puntos.

- De 40 horas a 119 horas: 0,1 punto.

- De 120 horas en adelante: 0,3 puntos.

Se valorará un único curso por materia.

Acreditación de méritos:

- La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación de certificado del Secretario de la Corporación correspondiente con el visto bueno de la Presidencia, en el que conste el tiempo de servicios prestados, así como la concurrencia del resto de requisitos exigidos.

- Los cursos deberán: tener la duración mínima en horas señalada, haber sido impartidos con posterioridad a la fecha indicada en el punto anterior (en los casos en que así se indique), con la finalidad de salvaguardar la vigencia y debida actualización de las materias impartidas; haber sido impartidos por Organismo Público Oficial o Institución Privada con homologación por el Instituto Nacional de Administración Pública o por el Instituto Andaluz de Administración Pública, u organismo autonómico con competencias equivalentes. Su acreditación se hará mediante original o copia compulsada del certificado de asistencia o título de los cursos acreditativos de los mismos.

Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de aprobación de las presentes bases, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados la documentación que estime pertinente para la comprobación de los méritos alegados, pudiendo asimismo realizar consultas a las Administraciones o Entidades Públicas competentes.

En el caso de empate entre los aspirantes, se tendrá en cuenta al que haya obtenido mayor puntuación en los méritos específicos.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Pozoblanco.

Presidente suplente: Miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales titulares:

- D. Fernando Civantos Nieto, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª María Isabel Hens Pulido, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Juan Diego Arenas Muñoz, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª María Leonor Jiménez Ortega, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Vocales suplentes:

- D. Joaquín Porras Priego, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Daniel Toledano Rodríguez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Antonio Fernández Ordóñez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Antonio Martín Durán, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Secretaria titular: D.ª María Leonor Jiménez Ortega, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Secretario suplente: D. Antonio Martín Durán, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Puente Genil.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 26/01/2015.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 6 de febrero de 2015.

2. Méritos específicos (No se contemplan).

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Puente Genil o Concejala Delegada de Recursos Humanos.

Presidente suplente: D. Francisco Carrillo Gómez.

Vocales titulares:

- D.ª María de las Nieves Estévez Miraime, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. José Antonio Ariza Baena, representante designado por la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

- D. Alfonso Montes Velasco, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª M.ª Paz de Diego Rodrigo, representante designado por la Junta de Andalucía.

Secretario titular: D.ª Carmen López Prieto, Secretaria General del Excmo. Ayuntamiento de Puente Genil, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Secretario suplente: Técnico de Administración General que supla a la Sra. Secretaria General.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de La Rambla.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 29.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 06/02/2015, ratificada en Pleno de 25/02/2015.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 06/02/2015.

2. Méritos específicos: No se contemplan.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Rambla.

Presidente suplente: Miembro de la Corporación en quien el Sr. Alcalde-Presidente delegue.

Vocales titulares:

- Tres miembros del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba.

Vocales suplentes:

- Tres miembros del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba.

Secretario titular: Un miembro del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba.

Secretario suplente: Un miembro del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de La Rambla.

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Secretaría, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 29.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía de 06/02/2015, ratificada en Pleno de 25/02/2015.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 06/02/2015.

2. Méritos específicos: No se contemplan.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Rambla.

Presidente suplente: Miembro de la Corporación en quien el Sr. Alcalde-Presidente delegue.

Vocales titulares:

- Tres miembros del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba.

Vocales suplentes:

- Tres miembros del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba.

Secretario titular: Un miembro del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba.

Secretario suplente: Un miembro del Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Rute.

Denominación del puesto: Secretaría

Subescala y categoría: Secretaría, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 18.108,48 euros brutos/año.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 15/01/2015.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 03/02/2015.

2. Méritos específicos (No se contemplan).

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Rute o Concejal en quien delegue.

Presidente suplente: Concejal en quien delegue el Sr. Alcalde-Presidente.

Vocales titulares:

- D. Carlos Alberto Muñoz López, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª Blanca Requena Bogallo, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Alfonso Moreno Olmedo, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. José Antonio Ariza Baena, representante de la Junta de Andalucía

Vocales suplentes:

- D.ª Inés Carolina Fábregas Cobos, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª Sara Belén Troya Jiménez, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª Eva María Perea Morales, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª M.ª del Mar Pastor Roses, representante de la Junta de Andalucía

Secretario titular: D. Carlos Alberto Muñoz López, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Secretario suplente: D.ª Inés Carolina Fábregas Cobos, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

GRANADA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Motril.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 20.815,80 euros.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Junta de Gobierno Local 26/01/2015, ratificadas Pleno 13/02/2015.

Convocatoria: Junta de Gobierno Local 26/01/2015.

2. Méritos específicos (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional (máximo 1,5 puntos).

Se puntuarán hasta un máximo de 1,5 puntos la experiencia profesional de los aspirantes desempeñando puestos de trabajo de Interventor/a, categoría superior a razón de 0,5 puntos por cada año de servicio.

Se valorarán proporcionalmente los servicios prestados por tiempo inferior a un año, así como los prestados a tiempo parcial. Sin embargo, en los casos establecidos en el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.

B) Formación y Perfeccionamiento (máximo 1,5 puntos).

Se valorará con 0,001 punto por cada hora y hasta un máximo de 1,5 puntos las acciones formativas homologadas por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP) impartidos por instituciones de carácter público, colegios profesionales o por centros autorizados y reconocidos que guarden relación directa con las funciones del puesto de la convocatoria y se acredite su duración.

Acreditación de méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante certificado expedido por el/la Secretario/a de la corporación correspondiente en el que consten los méritos que se pretenden valorar, con expresa mención que el puesto de Intervención esté clasificado de categoría superior.

La formación y perfeccionamiento se acreditará mediante presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o título o certificación de la participación en el curso expedida por el centro u órgano correspondiente. Se rechazarán aquellos títulos, diplomas o certificaciones que no expliciten la duración del curso en horas, así como los que no estén homologados por el INAP o IAAP.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: D.ª Paula Concepción García Sánchez, Interventora del Ayuntamiento de Motril.

Presidente suplente: D.ª Eva María Ramírez Pérez de Andrade, Técnica superior.

Vocales titulares:

- D. Gustavo García-Villanueva Zurita, funcionario con habilitación de carácter nacional.

