Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 08/05/2015

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Empresas Públicas y Asimiladas

Edicto de 3 de diciembre de 2014, del Consorcio Universitario Centro Asociado UNED en Huelva, de adenda a los Estatutos. (PP. 975/2015).

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ADENDA A LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO UNIVERSITARIO DEL CENTRO ASOCIADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA EN HUELVA

I N T E R V I E N E N

De una parte, el Presidente de la Diputación Provincial de Huelva, don Ignacio Caraballo Romero, el Alcalde del Ayuntamiento de Huelva, don Pedro Rodríguez González y de otra, el Sr. Rector Magnífico don Alejandro Tiana Ferrer.

Todos tienen y se reconocen mutuamente capacidad en la representación que ostentan y

EXPONEN

Que las instituciones a las que representan consideran como un objetivo de gran importancia la promoción educativa y cultural de todos los vecinos de Huelva y provincia y convienen en reconocer que la Universidad Nacional de Educación a Distancia constituye un importante medio para conseguir el objetivo mencionado.

Que en cumplimiento de lo establecido en los artículos 74 y 82 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía y tras la aprobación de las Leyes 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras Medidas de reforma administrativa, que han introducido trascendentes modificaciones normativas de carácter imperativo que afectan sobremanera a la regulación de los Consorcios. La adaptación de los Estatutos a lo dispuesto en las citadas Leyes resulta no sólo necesario sino también urgente, dados los plazos establecidos por el Legislador.

Que el hecho de que ambas leyes compartan un objeto común, la modificación de la normativa reguladora de los Consorcios a las necesidades y retos actuales de las Administraciones Públicas, así como las exigencias de que las modificaciones de los Estatutos se hagan de la forma más eficaz y causando las menores dificultades posibles motivan que la adaptación de los Estatutos a las dos leyes precitadas se realice de forma conjunta mediante el presente instrumento.

Que la actividad social y educativa que lleva a cabo este Centro Asociado tanto en la realización de actividades académicas y docentes como en la gestión de las actividades administrativas invita a profundizar en su desarrollo a través, entre otras medidas, de la adaptación de las Estructuras del resto de las unidades que conforman el sistema docente de la UNED, incluido este Centro Asociado a la realidad y crecimiento del Campus, por lo que la adaptación de los Estatutos que se plantea debe permitir preparar futuros desarrollos.

En virtud de lo expuesto,

ACUERDAN

Introducir las siguientes modificaciones en el Texto de los Estatutos del Centro Asociado:

Primero. Se introduce un nuevo apartado segundo en la cláusula Tercera con la siguiente redacción:

2. Personalidad jurídica y naturaleza.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional vigésima, apartado 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la disposición final segunda de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, el Consorcio, el Centro Asociado y las Aulas Universitarias quedarán adscritos a la UNED.

Segundo. Se da la siguiente redacción al párrafo primero de la cláusula Cuarta:

1. Domicilio social.

El Consorcio estará domiciliado en la sede del Centro Asociado a la UNED en Huelva, sito en Avda. Sanlúcar de Barrameda núm. 1, 21001, de Huelva, sin perjuicio de que pueda determinarse como domicilio, a efectos de notificaciones o para concretas cuestiones de gestión, otras sedes adscritas a la Universidad, al Centro Asociado y sus Aulas Universitarias o las unidades que lo integran.

Tercero. Se da la siguiente redacción al apartado 1 de la cláusula Séptima:

1. Ámbito territorial.

El ámbito territorial del Centro Asociado comprende Huelva y su provincia y queda incluido, a todos los efectos que procedan, en la estructura que establezca la UNED para favorecer el funcionamiento en red y la consolidación de la Arquitectura de Tecnología Educativa.

Cuarto. Se da una nueva redacción a la cláusula Novena en la forma siguiente:

Novena. Personal de Administración y Servicios.

El Centro Asociado dispondrá del personal de administración y servicios necesarios para atender la gestión administrativa y económica que aseguren el correcto funcionamiento del Centro. En caso de que este personal no sea cedido por las distintas Corporaciones, su vinculación con el Centro será de carácter laboral, rigiéndose por la legislación aplicable al personal de la UNED y, en ningún caso, sus retribuciones podrán superar las establecidas para puestos de trabajo equivalente en la Universidad.

