Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 27/09/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Vivienda

Resolución de 19 de septiembre de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace público el Acuerdo que se cita, de delegación de la competencia para la autenticación y compulsa de documentos.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos prevé, en el artículo 23, que la competencia para la autenticación de copias de documentos que se presenten para ser tramitados por el órgano del cual dependa el Registro, corresponderá a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General. En la Consejería de Fomento y Vivienda, la Sección de Información y Registro de los servicios centrales es la responsable del Registro General establecido en la misma.

Para agilizar los procedimientos y el funcionamiento del Registro se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, de conformidad con los artículos 13 y 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como con los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucia.

Por cuanto antecede, esta Secretaría General Técnica

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 16 de septiembre de 2016, del Jefe de Sección de Información y Registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Fomento y Vivienda, por el que se delega la competencia para la autenticación y compulsa de documentos, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Sevilla, 19 de septiembre de 2016.- El Secretario General Técnico, Fernando Rodríguez Reyes.

ANEXO

ACUERDO DE 16 DE SEPTIEMBRE DE 2016, DEL JEFE DE SECCIÓN DE INFORMACIÓN Y REGISTRO DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE LA CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN Y COMPULSA DE DOCUMENTOS

De conformidad con el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección u órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

Con objeto de agilizar la actuación administrativa y atendiendo a los principios de eficacia y celeridad, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, tratando de conseguir una mejor satisfacción de los intereses públicos, por lo que de conformidad con las previsiones contenidas en los artículos 13 y 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Jefatura de Sección de Información y Registro, en ejercicio de las funciones que tiene asignadas,

ACUERDA

Primero. Delegar la competencia para la realización de cotejos y la expedición de copias compulsadas de documentos originales aportados por los ciudadanos, prevista en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, en el personal funcionario que desempeña los puestos de trabajo, cuyos códigos y denominación se relacionan a continuación:

11789010 Administrativo.

11789510 Auxiliar administrativo.

11789610 Auxiliar administrativo.

11788910 Auxiliar de gestión.

11679810 Negociado de información.

199510 Negociado de gestión.

Segundo. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Tercero. La delegación de competencia se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, surtiendo efectos el día siguiente al de su publicación.

Sevilla, a 16 de septiembre de 2016. El Jefe de Sección de Información y Registro, Pedro Benito Calzado Sánchez.

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