- Vocal propuesto por la Junta de Andalucía, si ejercita tal facultad. En caso contrario será funcionario/a de carrera del subgrupo A1 nombrado por la Alcaldesa.

- D. Roberto Bueno Moreno, Tesorero del Ayuntamiento de Motril.

- D. Rafael Muñoz Gómez, Secretario del Ayuntamiento de Motril.

Vocales suplentes:

- D. Juan José Pérez Fonollá, funcionario con habilitación de carácter nacional.

- Vocal propuesto por la Junta de Andalucía, si ejercita tal facultad. En caso contrario será funcionario/a de carrera del subgrupo A1 nombrado por la Alcaldesa.

- D.ª Encarnación Gándara Márquez, Jefa de Sección de Tramitación y A.

- D.ª Inmaculada Sierra Morcillo, Letrada.

Secretario titular: D. Rafael Muñoz Gómez, Secretario del Ayuntamiento de Motril.

Secretario suplente: D.ª Inmaculada Sierra Morcillo, Letrada.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: Pleno 26/09/2014.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Motril.

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Secretaría, categoría superior.

Nivel del complemento de destino: 30.

Complemento específico: 20.815,80 euros.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Junta de Gobierno Local 26/01/2015, ratificadas Pleno 13/02/2015.

Convocatoria: Junta de Gobierno Local 26/01/2015.

2. Méritos específicos (máximo 1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (1,5 puntos máximo).

Se puntuarán hasta un máximo de 1,5 puntos la experiencia profesional de los aspirantes desempeñando puestos de trabajo de Secretario/a, categoría superior a razón de 0,5 puntos por cada año de servicio.

Se valorarán proporcionalmente los servicios prestados por tiempo inferior a un año, así como los prestados a tiempo parcial. Sin embargo, en los casos establecidos en el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.

B) Formación y Perfeccionamiento (1,5 puntos máximo).

Se valorará con 0,001 punto por cada hora y hasta un máximo de 1,5 puntos las acciones formativas homologadas por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP) impartidos por instituciones de carácter público, colegios profesionales o por centros autorizados y reconocidos que guarden relación directa con las funciones del puesto de la convocatoria y se acredite su duración.

Acreditación de méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante certificado expedido por el/la Secretario/a de la corporación correspondiente en el que consten los méritos que se pretenden valorar, con expresa mención que el puesto de Secretaría esté clasificado de categoría superior.

La formación y perfeccionamiento se acreditará mediante presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o título o certificación de la participación en el curso expedida por el centro u órgano correspondiente. Se rechazarán aquellos títulos, diplomas o certificaciones que no expliciten la duración del curso en horas, así como los que no estén homologados por el INAP o IAAP.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: D. Rafael Muñoz Gómez, Secretario del Ayuntamiento de Motril.

Presidente suplente: D.ª Inmaculada Sierra Morcillo, Letrada.

Vocales titulares:

- D. Gustavo García-Villanueva Zurita, funcionario con habilitación de carácter nacional.

- Vocal propuesto por la Junta de Andalucía, si ejercita tal facultad. En caso contrario será funcionario/a de carrera del subgrupo A1 nombrado por la Alcaldesa.

- D. Roberto Bueno Moreno, Tesorero del Ayuntamiento de Motril.

- D.ª Paula Concepción García Sánchez, Interventora del Ayuntamiento de Motril.

Vocales suplentes:

- D. Juan José Pérez Fonollá, funcionario con habilitación de carácter nacional.

- Vocal propuesto por la Junta de Andalucía, si ejercita tal facultad. En caso contrario será funcionario/a de carrera del subgrupo A1 nombrado por la Alcaldesa.

- D. Francisco Luis Martín Oliva, Jefe del Servicio de Economía y Hacienda.

- D.ª Eva María Ramírez Pérez de Andrade, Técnica Superior.

Secretario titular: D.ª Paula Concepción García Sánchez, Interventora del Ayuntamiento de Motril

Secretario suplente: D.ª Eva María Ramírez Pérez de Andrade, Técnica Superior.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la Relación de Puestos de Trabajo: Pleno 26/09/2014.

HUELVA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Diputación Provincial de Huelva.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención (Servicio Asistencia a Municipios).

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 27.

Entrevista: Si lo estima el Tribunal.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución del Presidente 09/02/2015.

Convocatoria: Resolución de la Presidencia de 09/02/2015.

2. Méritos específicos (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional (0,75 puntos).

Servicios prestados como funcionario de carrera en EE.LL. de Andalucía en puesto de Secretaría-Intervención: 0,02 puntos/mes hasta un máximo de 0,75 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (0,50 puntos).

Por la realización de cursos homologados por el INAP o IAPP sobre materias relacionadas con el puesto a desempeñar, atendiendo a la siguiente ponderación, en función de las horas lectivas:

- De 15 a 30 horas lectivas: 0,02 puntos por curso.

- De 31 a 49 horas lectivas: 0,04 puntos por curso.

- De 50 a 89 horas lectivas: 0,08 puntos por curso.

- Más de 90 horas lectivas: 0,1 punto por curso.

C) Otros Méritos (0,25 puntos):

Por actividad docente en cursos específicos de Administración Local y publicaciones en revistas especializadas de ámbito nacional o autonómico, que guarden relación con el contenido del puesto de trabajo: 0,05 puntos por cada ponencia o publicación, hasta un máximo de 0,25.

Acreditación de méritos:

- Los del apartado A) mediante certificado del Secretario General de la Corporación correspondiente.

- Los del apartado B) mediante la presentación del título: Diploma o Certificación acreditativa, o fotocopia compulsada de los mismos.

- Los del apartado C) mediante certificado de la actividad docente y/o copia de la publicación correspondiente.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: El Presidente de la Diputación Provincial de Huelva.

Presidente suplente: El Diputado de Área de Administración y Economía.

Vocales titulares:

- D.ª Sara Hernández Ibabe, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Diego Ramón Maestre Limón, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

- D. Francisco Javier Domínguez Mora, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

Vocales suplentes:

- D. Francisco Javier López Olivas, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

- D. Raimundo Miranda Miranda, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

- D. Jenaro Fernández Fonseca, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

Secretario titular: D. Rafael Jesús Vera Torrecillas, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Secretario suplente: D. Juan Manuel Rodríguez Gómez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Diputación Provincial de Huelva.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención (Servicio Asistencia a Municipios).

