Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 12/07/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 118/2016, de 5 de julio, por el que se acepta la transmisión de la propiedad a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante mutación demanial subjetiva, por el Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), de una parcela con una superficie de 40.749 m2, sita en el partido de la Dehesa de la Villa, de dicho término municipal, con destino a equipamiento sanitario.

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El Pleno del Ayuntamiento de Lucena (Córdoba) ha acordado la cesión de la propiedad, mediante mutación demanial subjetiva, a la Junta de Andalucía de una parcela de terreno, sita en el partido de la Dehesa de la Villa, de dicha localidad, con destino a equipamiento sanitario.

La Consejería competente en materia de salud ha propuesto la aceptación de la cesión de la parcela citada, dado su interés para los fines sanitarios.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 5 de julio de 2016,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80 y concordantes de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad mediante mutación demanial subjetiva, acordada por el Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), de una parcela, de 40.749 m² de superficie, sita en el partido de la Dehesa de la Villa, de dicho término municipal, con destino a equipamiento sanitario.

Dicha parcela, consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Lucena (Córdoba), con el número de finca 42.802, al tomo 1.540, libro 1.180, folio 73, y la siguiente descripción:

Suelo urbanizable sectorizado. Parcela de terreno, radicante en el partido de la Dehesa de la Villa, sita en el término municipal de Lucena, con superficie de 40.749 m2. Linda: al Norte, con la vereda del Camino de los Barreros; al Sur, con parcela de esta misma procedencia, registral 42.803; y al Este y Oeste, con parcela de esa misma procedencia, registral 42.804.

Referencia catastral: 7009201UG6470N0001HJ.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la transmisión de la propiedad se formalizará mediante convenio administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad de la parcela descrita en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Salud con destino a equipamiento sanitario.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 5 de julio de 2016

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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