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De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, se hace público que, por Orden de la Consejería de Turismo y Comercio de fecha 30 de diciembre de 2014, se declara una zona del municipio de Granada zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales para los períodos y la vigencia que se determina a continuación:
- La zona de amortiguamiento para la Alhambra, el Generalife y el Albaicín, recogida en la Declaración de Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO según la Decisión 18COM XI.
- Para los siguientes períodos:
a) Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Sábado Santo, ambos incluidos, y
b) el mes de mayo, del 2 al 31, ambos incluidos.
- La vigencia de la declaración de zona de gran afluencia turística sea para los años 2015, 2016, 2017 y 2018.
Esta Orden de la Consejería de Turismo y Comercio de 30 de diciembre de 2014 entrará en vigor el 1 de enero de 2015.
Sevilla, 30 de diciembre de 2014.- La Directora General, M.ª Carmen Cantero González.
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