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 27.

Entrevista: Si lo estima el Tribunal.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución del Presidente 09/02/2015.

Convocatoria: Resolución de la Presidencia de 09/02/2015.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (0,75 puntos).

Servicios prestados como funcionario de carrera en EE.LL. de Andalucía en puesto de Secretaría-Intervención: 0,02 puntos/mes hasta un máximo de 0,75 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (0,50 puntos).

Por la realización de cursos homologados por el INAP o IAPP sobre materias relacionadas con el puesto a desempeñar, atendiendo a la siguiente ponderación, en función de las horas lectivas:

- De 15 a 30 horas lectivas: 0,02 puntos por curso.

- De 31 a 49 horas lectivas: 0,04 puntos por curso.

- De 50 a 89 horas lectivas: 0,08 puntos por curso.

- Más de 90 horas lectivas: 0,1 punto por curso.

C) Otros Méritos (0,25 puntos):

Por actividad docente en cursos específicos de Administración Local y publicaciones en revistas especializadas de ámbito nacional o autonómico, que guarden relación con el contenido del puesto de trabajo: 0,05 puntos por cada ponencia o publicación, hasta un máximo de 0,25.

Acreditación de méritos:

- Los del apartado A) mediante certificado del Secretario General de la Corporación correspondiente.

- Los del apartado B) mediante la presentación del título: Diploma o Certificación acreditativa, o fotocopia compulsada de los mismos.

- Los del apartado C) mediante certificado de la actividad docente y/o copia de la publicación correspondiente.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: El Presidente de la Diputación Provincial de Huelva.

Presidente suplente: El Diputado de Área de Administración y Economía.

Vocales titulares:

- D.ª Sara Hernández Ibabe, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Diego Ramón Maestre Limón, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

- D. Francisco Javier Domínguez Mora, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

Vocales suplentes:

- D. Francisco Javier López Olivas, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

- D. Raimundo Miranda Miranda, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

- D. Jenaro Fernández Fonseca, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

Secretario titular: D. Rafael Jesús Vera Torrecillas, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Secretario suplente: D. Juan Manuel Rodríguez Gómez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Diputación Provincial de Huelva.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención (Servicio Asistencia a Municipios).

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 25.

Entrevista: Si lo estima el Tribunal.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución del Presidente 09/02/2015.

Convocatoria: Resolución de la Presidencia de 09/02/2015.

2. Méritos específicos (1,5 puntos).

A) Experiencia Profesional (0,75 puntos).

Servicios prestados como funcionario de carrera en EE.LL. de Andalucía en puesto de Secretaría-Intervención: 0,02 puntos/mes hasta un máximo de 0,75 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (0,50 puntos).

Por la realización de cursos homologados por el INAP o IAPP sobre materias relacionadas con el puesto a desempeñar, atendiendo a la siguiente ponderación, en función de las horas lectivas:

- De 15 a 30 horas lectivas: 0,02 puntos por curso.

- De 31 a 49 horas lectivas: 0,04 puntos por curso.

- De 50 a 89 horas lectivas: 0,08 puntos por curso.

- Más de 90 horas lectivas: 0,1 puntos por curso.

C) Otros méritos (0,25 puntos):

Por actividad docente en cursos específicos de Administración Local y publicaciones en revistas especializadas de ámbito nacional o autonómico, que guarden relación con el contenido del puesto de trabajo: 0,05 puntos por cada ponencia o publicación, hasta un máximo de 0,25.

Acreditación de méritos:

- Los del apartado A) mediante certificado del Secretario General de la Corporación correspondiente.

- Los del apartado B) mediante la presentación del título: Diploma o Certificación acreditativa, o fotocopia compulsada de los mismos.

- Los del apartado C) mediante certificado de la actividad docente y/o copia de la publicación correspondiente.

3. Tribunal de valoración.

Presidente Titular: El Presidente de la Diputación Provincial de Huelva.

Presidente suplente: El Diputado de Área de Administración y Economía.

Vocales titulares:

- D.ª Sara Hernández Ibabe, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Diego Ramón Maestre Limón, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

- D. Francisco Javier Domínguez Mora, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

Vocales suplentes:

- D. Francisco Javier López Olivas, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

- D. Raimundo Miranda Miranda, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

- D. Jenaro Fernández Fonseca, funcionario de carrera de la Diputación Provincial de Huelva.

Secretario titular: D. Rafael Jesús Vera Torrecillas, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Secretario suplente: D. Juan Manuel Rodríguez Gómez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

JAÉN

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Mancha Real.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 28.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 20/01/2015.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 14/01/2015.

2. Méritos específicos: No se contemplan.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Alcalde/sa.

Presidente supente: Primer/a Teniente de Alcalde/sa.

Vocales titulares:

- Titular de la Secretaría municipal, que actuará como Secretario.

- D.ª M.ª Dolores Medina de la Chica, representante de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

- Funcionario en quien delegue el Secretario del Ayuntamiento del Tribunal.

- D. Eloy Tobaruela Quesada, representante de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Peal de Becerro.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 23.

Complemento específico: 395,53 euros/mes (ejercicio 2014).

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía 03/02/2015, modificado por Decreto de Alcaldía 17/02/2015.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 03/02/2015.

2. Méritos específicos:

A) Experiencia profesional (máximo 1 punto):

a) Por haber desempeñado funciones reservadas a Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional en el puesto de Intervención, en más de un municipio simultáneamente, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente: 0,1 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 0,50 puntos.

b) Por haber desempeñado funciones reservadas a Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, como Interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en municipio con una población de derecho superior a 5.000 habitantes: 0,1 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 0,50 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (máximo 0,50 puntos):

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional:

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre estudios de costes, régimen jurídico y gestión de tasas y precios públicos en la Administración Local, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la materia de la protección de consumidores y usuarios en el ámbito local, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por en INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

Acreditación de los Méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

- La experiencia profesional se acreditará mediante certificación original del correspondiente Ayuntamiento, expedida por el Secretario y visada por el Alcalde, en la que se haga constar el tiempo de servicios y demás extremos necesarios para computar dichos servicios.

