Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 13/06/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 10 de mayo de 2016, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de educación secundaria «Santa Joaquina de Vedruna» de Sevilla.

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Rocío Guerrero Durán, representante de la entidad Fundación Vedruna Sevilla, titular del centro docente privado de educación secundaria «Santa Joaquina de Vedruna», con domicilio en C/ Espinosa y Cárcel, 49, de Sevilla, solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, por la ampliación de las mismas en dos unidades de bachillerato en la modalidad de Humanidades y ciencias sociales, así como modificación de los turnos de dos ciclos formativos, ya autorizados, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 41006213, tiene autorización para impartir dieciséis unidades de educación secundaria obligatoria, seis unidades de bachillerato (cuatro en la modalidad de Ciencias y dos en la de Humanidades y ciencias sociales), un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Gestión administrativa y diez de grado superior (uno de Administración y finanzas, uno de Comercio internacional, uno de Desarrollo de aplicaciones multiplataforma, uno de Dirección de cocina, uno de Dietética, uno de Márketing y publicidad, dos de Animación de actividades físicas y deportivas y dos de Educación infantil), funcionando en régimen de concierto educativo las unidades de educación secundaria obligatoria.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de educación secundaria «Santa Joaquina de Vedruna», código 41006213 y domicilio en C/ Espinosa y Cárcel, 49, de Sevilla, cuyo titular es Fundación Vedruna Sevilla, que, como consecuencia de ello, queda con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Educación secundaria obligatoria: 16 unidades.

Puestos escolares: 480.

b) Bachillerato:

Modalidad de Ciencias: 4 unidades.

Puestos escolares: 140.

Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 4 unidades.

Puestos escolares: 140.

c) Ciclo formativo de formación profesional de grado medio impartido en turno de tarde:

Gestión administrativa:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

d) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior:

- Impartido en turno de mañana:

Administración y finanzas:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Impartidos en turno de tarde:

Desarrollo de aplicaciones multiplataforma:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Dirección de cocina:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Dietética:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Márketing y publicidad:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Comercio internacional:

Núm. de ciclos: 1.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

- Impartidos en doble turno:

Animación de actividades físicas y deportivas:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Educación Infantil:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 120.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de mayo de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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