Quinto. Se da la siguiente redacción a las cláusulas decimoprimera y decimosegunda:

Decimoprimera. Régimen presupuestario, financiero y de control.

El régimen de presupuestación, contabilidad y control de Centro Asociado a la UNED de Huelva, será el aplicable a la Administración Pública a la que está adscrito, sin perjuicio de su sujeción a lo previsto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. En todo caso, se llevará a cabo una auditoría de las Cuentas Anuales que será responsabilidad del órgano de control de la Administración a la que se adscribe el Centro, formará parte de sus presupuestos y deberá incluirse en la cuenta general de la Administración Pública de adscripción, sin perjuicio de régimen de gestión que pueda establecer la Junta Rectora.

Decimosegunda. Presentación de Memoria de actividades y remisión de las Cuentas Anuales.

El Centro remitirá anualmente a la UNED, en los plazos que a tal efecto fije ésta con carácter general, una Memoria de las actividades realizadas durante el curso, las Cuentas Anuales y demás documentos administrativos que se le requieran. Esta documentación, deberá ajustarse a los modelos que la UNED establezca para los Centros Asociados.

Sexto. Se da una nueva redacción a las cláusulas decimosexta y siguientes:

Derecho de Separación y Disolución del Consorcio. Modificación de estatutos.

Decimosexta. Derecho de Separación.

El derecho de separación podrá ser ejercido por cualquiera de las partes en los términos previstos en el artículo 12 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. En caso de que el ejercicio del derecho de separación no conlleve la disolución del consorcio se estará a lo dispuesto en el artículo 13.2 de la referida ley.

Decimoséptima. Disolución del Consorcio.

1. El Consorcio se disolverá por alguno de los siguientes motivos:

- Por disposición legal.

- Por imposibilidad de cumplir sus fines y objetivos.

- Por insuficiencia de medios económicos.

- Por el ejercicio del derecho de separación por la UNED o por cualquiera de los otros miembros, salvo que en este último caso la UNED acuerde con los miembros que no deseen separarse la continuidad en los términos y con las condiciones y efectos previstos en el artículo 13.1 de la Ley 15/2014.

2. En caso de disolución del Consorcio, cada Entidad asumirá la responsabilidad del personal que de su plantilla estuviera adscrito al Centro Asociado.

3. El destino de los bienes inventariables será el siguiente: si fueron aportados por una sola entidad fundadora, revertirán a ella automáticamente y quedarán desafectados si es un ente público. Si fueron aportados por varias entidades y formasen un conjunto inseparable, corresponderán a quien hubiera aportado la porción de mayor valor, pero debiendo indemnizar a las demás por el importe del valor de sus aportaciones actualizadas al momento de la liquidación, entendiéndose, en su caso, desafectados.

4. No obstante, antes de que las entidades consorciadas decidan la disolución del Consorcio, el Consejo de Gobierno de la UNED, a la vista de la disponibilidad de sus recursos económicos y previo informe de viabilidad económica, podrá continuar con las actividades administrativas y docentes en el Centro Asociado si considerase que puede hacer frente a todos los gastos.

Decimoctava. Modificación de los Estatutos.

Igualmente acuerdan que la UNED propondrá en el plazo de dieciocho meses desde la aprobación del presente instrumento a la Junta Rectora un proyecto de Estatutos en los que se recoja un texto refundido de los mismos que incorpore las modificaciones introducidas, los adapte y armonice y recoja las disposiciones pertinentes para la adaptación de los mismos a los cambios normativos y organizativos motivados por el desarrollo legal y reglamentario previsto en la Ley 15/2014.

Lo que firman en Huelva, 3 de diciembre de 2014.-El Presidente de la Diputación de Huelva, Ignacio Caraballo Romero; el Alcalde del Ayuntamiento de Huelva, Pedro Rodríguez González; el Rector Magnífico de la UNED, Alejandro Tiana Ferrer.

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