- La acreditación de los méritos correspondientes a cursos de formación y perfeccionamiento se efectuarán mediante la aportación, en original o copia compulsada, del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

- Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

- El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: La Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Peal de Becerro, o miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales titulares:

- Tres vocales y tres suplentes, funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designados por Resolución de la Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez las funciones de Secretario del Tribunal.

- D.ª M.ª Dolores Medina de la Chica, representante de la Junta de Andalucía y su suplente D. Eloy Tobaruela Quesada.

En el caso de que coincida la ausencia de un vocal titular y su suplente, podrá actuar en su lugar cualquiera de los demás suplentes.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Peal de Becerro.

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Secretaría, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 23.

Complemento específico: 395,53 euros/mes (ejercicio 2014).

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Decreto de Alcaldía 03/02/2015, modificado por Decreto de Alcaldía 17/02/2015.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía 03/02/2015.

2. Méritos específicos.

A) Experiencia profesional (máximo 1 punto):

a) Por haber desempeñado funciones reservadas a Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional en el puesto de Secretaría, en más de un municipio simultáneamente, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente: 0,1 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 0,50 puntos.

b) Por haber desempeñado funciones reservadas a Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, como Secretario, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en municipio con una población de derecho superior a 5.000 habitantes: 0,1 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 0,50 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento (0,50 puntos máximo):

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional:

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre estudios de costes, régimen jurídico y gestión de tasas y precios públicos en la Administración Local, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la materia de la protección de consumidores y usuarios en el ámbito local, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por en INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

Acreditación de los Méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

- La experiencia profesional se acreditará mediante certificación original del correspondiente Ayuntamiento, expedida por el Secretario y visada por el Alcalde, en la que se haga constar el tiempo de servicios y demás extremos necesarios para computar dichos servicios.

- La acreditación de los méritos correspondientes a cursos de formación y perfeccionamiento se efectuarán mediante la aportación, en original o copia compulsada, del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

- Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

- El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: La Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Peal de Becerro, o miembro de la Corporación en quien delegue.

Vocales titulares:

- Tres vocales y tres suplentes, funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designados por Resolución de la Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez las funciones de Secretario del Tribunal.

- D.ª M.ª Dolores Medina de la Chica, representante de la Junta de Andalucía y su suplente D. Eloy Tobaruela Quesada.

En el caso de que coincida la ausencia de un vocal titular y su suplente, podrá actuar en su lugar cualquiera de los demás suplentes.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Pegalajar.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico: 904,46 euros.

Entrevista: Si el Tribunal lo estima oportuno.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 29/01/2015.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 30/01/2015.

2. Méritos específicos: (1,50 puntos).

A) Experiencia profesional (0,75 puntos):

Por los servicios prestados, en el desarrollo del puesto de trabajo de Secretaría-Intervención, como funcionario de carrera, en virtud de nombramiento efectuado por la autoridad competente, cualquiera que haya sido la forma de provisión, en Ayuntamientos con población comprendida entre 3.000 y 4.000 habitantes, se otorgará 0,015 puntos por mes, hasta un total de 0,75 puntos.

La experiencia profesional deberá acreditarse en el desempeño efectivo del puesto de trabajo durante un mínimo de 48 meses, siendo computable este período. A estos efectos, se computará, en todo caso, como servicios prestados el tiempo permanecido en alguno de los supuestos previstos en el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

B) Formación y perfeccionamiento (0,75 puntos):

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional:

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de cursos sobre medidas de saneamiento de deudas en las EE.LL., con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,15 puntos.

- Por la realización de talleres sobre la elaboración de Planes Económico-Financieros y de Saneamiento, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,15 puntos.

- Por la realización de cursos sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,15 puntos.

- Por la realización de cursos sobre el derecho de consumo y su problemática actual, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,15 puntos.

- Por la realización de cursos sobre la normativa sobre prestación de servicios en el ámbito urbanístico con certificado de aprovechamiento, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,15 puntos.

Acreditación de los Méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida por el Secretario de la Corporación correspondiente donde se acredite la concurrencia de los méritos que se pretenden valorar.

La formación y perfeccionamiento se acreditará mediante la presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o certificación acreditativa de la participación en el curso expedida por el centro u organismo competente, y en su caso, en el que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Alcalde-Presidente de la Corporación o persona de la misma en quien delegue.

Vocales titulares:

- D.ª Marien Peinado Lozano, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Actuará como Secretaria del Tribunal.

- D. Ángel Cordero Ramírez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª M.ª Dolores Abolafia Montes, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Eloy Tobaruela Quesada, representante de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

- D. Antonio Megías González, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional. Actuadrá como Secretario suplente del Tribunal.

- D.ª María Dolores Teruel Prieto, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D. Eduardo Ortega Muñoz, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

- D.ª M.ª Dolores Medina de la Chica, representante de la Junta de Andalucía.

1. Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Quesada.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoria entrada.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico: (ejercicio 2014) 512,94 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 29/01/2015, rectificadas por Acuerdo de Pleno 25/02/2015.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 10/02/2015.

2. Méritos específicos: (1,50 puntos).

A) Experiencia profesional (1,00 punto máximo):

a) Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en el puesto de Intervención en más de un municipio simultáneamente, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente: 0,05 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 0,50 puntos.

b) Por haber desempeñado funciones reservadas a Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, como Interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en municipio con una población de derecho superior a 5.000 habitantes: 0,05 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 0,50 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (0,50 puntos máximo):

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional:

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de cursos sobre estudios de costes, régimen jurídico y gestión de tasas y precios públicos de la Administración Local, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la materia de la protección de consumidores y usuarios en el ámbito local, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

Acreditación de los Méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

- La experiencia profesional se acreditará mediante certificación original del correspondiente Ayuntamiento, expedida por el Secretario y visada por el Alcalde, en la que se haga constar el tiempo de servicios y demás extremos necesarios para computar dichos servicios.

- La acreditación de los méritos correspondientes a cursos de formación y perfeccionamiento se efectuarán mediante la aportación, en original o copia compulsada, del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

- Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

- El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quesada.

Presidente suplente: Un miembro de la Corporación municipal a designar por el Alcalde.

Vocales titulares:

- Tres vocales, funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la misma o superior subescala del puesto convocado, designados por Resolución de la Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez de Secretario del Tribunal.

