Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 07/05/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 13 de abril de 2015, por la que se autoriza el cambio de titularidad a los centros docentes de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Santo Ángel» de Puerto Real (Cádiz), así como la nueva denominación específica de Juan Pablo II-Santo Ángel para los mismos.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00069102.

Examinado el expediente incoado a instancia de don Juan Carlos Corvera Córdoba, Presidente de «Fundación Fes Cádiz y Ceuta», nueva entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria Santo Ángel, en solicitud de cambio de titularidad y de nueva denominación específica para los mismos.

Resultando que los centros tienen autorización administrativa para 3 unidades de educación infantil de segundo ciclo con 75 puestos escolares, para 6 unidades de educación primaria con 150 puestos escolares y para 4 unidades con 120 puestos escolares de educación secundaria obligatoria, por Orden de 11 de noviembre de 1996 (BOJA de 17 de diciembre), contando además con 1 unidad de educación básica especial-apoyo a la integración.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y educación secundaria «Santo Ángel», a favor de Congregación de Hermanas del Ángel de la Guarda.

Resultando que «Congregación de Hermanas del Ángel de la Guarda», mediante escritura de cesión otorgada ante don Rafael Martínez Díe, notario del Ilustre Colegio de Madrid, cede la titularidad de los referidos centros a favor de Fundación Fes Cádiz y Ceuta, que la acepta.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE de 10 de diciembre); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Santo Ángel», código 11004635, con domicilio en C/ Santo Domingo, 38, de Puerto Real (Cádiz) que, en lo sucesivo, la ostentará Fundación Fes Cádiz y Ceuta que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan a los mismos, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los centros puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el resultando primero.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Segundo. El cambio de titularidad al que se refiere el apartado primero surtirá efectos a partir del 1 de septiembre de 2015.

Tercero. Autorizar el cambio de denominación específica de los centros de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Santo Ángel», que pasan a denominarse Juan Pablo II-Santo Ángel.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de abril de 2015

LUCIANO ALONSO ALONSO

Consejero de Educación, Cultura y Deporte,
en funciones
Descargar PDF