Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 15/06/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 1 de junio de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 67/2016.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 67/2016. Negociado: I.

NIG: 4109144S20120007574.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Contra: Isa Andalucía, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 67/2016 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Isa Andalucía, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a uno de junio de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En el presente procedimiento se practicó liquidación de intereses y tasación de costas, ascendiendo a un total de 111,57 euros.

Segundo. Isa Andalucía, S.L., ha dejado transcurrir el plazo sin oponerse a la liquidación practicada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. No habiendo sido impugnada la liquidación de intereses y tasación de costas por ninguna de las partes y estando la misma practicada con arreglo a derecho, procede aprobarla y satisfacerla siguiendo el orden establecido en el artículo 268 de la LRJS.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicada por importe de 111,57 euros a cuyo pago resulta condenada Isa Andalucía, S.L., en las presentes actuaciones.

Expídase mandamiento de devolución por importe de 17,10 euros en concepto de intereses y otro por importe de 67,90 euros en concepto de parte de honorarios de Letrado.

Precédase al embargo telemático de las cuentas bancarias por importe de 26,57 euros en concepto de resto de costas.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (arts. 188 y 189 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado número abierta en Banco Santander, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Isa Andalucía, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a uno de junio de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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