- D. Eloy Tobaruela Quesada, representante de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

- Tres vocales, funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la misma o superior subescala del puesto convocado, designados por Resolución de la Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez de Secretario suplente del Tribunal.

- D.ª M.ª Dolores Medina de la Chica, representante de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Quesada.

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Secretaría, categoría entrada.

Nivel del complemento de destino: 26.

Complemento específico: (ejercicio 2014) 512,94 euros/mes.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 29/01/2015, rectificadas por Acuerdo de Pleno 25/02/2015.

Convocatoria: Decreto de Alcaldía de 10/02/2015.

2. Méritos específicos: (1,50 puntos máximo).

A) Experiencia profesional (1,00 punto máximo):

a) Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en el puesto de Secretaría en más de un municipio simultáneamente, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente: 0,05 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 0,50 puntos.

b) Por haber desempeñado funciones reservadas a Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, como Secretario, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente, en municipio con una población de derecho superior a 5.000 habitantes: 0,05 puntos por cada mes completo de servicio, hasta un máximo de 0,50 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (0,50 puntos máximo):

Por la superación con aprovechamiento de cursos en las materias que a continuación se relacionan, impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional:

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de cursos sobre contratos del Sector Público y Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas, con una duración mínima de 20 horas lectivas, y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre Gestión Urbanística (convenios, juntas de compensación, etc...), con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

Acreditación de los Méritos:

Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

- La experiencia profesional se acreditará mediante certificación original del correspondiente Ayuntamiento, expedida por el Secretario y visada por el Alcalde, en la que se haga constar el tiempo de servicios y demás extremos necesarios para computar dichos servicios.

- La acreditación de los méritos correspondientes a cursos de formación y perfeccionamiento se efectuarán mediante la aportación, en original o copia compulsada, del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

- Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

- El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Quesada.

Presidente suplente: Un miembro de la Corporación municipal a designar por el Alcalde.

Vocales titulares:

- Tres vocales, funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la misma o superior subescala del puesto convocado, designados por Resolución de la Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez de Secretario del Tribunal.

- D. Eloy Tobaruela Quesada, representante de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

- Tres vocales, funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la misma o superior subescala del puesto convocado, designados por Resolución de la Alcaldía, uno de los cuales hará a su vez de Secretario suplente del Tribunal.

- D.ª M.ª Dolores Medina de la Chica, representante de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Villarrodrigo.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 20.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno 05/12/2014.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía de 06/02/2015.

2. Méritos específicos: (1,5 puntos).

A) Experiencia profesional (1,5 puntos):

Por haber prestado servicios de Secretaría-Intervención en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma Andaluza: 0,10 puntos por mes.

Acreditación de los Méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por el Secretario General de la Corporación correspondiente.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villarrodrigo, o miembro de la Corporación en quien delegue.

Presidente suplente: Un miembro de la Corporación Municipal, a designar por el Sr. Alcalde.

Vocales titulares:

- Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designado por Resolución de la Alcaldía.

- Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designado por Resolución de la Alcaldía.

- Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designado por Resolución de la Alcaldía.

- D. Eloy Tobaruela Quesada, representante de la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

- Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designado por Resolución de la Alcaldía.

- Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designado por Resolución de la Alcaldía.

- Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la misma o superior subescala de la del puesto convocado, designado por Resolución de la Alcaldía.

- D.ª M.ª Dolores Medina de la Chica, representante de la Junta de Andalucía.

Secretario titular: Vocal titular 1.º

Secretario suplente: Vocal suplente 1.º

MÁLAGA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Alozaina

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 22.

Complemento específico: 805,68 euros/mes (ejercicio 2014).

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía 28/01/2015, rectificadas y ratificadas Acuerdo de Pleno 26/03/2015.

Convocatoria: Resolución de Alcaldía 28/01/2015.

2. Méritos específicos: (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional (máximo 0,74 puntos):

Se valorará el haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios habilitados de carácter nacional de la Subescala de Secretaría-Intervención, en virtud de nombramiento definitivo, provisional o en comisión de servicios, en un Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía a efectos del sostenimiento de puesto único de Secretaría-Intervención, que reúnan cualquiera de las siguientes circunstancias:

A.1. Por haber desempeñado servicios como Secretario-Interventor en un Ayuntamiento integrado en la Comunidad Autónoma de Andalucía cuyo volumen de endeudamiento exceda de los cinco millones de euros: 0,04 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 0,22.

El elevado índice de deuda existente en el municipio implica conocimientos específicos en materia de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, deuda viva.

A.2. Por haber desempeñado servicios como Secretario-Interventor en un Ayuntamiento integrado en la Comunidad Autónoma de Andalucía con al menos un Bien de Interés Cultural (BIC) por cuando se requiere un conocimiento específico de la legislación en materia de protección del patrimonio cultural ante cualquier actuación pública o privada en su entorno: 0,0025 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 0,17.

A.3. Por haber desempeñado servicios como Secretario-Interventor en un Ayuntamiento integrado en la Comunidad Autónoma de Andalucía cuyo término municipal se vea total o parcialmente afectado por un Plan Especial de Protección del Medio Físico con la categoría de Complejo Serrano, dado que exige conocimientos específicos para tramitación de expedientes: 0,0025 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 0,17.

A.4. Por haber desempeñado servicios como Secretario-Interventor en un Ayuntamiento integrado en la Comunidad Autónoma de Andalucía al menos dos núcleos de población dentro de su término municipal: 0,006 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 0,08.

La existencia de varios núcleos de población implica un reparto demográfico singular que incide cualitativa y cuantitativamente en el volumen de expedientes y en la gestión pública municipal.

A.5. Por cada mes de servicio por el desempeño de funciones reservadas a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional en puestos de Secretaría-Intervención en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía que reúnan las siguientes características (máximo 0,10 puntos):

a) Que tenga una población entre 500 y 2.000 habitantes: 0,001 puntos por mes trabajado.

b) Que tenga una población entre 2001 y 3.000 habitantes: 0,002 puntos por mes trabajado.

B) Formación y Perfeccionamiento (máximo 0,72 puntos):

Por la realización de cursos organizados por las diferentes Administraciones Públicas, Universidades y Federaciones de Municipios, relativos a:

- Curso sobre Gestión de proyectos europeos.

- Curso sobre Iniciativas de Turismo Sostenible.

- Economía Social y Cooperativismo.

