Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 89 de 12/05/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 27 de abril de 2015, de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal gestionados por esta Agencia.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00069442.

El artículo 20 de Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD), y el 52 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo, RLOPD), establecen que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas, sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.

Por otra parte, el artículo 39.2 de la LOPD dispone que serán objeto de inscripción, en el Registro General de Protección de Datos, los ficheros de datos de carácter personal que contengan datos personales y de los cuales sean titulares las Administraciones de las Comunidades Autónomas, así como sus entes y organismos dependientes, sin perjuicio de que se inscriban, además, en los registros a que se refiere el artículo 41.2 de la mencionada Ley.

Asimismo, los artículos 53, 54 y 55 del RLOPD establecen la forma y contenido que ha de revestir la disposición o acuerdo de creación, modificación o supresión de ficheros, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado, así como el modo en que se procederá a la notificación e inscripción de ficheros al Registro General de Protección de Datos.

En este sentido, el artículo 55.1 del RLOPD señala que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, en el plazo de treinta días desde la publicación de su norma o acuerdo de creación en el diario oficial correspondiente.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 13 de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, aprobados mediante Decreto 26/2007, de 6 de febrero (BOJA núm. 37, de 20 de febrero), modificados por Decreto 122/2014, de 26 de agosto (BOJA núm. 171, de 3 de septiembre), y al objeto de dar cumplimiento al citado artículo 20.1 de LOPD, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma,

DISPONGO

Primero. Ficheros titularidad de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20.1 de la LOPD, la presente Resolución tiene por objeto la creación de ficheros de datos de carácter personal de los que es titular laAgencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía y que son gestionados por ésta, los cuales constan contenidos y citados en los anexos de esta Resolución.

Segundo. Creación de ficheros.

Se procede a la creación de los ficheros de datos de carácter personal incluidos en el Anexo I de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 20 de la LOPD y el artículo 54.1 del RLOPD.

Tercero. Medidas de seguridad.

Los titulares de los órganos responsables de los ficheros de datos de carácter personal adoptarán las medidas de índole técnica y organizativas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la LOPD y en las demás normas vigentes, cumpliendo, específicamente, aquellas medidas de seguridad establecidas en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Cuarto. Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

Los afectados por los ficheros mencionados pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano que para cada fichero se concreta en esta Resolución.

Quinto. Normativa de aplicación.

Los ficheros que se recogen en los anexos de esta Resolución se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Inscripción y notificación de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

En cumplimiento del artículo 55 del RLOPD, los ficheros de datos de carácter personal relacionados en esta Resolución serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos por la Secretaría General, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante traslado de una copia de la presente Resolución a través del modelo normalizado que se elabore a tal efecto por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, en el plazo de treinta días desde la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segunda. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de abril de 2015.- El Director General, Antonio Cornejo Pineda

ANEXO I

Ficheros de nueva creación

Fichero: Formación EGREJOB

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Formación EGREJOB.

a.2) Finalidad y usos previstos: Actividad formativa y de tutorización en el marco del proyecto Europeo EGREJOB.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Personas físicas solicitantes a la actividad formativa y de tutorización.

b.2) Procedencia:

Datos comunicados por los solicitantes.

Procedimiento de recogida: Formulario online.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: NIF, apellidos y nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad, sexo, teléfono/s de contacto, correo electrónico, domicilio, formación reglada, titulación académica/especialidad, formación no reglada, situación laboral actual, conocimientos de idiomas, disponibilidad para viajar, experiencia profesional.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

Entidades que resulten adjudicatarias de las prestaciones de servicios que se liciten para la ejecución y consecución de las acciones formativas llevadas a cabo por la Agencia IDEA en el marco del proyecto Euromediterranean GREenJOBs (Acrónimo: EGREJOB), de Cooperación Transfronteriza en la Cuenca Mediterránea, ENPI CBC MED, cofinanciado por la Unión Europea, así como a otras administraciones públicas, conforme al artículo 10.4, letra c) del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

Coordinación del Área de Estrategia y Programas.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Coordinación del Área de Estrategia y Programas.

Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.

Avda. Leonardo da Vinci, 17-A, 41092, Isla de la Cartuja, Sevilla.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Iniciativa @mprende+

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Iniciativa @mprende+.

a.2) Finalidad y usos previstos: Concesión de ayudas a fondo perdido para la constitución de sociedades, en el marco del Decreto-ley 6/2014, de 29 de abril, por el que se aprueba el Programa Emple@Joven y la «Iniciativa @mprende+».

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Personas físicas solicitantes de la ayuda.

b.2) Procedencia:

Datos comunicados por los solicitantes.

Procedimiento de recogida: Formulario online.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: NIF, apellidos y nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad, sexo, teléfono/s de contacto, correo electrónico, domicilio.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

Andalucía Emprende, Fundación Pública Andaluza.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

Coordinación del Área de Estrategia y Programas.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Coordinación del Área de Estrategia y Programas.

Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.

Avda. Leonardo da Vinci, 17-A, 41092, Isla de la Cartuja, Sevilla.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

Fichero: Grabación en vídeo de los actos públicos de las Mesas de Contratación

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Grabación en vídeo de los actos públicos de las Mesas de Contratación de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA)

a.2) Finalidad y usos previstos: Grabación del desarrollo de las sesiones –actos públicos– para su retransmisión a través de Internet.

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo: Personas que asisten a los actos públicos de las Mesas de Contratación o que figuran en la documentación presentada por los licitadores.

b.2) Procedencia:

El propio interesado o su representante legal, así como los recogidos por las cámaras de vídeo y los que constan en la documentación aportada por los licitadores.

Procedimiento de recogida: Cámaras de vídeo y documentación del expediente de contratación.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura: Datos identificativos: nombre y apellidos, sexo, DNI e imágenes de vídeo y voz.

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero mixto.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

No se prevén cesiones.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

Secretaría General.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Secretaría General.

Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía.

Avda. Leonardo da Vinci, 17-A, 41092, Isla de la Cartuja, Sevilla.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel básico.

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