Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 07/05/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 27 de abril de 2015, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, bandera, y títulos del municipio de San Fernando (Cádiz).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de San Fernando (Cádiz) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo, bandera y títulos que se indican, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Con fecha 26 de noviembre de 2010, el Pleno del Ayuntamiento acordó, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su escudo, bandera y títulos, cuyas descripciones son las siguientes:

- ESCUDO:

Escudo español de un solo cuartel. De blanco o plata, puente de tres ojos de oro mazonado de sable, sobre ondas de azur y plata, sumado de dos columnas dóricas de plata, unidas por una cartela, con la inscripción en sable: «1810 Unión y Fuerza 1820» de la que pende una llave de oro. En jefe, triángulo de oro, resplandeciente de rayos de lo mismo, cargado de un ojo humano, que es símbolo de la Divina Providencia. En el flanco siniestro, sol naciente de oro con rayos resplandecientes de los mismo. Sobre la boca superior, en el lado diestro: rama de laurel, de sinople y en el siniestro: rama de acacia, de sinople con su fruto, de gules. Ancla acolada de plata y soga de oro mazonada de sable. Al timbre, corona real cerrada. En la punta, de cantón diestro al siniestro, filacteria con los Títulos de Ciudad, que es una cinta flotante de plaza, con la inscripción en sable: Muy Leal y Constitucional, Heróica, Invicta, Parlamentaria y Americanista Ciudad de San Fernando.

- BANDERA:

Bandera rectangular, de proporciones 2/3, de un solo color, azul (A) Pantone Azul Bandera Tono H en núm.: 270.0; Croma C: 35.0; Claridad L: 26.0. En su centro sobrepuesto lleva el escudo heráldico municipal.

- TÍTULOS:

Heróica, Invicta, Parlamentaria y Americanista.

Mediante escrito de fecha 14 de abril de 2015 se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su escudo, bandera y títulos indicados, en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, según el cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, apartado b) del artículo 7.2 del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, y artículo 8 del Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, la bandera y los titulos indicados del municipio de San Fernando (Cádiz), con las descripciones expresadas y con las imágenes gráficas que obran en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del municipio de San Fernando (Cádiz) en el mencionado Registro, para incluir dicho escudo, bandera y titulos municipales.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de abril de 2015.- La Directora General, Isabel Niñoles Ferrández.

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