- Políticas económicas de la Unión Europea.

- Curso sobre Gestión del Sistema Tributario Local.

- Especialización en disciplina Urbanística.

- Novedades en el Plan Contable en la Administración Local, referenciado a las órdenes de 20 de septiembre HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013.

Sobre los que se hará la siguiente valoración, según su duración:

- De 20 a 99 horas: 0,08 puntos por curso.

- De 100 horas en adelante: 0,15 puntos por curso.

En los casos en los que se haya superado prueba de aptitud exigida en la convocatoria del curso correspondiente, la valoración se incrementará en un 25%.

C) Otros Méritos (máximo 0,04 puntos).

Por estar colegiado en algún Colegio de Abogados de la Comunidad Autónoma de Andalucía se otorgará un total de 0,003 puntos puntos/mes con un máximo de 0,04 puntos, a fin de acreditar una mayor solvencia en la resolución de las cuestiones judiciales pendientes en esta Administración Local.

Acreditación de méritos:

El apartado A) Experiencia Profesional se acreditará mediante el certificado correspondiente expedido por el Secretario/a de la Corporación, donde se acredite la concurrencia de los méritos que se pretenden valorar.

El apartado B) Formación y Perfeccionamiento se acreditará mediante copia compulsada de los respectivos certificados de asistencia o título de los cursos.

Con el objeto de evitar duplicidad de puntuación de una misma acción formativa, sólo se puntuarán aquellos cursos que no hayan sido ya objeto de valoración en los méritos generales y/o autonómicos, lo que se acreditará mediante el correspondiente certificado del registro de Funcionarios Habilitados de carácter Nacional.

Los cursos deberán haber sido impartidos con posterioridad al 01/01/2008, con el objeto de salvaguardar la vigencia y la actualización de las materias impartidas.

Solo se valorarán y puntuarán por una sola vez los cursos relativos a esta materia y contenido.

El apartado C/ Otros Méritos, la colegiación referida en el apartado de otros méritos se acreditarán mediante documento en original o copia compulsada expedido por el correspondiente Colegio de Abogados.

3. Tribunal de valoración.

- Presidente titular: Alcalde, D. Antonio Pérez Rueda

- Presidente suplente: Primera Teniente de Alcalde, D.ª María José Sánchez del Río.

Vocales Titulares:

1.º Funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención D.ª Ana Belén Martín Fernández.

2.º Funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención D.ª Esther Esperanza Gálvez Aragón.

3.º Funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención D. Miguel Márquez Castilla.

4.º Representante de la Junta de Andalucía.

Vocales Suplentes:

1.º Funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención D.ª Ana Isabel Rodríguez Sánchez.

2.º Funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención D.ª Isabel Díaz Caparrós Fernández.

3.º Funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención D.ª Carmen Borrego Checa.

4.º Representante de la Junta de Andalucía.

Secretario Titular: Funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención D. Miguel Márquez Castilla.

Secretario Suplente: Funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría- Intervención D.ª Carmen Borrego Checa.

4. Fecha de inclusión de los méritos específicos del puesto convocado en la relación de puestos de trabajo: 30/12/2013.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Agrupación de municipios Benadalid y Atajate.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del Complemento de Destino: 27.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases : 06 de febrero de 2015.

Convocatoria: Decreto 2015/0019, de 6 de febrero de 2015.

2. Méritos específicos: (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia Profesional (1,5 puntos máximo):

Se valorará el haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter estatal de la subescala de Secretaría-Intervención, en virtud del nombramiento efectuado por la autoridad competente ya sea definitivo, en nombramiento provisional o en comisión de servicios, en agrupaciones de municipios legalmente constituidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía a efectos del sostenimiento de puesto único de Secretaría-Intervención clasificado como de clase tercera, 0,10 puntos por mes trabajado.

Acreditación de Méritos.

La experiencia profesional, se acreditará mediante el certificado correspondiente expedido por el Secretario de la Corporación, con el V.ºB.º del Alcalde, donde se hubieren prestado los servicios, haciendo constar las circunstancias de la Corporación que se puntúan en las presentes Bases, así como el tiempo de prestación de los mismos en el puesto desempeñado. La concurrencia de los aspectos geográficos, demográficos, jurídicos, socio-económicos y otros análogos exigidos, cuando no fuera manifiesta a juicio del Tribunal o no pueda constatarse a través de la documentación aportada por los concursantes, será comprobada por aquél, mediante consulta a las Administraciones o entidades públicas competentes o a través de sus publicaciones o páginas webs oficiales.

Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación.

En cualquier caso, solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella documentación que consideren oportuna, en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal de Valoración.

Presidente Titular: D.ª Leonor Andrades Perales, Alcaldesa y Presidenta del Ayuntamiento de Benadalid.

Presidente Suplente: D.ª Auxiliadora Sánchez González, Alcaldesa y Presidenta del Ayuntamiento de Atajate.

Vocales Titulares:

1. D. Francisco Javier Santos Guzmán, funcionario con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría Intervención.

2. D.ª Ana M.ª González Campos, funcionaria con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

3. D. José Llamas Iniesta, funcionario con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

4. Representante a designar por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Vocales Suplentes:

1. D.ª Verónica Pastora Calle, funcionaria con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

2. D. Juan Javier González Rodríguez, funcionario con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

3. D. José Gómez Salva, funcionario con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

4. Representante a designar por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Secretario Titular:

D. Francisco Javier Santos Guzmán, funcionario con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

Secretario Suplente:

D. José Llamas Iniesta, funcionario con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención.

1. Datos identificativos Corporación.

Denominación de la Corporación: Ayuntamiento de Cómpeta.

Denominación del puesto: Secretario-Interventor.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Complemento de Destino: 26.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno de 15/01/2015.

Convocatoria: Acuerdo de 09/01/2015.

2. Méritos específicos:

A) Experiencia Profesional: (1,5 puntos máximo).

Se valorará el haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la subescala Secretaría-Intervención, en virtud de nombramiento definitivo o provisional, en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía a efectos del sostenimiento de puesto único de Secretaría-Intervención, igualmente de clase tercera, que reúnan cualquiera de las siguientes circunstancias:

Se valorará el haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la subescala Secretaría-Intervención, conjuntamente en el Ayuntamiento y en un Consorcio al que pertenezca éste, debido a que las funciones del Ayuntamiento y del Consorcio están vinculadas, lo que lleva consigo la necesidad de ostentar unos conocimientos específicos y la experiencia necesaria. 1,5 puntos (0,25 por mes trabajado).

