Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 18/05/2015

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Ayuntamientos

Anuncio de 11 de mayo de 2015, del Ayuntamiento de Cenes de la Vega, de modificación de la base sexta de la convocatoria para la provisión en propiedad de una plaza de Bibliotecario-Archivero.

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ANUNCIO

Don José Julián López Montes, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cenes de la Vega,

HACE SABER

Que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 8 de mayo de 2015, se ha aprobado la modificación de la base sexta de las bases para la provisión en propiedad de una plaza de Bibliotecario-Archivero, que a continuación de relaciona.

«6. Tribunal calificador.

El Tribunal calificador del proceso selectivo estará constituido por los siguientes miembros:

- Presidente:

Titular: Dª. Nuria Enríquez Maroto, funcionaria del Excmo. Ayuntamiento de Granada.

Suplente: D. Manuel Cegrí Ramírez, Interventor del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega.

- Secretario:

Titular: D. José Jesús Montoya Gualda, Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Churriana.

Suplente: D. Fco. Javier Puerta Martí, Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega.

- Vocales:

Titular: Dª. Raquel Valero Segovia, funcionaria del Excmo. Ayuntamiento de Churriana.

Suplente: D. José Luis Travé Pacetti, Secretario del Ayuntamiento de Monachil.

Titular: D. Mariano Boza Puerta, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplente: D. Alfonso Ramos Torres, funcionario de la Junta de Andalucía.

Titular: Dª. Pilar Parra Arcas, Jefa de Sección de Archivo, Biblioteca, Documentación y Publicaciones del Archivo de la Excma. Diputación de Granada.

Suplente: D. Miguel Hernández Carretero, archivero de la Excma. Diputación de Granada.

El Tribunal actuará válidamente cuando al menos, la mitad más uno de sus miembros, y entre estos concurran el Presidente y el Secretario, sean titulares o suplentes.

Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de quien actúe como Presidente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo comunicarlo a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega, que resolverá lo procedente.

Por estas mismas causas podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del Procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992.

El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes; en este caso, el Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores expertos en la materia de que se trate, que actuarán con voz pero sin voto.

El Tribunal queda facultado para interpretar estas bases, resolver las dudas e incidencias que se planteen y para tomar las decisiones necesarias para asegurar el correcto desarrollo de esta convocatoria, en todo aquello no previsto en las presentes bases. Antes de la constitución del Tribunal, se le atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estas bases y de resolver las incidencias y recursos.

El Tribunal no podrá declarar seleccionados un mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas. Las propuestas de aspirantes aprobados que infrinjan esta limitación son nulas de pleno derecho.

Todos los miembros del Tribunal calificador tendrán derecho a la percepción de asistencia y dietas en la forma y cuantía que señala la legislación vigente. A estos efectos, los componentes del Tribunal de esta convocatoria se clasifican en segunda categoría, de acuerdo al Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.»

Cenes de la Vega, 11 de mayo de 2015.- El Alcalde, José Julián López Montes.

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