Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 04/08/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Orden de 29 de julio de 2016, por la que se acepta la abstención comunicada por la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería, se avoca la competencia sancionadora que se cita y se delega la misma en la persona titular de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral de esta Consejería.

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Mediante escrito de fecha 13 de julio de 2016, con entrada en el Registro General de los Servicios Centrales de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio el día 18 de julio de 2016, la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería, al amparo de lo previsto en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunica a esta Consejería la concurrencia en el expediente administrativo sancionador que se tramita en materia de relaciones laborales contra la entidad Transportes Pintor, S.A. (núm. 577/2016/S/AL/53), la concurrencia de la causa de abstención prevista en la letra e) del apartado 2: «Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar», al haber intervenido como asesor de la entidad en la comparecencia efectuada ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Almería el día 27 de mayo de 2015.

El artículo 97 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, dispone que «Los procedimientos de abstención y de recusación de autoridades y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía serán resueltos por la persona titular del órgano jerárquico inmediatamente superior.»

De conformidad con los preceptos citados, y en virtud de las competencias atribuidas en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 101 a 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,

DISPONGO

Artículo 1. Aceptación de la Abstención.

Aceptar la abstención comunicada por la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería, en el procedimiento administrativo sancionador tramitado en el expediente núm. 577/2016/S/AL/53 que se sigue contra la entidad Transportes Pintor, S.A., por considerar que los motivos alegados se incardinan en el supuesto previsto en la letra e) del apartado 2 del artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 2. Avocación de competencias.

Se avoca la competencia de la persona titular de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería para la resolución del procedimiento administrativo sancionador núm. 577/2016/S/AL/53, incoado a la entidad Transportes Pintor, S.L.

Artículo 3. Delegación de competencias.

Se delega la competencia a que se refiere el artículo 2 de esta Orden en la persona titular de la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral de esta Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

La resolución administrativa que se adopte en virtud de la presente delegación indicará expresamente esta circunstancia.

Disposición final única. Efectos.

La presente Orden producirá sus efectos a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 29 de julio de 2016

José Sánchez Maldonado
Consejero de Empleo, Empresa y Comercio
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