Acreditación de méritos:

La Experiencia profesional se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por Ayuntamiento o Entidad en la que se hayan prestando los servicios.

3. Tribunal de valoración.

Titular: El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cómpeta.

Suplente: El teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Cómpeta.

Vocales:

1.º D. Luis Miguel Sueiro Mejuto, funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención y que actuará como Secretario del Tribunal.

D.ª Alba Segura Olmo, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención y que actuará como Secretaria del Tribunal (Suplente).

2.º D. Rogelio Navarrete Machado, funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención (Titular).

D.ª Rosa Álvarez funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención (Suplente).

3.º D.ª Laura Moreno Oliva, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención (Titular).

D.ª Blanca Requena Bogallo, funcionaria de carrera con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría de entrada (Suplente).

4.º Representantes a designar por la Comunidad Autónoma de Andalucía (titular y suplente).

Secretario: Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal de los designados como vocales.

SEVILLA

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, categoría entrada

Nivel del complemento de destino: 26

Entrevista: El Tribunal de valoración podrá acordar, si lo estima necesario, la celebración de una entrevista. A tales efectos, se notificará a los concursantes afectados el lugar, fecha y hora de celebración.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 30/12/2014.

Convocatoria: Acuerdo Pleno 30/12/2014.

2. Méritos específicos: No se contemplan.

3. Tribunal de valoración.

- Presidente titular: D. Segundo Benítez Fernández, Alcalde del Ayuntamiento de Castilblanco de los Arroyos.

- Presidente suplente: D. José Manuel Carballar Alfonso.

- Vocales:

Titulares:

1.º D.ª Mercedes Morales Muñoz.

2.º D. Manuel García González.

3.º D.ª M.ª Mar Macías Sánchez, que actuará de Secretaria.

4.º Representante de la Junta de Andalucía.

Suplentes:

1.º D.ª Salud Navarro Palomo.

2.º D. José Reyes Oliveros Fernández.

3.º D. José Ángel Márquez Ochoa, que actuará de Secretario suplente.

4.º Representante de la Junta de Andalucía.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de San Juan de Aznalfarache.

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería.

Nivel del complemento de destino: 30.

Entrevista: Si el Tribunal lo considera preciso.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 28/01/2015.

Convocatoria: Acuerdo de Alcaldía de 05/02/2015.

2. Méritos específicos: (1,5 puntos máximo).

A) Experiencia profesional (0 puntos).

B) Formación y perfeccionamiento (0,5 puntos).

Estar en posesión de curso en Administración Económica-Financiera de Entidades Locales, con aprovechamiento, y homologado por el Instituto Andaluz de Administraciones Públicas, con una duración mínima de 250 horas lectivas, se puntuará con 0,5 puntos.

C) Otros méritos (1 punto):

Por haber alcanzado la categoría superior, dentro de la Subescala de Intervención-Tesorería y tener una antigüedad en dicha categoría de al menos 3 años: 1 punto.

Acreditación de los Méritos:

Formación y perfeccionamiento: La acreditación del curso mediante la presentación del original o copia compulsada de diploma o certificado de impartición.

Certificado expedido por el Encargado del Registro Central de Personal o por la Subdirección General de Relaciones con otras Administraciones o copia compulsada del título de funcionario de carrera donde se reconozca la categoría superior.

El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: Un funcionario con habilitación de carácter nacional.

Presidente suplente: Un funcionario con habilitación de carácter nacional.

Vocales titulares:

1. Tres funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría a la del puesto convocado, ostentando uno de ellos las funciones de Secretario del Tribunal.

2. Un representante designado por la Comunidad Autónoma.

Vocales suplentes.

3. Tres funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría a la del puesto convocado, ostentando uno de ellos las funciones de Secretario suplente del Tribunal.

4. Un representante designado por la Comunidad Autónoma.

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Sevilla.

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería.

Nivel del complemento de destino: 30.

Cuantía del complemento específico: 66.279,73 euros.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima:

Aprobación de las bases: Acuerdo de Pleno de 28/01/2015.

Convocatoria: Acuerdo de Alcaldía de 05/02/2015.

2. Méritos específicos: (1,50 puntos máximo).

A) Experiencia profesional (1,20 puntos máximo).

Desempeño de puestos anteriores.

Haber desempeñado puestos de Tesorería reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la subescala Intervención-Tesorería en Municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en los que el Presupuesto del Municipio, excluidos Organismos Autónomos, sociedades mercantiles y cualquier otro ente dependiente, sea igual o superior a 55 millones de euros, según la siguiente escala temporal:

1. De manera ininterrumpida durante ocho años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores a de esta convocatoria: 0,90 puntos.

2. De manera ininterrumpida durante seis años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores al de esta convocatoria: 0,60 puntos.

3. De manera ininterrumpida durante cuatro años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores a de esta convocatoria: 0,30 puntos.

Haber desempeñado puestos de Tesorería reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la subescala Intervención-Tesorería en municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que realicen las funciones de Gestión Tributaria, Recaudación e Inspección en su totalidad directamente, sin creación de Entes con personalidad jurídica propia o la formalización de convenio con Diputaciones Provinciales u Organismos dependientes de las mismas, según la siguiente escala temporal:

4. De manera ininterrumpida durante ocho años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores a de esta convocatoria: 0,30 puntos.

5. De manera ininterrumpida durante seis años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores al de esta convocatoria: 0,20 puntos.

6. De manera ininterrumpida durante cuatro años dentro de los diez años naturales inmediatos anteriores a de esta convocatoria: 0,10 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento.

C) Otros méritos (0,30 puntos máximo):

Méritos Académicos.

Estar en posesión de las Licenciaturas en Derecho y en Ciencias Económicas y Empresariales (o sus equivalente en Grados según la regulación dada por el R.D. 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y su actualización mediante el R.D. 861/2010, de 2 de julio): 0,30 puntos.

Acreditación de los Méritos:

Desempeño puestos anteriores: se acreditará con certificación expedida por el Municipio en que hubiese prestado los servicios.

