Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 19/01/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 22 de diciembre de 2015, de la Delegación Territorial de Educación en Jaén, para la concesión de ayudas económicas a entidades sin ánimo de lucro para la prevención, el seguimiento y el control del absentismo escolar, así como la atención al alumnado inmigrante, durante el curso 2015/2016, al amparo de la Resolución de 23 de marzo de 2015.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00083155.

La Orden de 15 de abril de 2011, de la Consejería de Educación (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, en aplicación de lo establecido por la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación.

Vistas las solicitudes y los proyectos presentados y efectuada su valoración por la Comisión Evaluadora en aplicación de los criterios establecidos en el artículo 14 de la citada Orden y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria comunicada por la Dirección General de Participación y Equidad, esta Delegación Territorial

HA RESUELTO

Primero. Aprobar la relación definitiva de subvenciones concedidas a las entidades que han obtenido la puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias definitivas, para la realización de proyectos de prevención, control y seguimiento del absentismo escolar durante el curso 2015/2016, con expresión del porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, los centros de actuación y la cuantía que se indica en el Anexo I, aceptando la renuncia de Cruz Roja.

Segundo. Excluir definitivamente las solicitudes de subvención relacionadas en el Anexo II, por las causas que en el mismo se indican.

Tercero. La cantidad total de las ayudas concedidas es de once mil ochocientos noventa y dos euros (11.892,00 €), la cual se imputará a la partida presupuestaria 1300020000/G/42F/48100/2301 y de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Orden reguladora y en el apartado 24 de su cuadro resumen, se procederá a efectuar el pago mediante trasferencias bancarias a las cuentas de las entidades beneficiarias de estas ayudas, previa acreditación de su titularidad.

Cuarto. Las obligaciones de las entidades beneficiarias, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, son las recogidas en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011, siendo el plazo de ejecución de las actividades subvencionadas el curso académico 2015/2016.

Quinto. Las entidades beneficiarias deberán justificar la correcta aplicación de la ayuda concedida ante esta Delegación Territorial, tal y como está establecido en el artículo 27 de la Orden reguladora y en el apartado 26 de su cuadro resumen, teniendo como plazo máximo para la presentación de dicha justificación hasta el 31 de agosto del año académico subvencionado y atendiendo al cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de la finalidad u objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención. Con carácter adicional y para la mejor justificación de los gastos, las entidades beneficiarias estarán obligadas a aportar cualquier otra documentación que se prevea de forma específica para la subvención concedida.

Sexto. Contra la presente Resolución de la Delegación Territorial de Educación, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Jaén, 22 de diciembre de 2015.- La Delegada, Yolanda Caballero Aceituno.

ANEXO I

ENTIDAD
PORCENTAJE
DE AYUDA
CENTRO/LOCALIDAD
SUBVENCIÓN
CONCEDIDA
CRUZ ROJA ESPAÑOLA - - RENUNCIA
APROMPSI 100
CEIP San Isicio (Cazorla)
CEIP Santa Potenciana (Villanueva de la Reina)
1.900,00€
LIGA GIENNENSE DE EDUCACIÓN Y CULTURA POPULAR 100
IES Jabalcuz (Jaén)
IES Las Fuentezuelas (Jaén)
1.900,00€
ASOCIACIÓN JAÉN ACOGE 100
CEIP Santo Tomás (Jaén)
CEIP Peñamefécit (Jaén)
CEIP Jesús-María (Jaén)
2.392,00€
ANDALUCÍA POR LA ENSEÑANZA PÚBLICA 100
IES Fernando III (Martos)
CEIP San Amador (Martos)
1.900,00€
ASOCIACIÓN CRECIMIENTO Y EDUCACIÓN 100
CEIP Francisco Estepa Llaurens (Andújar)
CEIP Félix Rodríguez de la Fuente (Andújar)
CEIP Isidoro Vilaplana (Andújar)
1.900,00€
SINANDO KALÍ 100
IES García Lorca (Jaén)
CEIP Ruíz
Jiménez (Jaén)
CEIP Muñoz Garnica (Jaén)
1.900,00€
TOTAL= 11.892,00€

ANEXO II

ENTIDAD NIF CAUSA DE EXCLUSIÓN
FAKALI G-91274035 NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN SUFICIENTE PARA TENER LA CONSIDERACIÓN DE BENEFICIARIA PROVISIONAL
ASOCIACIÓN C.D.I. GITANA «DRON DEL GAO ROMANÓ» G-23038789 NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN SUFICIENTE PARA TENER LA CONSIDERACIÓN DE BENEFICIARIA PROVISIONAL
ASOCIACIÓN SOLIDARIOS SPORT G-23698343 NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN SUFICIENTE PARA TENER LA CONSIDERACIÓN DE BENEFICIARIA PROVISIONAL
ASOCIACIÓN DE MUJERES CIUDADANAS POR LA ZONA SUR G-23613987 NO ALCANZAR LA PUNTUACIÓN SUFICIENTE PARA TENER LA CONSIDERACIÓN DE BENEFICIARIA PROVISIONAL
ASOCIACIÓN POR EL EMPLEO Y LA INTEGRACIÓN SOCIAL (ASEIS LAGARTO) G-23584832
NO ESTÁ REGISTRADA COMO ENTIDAD COLABORADORA
DE LA ENSEÑANZA
Descargar PDF