Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 13/06/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 19 de mayo de 2016, por la que se modifica la autorización del centro docente privado de formación profesional «La Cartuja» de Sevilla.

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Elena Piedra Domínguez, como representante de «DXT Formadores de Técnicos Deportivos, S.L.», por el que se solicita modificar la autorización del centro docente privado de formación profesional «La Cartuja», con domicilio en Glorieta de Beatriz Manchón, s/n, de Sevilla, por ampliación de un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Animación de actividades físicas y deportivas, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 41021391, tiene autorización para impartir dos ciclos formativos de formación profesional de grado medio de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural y tres ciclos formativos de formación profesional de grado superior de Animación de actividades físicas y deportivas.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables de la Gerencia Provincial en Sevilla de la Agencia Pública Andaluza de Educación y del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de dicha provincia.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 2048/1995, de 22 de diciembre (BOE de 9 de febrero de 1996), por el que se establece el título de formación profesional de técnico superior en Animación de actividades físicas y deportivas y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización al centro docente privado de formación profesional «La Cartuja», código 41021391 y domicilio en Glorieta de Beatriz Manchón, s/n, de Sevilla, cuyo titular es «DXT Formadores de Técnicos Deportivos, S.L.», quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

Ciclos formativos de formación profesional de grado medio.

 Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural:

  Núm. Ciclos: 2.

  Grupos: 2.

  Puestos escolares: 60.

Ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno en turno de tarde).

 Animación de actividades físicas y deportivas:

  Núm. Ciclos: 4.

  Grupos: 8.

  Puestos escolares: 240.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación de Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 19 de mayo de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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