Méritos Académicos: con copia compulsada de ambos títulos universitarios.

3. Tribunal de valoración.

Presidente titular: D. José Miguel Braojos Corral, Interventor General del Ayto. de Sevilla.

Presidente suplente: D. Guillermo González Fernández, Viceinterventor General del Ayuntamiento de Sevilla.

Vocales titulares:

1. D. Luis Enrique Flores Domínguez, Secretario de la Corporación, que asumirá las funciones de Secretario del Tribunal.

2. D.ª Elisa María Pérez García, funcionaria de carrera de esta Corporación.

3. D.ª Sofía Navarro Roda, funcionaria de carrera de la Corporación.

4. Un vocal designado por la Junta de Andalucía.

Vocales suplentes:

5. D. Isidro Nicolás Fernández-Pacheco, Oficial Mayor de la Corporación.

6. D.ª Victoria Genebat Salcedo, funcionaria de carrera de esta Corporación.

7. D.ª Ana María Ordóñez Mirón, funcionaria de carrera de la Corporación.

8. Un vocal designado por la Junta de Andalucía.

1. Nombre de la Corporación: Diputación Provincial de Sevilla.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención (SAT).

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 23.

Complemento específico: 20.444,58 euros/año.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 29/12/2014, rectificado Acuerdo Pleno 05/02/2015.

Convocatoria: Acuerdo Pleno 29/12/2014, rectificado Acuerdo Pleno 05/02/2015.

2. Méritos específicos:

A) Experiencia profesional (1,10 puntos):

Dadas las peculiaridades propias del desempeño de las funciones reservadas a habilitados de carácter nacional en las Diputaciones Provinciales, se valorará el haber prestado servicios como funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, en servicios dependientes de Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, desarrollando funciones de asistencia a municipios, cualquiera que haya sido la forma de provisión: 0,06 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 1,10 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (0,40 puntos):

Se puntuarán hasta un máximo de 0,40 puntos estar en posesión de los Diplomas, certificados o títulos debidamente expedidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, que acrediten la realización de cursos sobre las siguientes áreas de conocimiento:

- Por realización de cursos relativos al Gobierno abierto y reutilización de información pública en el ámbito local con una duración mínima de 15 horas: 0,05 puntos.

- Por realización de cursos en materia de Intervención Local, con una duración mínima de 30 horas: 0,10 puntos.

- Por realización de cursos en materia de Personal, con una duración mínima de 40 horas: 0,10 puntos.

- Por realización de cursos en materia de Urbanismo, con una duración mínima de 50 horas: 0,15 puntos.

Acreditación de los Méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante certificaciones expedidas por las Administraciones correspondientes en las que se prestaron los servicios en las que se hagan constar los datos que se indican en los méritos a valorar, aportando originales o fotocopias debidamente compulsadas.

También se podrá acreditar mediante la presentación de Certificación de Servicios expedida por el órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

La formación se acreditará mediante la presentación del original o copia compulsada de los Certificados y/o Títulos de los Cursos realizados.

También se podrá acreditar mediante la presentación de Certificación de Servicios expedida por el órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

3. Tribunal de valoración.

Presidente: El Presidente de la Diputación Provincial de Sevilla o Diputado/a provincial en quien delegue.

Vocales:

- El Secretario General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.

- El Vicesecretario General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue, quien desempeñará la Secretaría del Tribunal.

- El Interventor General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.

- El Tesorero General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.

- El Subdirector del Área de Asistencia Municipal o funcionario/a en quien delegue.

- El Director General del Área del Empleado/a Público o funcionario/a en quien delegue.

- Un vocal técnico designado por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

1. Nombre de la Corporación: Diputación Provincial de Sevilla.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención (SAT).

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 23.

Complemento específico: 20.444,58 euros/año.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno 29/12/2014, rectificado Acuerdo Pleno 05/02/2015.

Convocatoria: Acuerdo Pleno 29/12/2014, rectificado Acuerdo Pleno 05/02/2015.

2. Méritos específicos:

A) Experiencia profesional (1,10 puntos):

Dadas las peculiaridades propias del desempeño de las funciones reservadas a habilitados de carácter nacional en las Diputaciones Provinciales, se valorará el haber prestado servicios como funcionario/a con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, en servicios dependientes de Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, desarrollando funciones de asistencia a municipios, cualquiera que haya sido la forma de provisión: 0,06 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 1,10 puntos.

B) Formación y perfeccionamiento (0,40 puntos):

Se puntuarán hasta un máximo de 0,40 puntos estar en posesión de los Diplomas, certificados o títulos debidamente expedidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, que acrediten la realización de cursos sobre las siguientes áreas de conocimiento:

- Por realización de cursos relativos al Gobierno abierto y reutilización de información pública en el ámbito local con una duración mínima de 15 horas: 0,05 puntos.

- Por realización de cursos en materia de Intervención Local, con una duración mínima de 30 horas: 0,10 puntos.

- Por realización de cursos en materia de Personal, con una duración mínima de 40 horas: 0,10 puntos.

- Por realización de cursos en materia de Urbanismo, con una duración mínima de 50 horas: 0,15 puntos.

Acreditación de los Méritos:

La experiencia profesional se acreditará mediante certificaciones expedidas por las Administraciones correspondientes en las que se prestaron los servicios en las que se hagan constar los datos que se indican en los méritos a valorar, aportando originales o fotocopias debidamente compulsadas.

También se podrá acreditar mediante la presentación de Certificación de Servicios expedida por el órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

La formación se acreditará mediante la presentación del original o copia compulsada de los Certificados y/o Títulos de los Cursos realizados.

También se podrá acreditar mediante la presentación de Certificación de Servicios expedida por el órgano competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

3. Tribunal de valoración.

Presidente: El Presidente de la Diputación Provincial de Sevilla o Diputado/a provincial en quien delegue.

Vocales:

- El Secretario General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.

- El Vicesecretario General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue, quien desempeñará la Secretaría del Tribunal.

- El Interventor General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.

- El Tesorero General de la Corporación o funcionario/a en quien delegue.

- El Subdirector del Área de Asistencia Municipal o funcionario/a en quien delegue.

- El Director General del Área del Empleado/a Público o funcionario/a en quien delegue.

- Un vocal técnico designado por la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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