Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 04/07/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 20 de junio de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace público el Acuerdo que se cita, de la Sección de Registro e Información de la Consejería, de delegación de competencia para la autenticación de documentos.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00094488.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, dispone que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección u órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

El Decreto 205/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Conocimiento, establece en su art. 7.2.c) que corresponden a la Secretaría General Técnica las funciones generales de administración, registro y archivo.

La Sección de Registro e Información de esta Secretaría General Técnica es la responsable de los Registros de documentos existentes en la misma, siendo necesario, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Secretaría General Técnica

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 14 de junio de 2016, de la Jefatura de Sección de Registro e Información, de la Consejería de Economía y Conocimiento, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias de documentos mediante cotejo, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Sevilla, 20 de junio de 2016.- La Secretaria General Técnica, M.ª Luz Osorio Teva.

ANEXO

«Acuerdo de 14 de junio de 2016, de la Jefatura de Sección de Registro e Información de la Consejería de Economía y Conocimiento, de delegación de competencia para la autenticación de copias de documentos.

De conformidad con el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección u órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

Debido al gran número de documentos presentados para su compulsa, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 35.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con el fin de agilizar y mejorar la atención directa al ciudadano, se hace necesario delegar la competencia para autenticación de copias de documentos mediante cotejo en los puestos que se citan.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 101 y 402 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

ACUERDO

Primero. Delegar la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos mediante cotejo con el original, prevista en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos en las personas que prestan sus servicios en la Consejería con el siguiente código:

Secretaría General Técnica.

- Código 420010 Negociado Registro.

- Código 2718410 Auxiliar de Gestión.

- Código 9054310 Auxiliar Administrativo.

- Código 421710 Negociado de Nóminas.

- Código 9158110 Titulado Grado Medio.

- Código 2717710 Negociado Seguimiento.

Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento y se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, ya mencionadas anteriormente.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuatro. Dejar sin efecto el Acuerdo de 10 de julio de 2014, de esta Sección de Registro e Información, por el que se delegaba la competencia para la autenticación y compulsa de documentos en determinados funcionarios.

Quinto. De conformidad con lo establecido en el art. 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y producirá efectos a partir de la fecha de su publicación. La Jefa de Sección de Registro e Información, M.ª Isabel Pérez Lazpiur.»

Descargar PDF