Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 01/07/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 14 de junio de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Trece de Málaga, dimanante de procedimiento ejecución núm. 85/2016.

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NIG: 2906744S20150010264.

Ejecución núm.: 85/2016

Negociado: 5.

Sobre: Despido.

Demandante: José Daniel Santana Barquero.

Abogado: Diego Ortega Macías.

Demandado: Kouken Servicios, S.L.

EDICTO

La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Trece, de Málaga.

Hace Saber:

Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento Ejecución núm. 85/16, a instancia de José Daniel Santana Barquero contra Kouken Servicios, S.L., habiéndose dictado en el día de la fecha Auto y Diligencia de ordenación, que sustancialmente dicen:

- Auto de fecha 14.6.16:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª Iltma. Dijo: Se ordena la ejecución de la Sentencia de fecha 22.2.16, a favor de José Daniel Santana Barquero, contra Kouken Servicios, S.L., y una vez se dicte, en su caso, el auto de extinción de su relación laboral, procédase a despachar ejecución por las cantidades fijadas en el mismo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de Reposición en el plazo de tres días, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186, 187, 188 y 239, de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado.

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. don Francisco José Trujillo Calvo, Magistrado/Juez del Juzgado de lo Social número Trece, de Málaga.

Doy fe. El Magistrado/Juez; la Letrada de la Admón. de Justicia.

- Diligencia de ordenación de fecha 14.6.16:

Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia, Sra. doña Clara López Calvo.

En Málaga, a catorce de junio de dos mil dieciséis.

Conforme a lo acordado en el Auto del día de la fecha, dése cumplimiento a lo previsto en el artículo 280 y siguientes, de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social, a cuyo efecto, cítese de Comparecencia a las partes litigantes ante este Juzgado de lo Social para el próximo día veintiséis de septiembre de 2016, a las 11,20 horas, de su mañana, advirtiéndoles que únicamente podrán apenarse aquellas pruebas que, pudiendo practicarse en el momento, S.Sª. Ilma. estime pertinentes, con la advertencia de que si no compareciera el trabajador o persona que lo represente se archivarán sin más las actuaciones y que de no hacerlo el demandado o su representación se celebrarán los actos sin su presencia.

Notifíquese la presente resolución a la parte ejecutante, y al Fondo de Garantía Salarial y, a la ejecutada, mediante Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Modo de Impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La Letrada De La Administración De Justicia

Y para que sirva de notificación en forma a Kouken Servicios, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Málaga, a catorce de junio de dos mil dieciséis. La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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