Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 191 de 04/10/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 5 de julio de 2016, de la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil, por la que se declara la festividad de «La Cohetá de San Roque» de la localidad de Tolox (Málaga) como manifestación festiva de carácter religioso, cultural y tradicional con uso de artificios de pirotecnia.

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La fabricación, comercio y uso de artículos y artificios pirotécnicos dentro de la Unión Europea viene regulado en la Directiva 2007/23/CE, de 23 de mayo de 2007, sobre la puesta en el mercado de artículos pirotécnicos, cuya transposición en España se realizó mediante el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería. La Instrucción Técnica Complementaria numero 18 de dicha norma regula el uso de artificios de pirotecnia exceptuados del ámbito de la Directiva 2007/23/CE, de 23 de mayo de 2007, por Grupos de Consumidores Reconocidos como Expertos, en manifestaciones festivas religiosas, culturales y tradicionales.

De acuerdo con la Instrucción, el reconocimiento de una manifestación festiva como de carácter religioso, cultural o tradicional, a nivel local o autonómico, la ha de efectuar la Administración Autonómica, de oficio o a instancia de los ayuntamientos, y se ha de publicar en el diario oficial correspondiente. Por ello, la Comunidad Autónoma de Andalucía dictó el Decreto 106/2015, de 17 de marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de las manifestaciones festivas con uso de artificios pirotécnicos y la formación de las personas que intervienen en las mismas.

ANTECEDENTES

Con fecha 5 de febrero de 2016 el Ayuntamiento de Tolox (Málaga) presentó ante la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil la solicitud para declarar la festividad de «La Cohetá de San Roque», que se celebra cada 16 de agosto en esta localidad, como manifestación festiva con uso de artificios de pirotecnia. A dicha solicitud se acompañaba documentación descriptiva de la fiesta, donde queda acreditado el carácter religioso, cultural y tradicional de la misma, así como resolución de la alcaldía por la que se acuerda solicitar la declaración como festividad con uso de artificios pirotécnicos.

Con fecha de 19 de febrero de 2016 se requirió al Ayuntamiento de Tolox para que remitiera información sobre el tipo de artificios pirotécnicos utilizados así como su forma de uso, al no contener la solicitud una descripción sobre estos extremos.

Con fecha 20 de junio de 2016 el Ayuntamiento de Tolox presenta nueva documentación ante la Dirección General de Interior, Emergencias y Protección Civil en la que reitera su solicitud y aporta, entre otra documentación, un certificado de examen del «Laboratorio Oficial Jose María Madariaga» (Universidad Politécnica de Madrid) en el que se afirma que el artificio pirotécnico utilizado es el Volador Trueno perteneciente a la categoría F3, el cual cumple con las medidas de seguridad establecidas en el Anexo I de la Directiva.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

De conformidad con el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 214/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, el Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, el Decreto 106/2015, de 17 de marzo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de las manifestaciones festivas con uso de artificios pirotécnicos y la formación de las personas que intervienen en las mismas, y demás normativa de aplicación

RESUELVO

Reconocer el carácter religioso, cultural y tradicional, a nivel local, de la manifestación festiva denominada «La Cohetá de San Roque» que se celebra anualmente en la localidad de Tolox (Málaga).

A efectos de esta resolución, se entiende por festividad de «La Cohetá de San Roque» la manifestación festiva con uso de pirotecnia realizada por un grupo de personas durante el recorrido de la procesión de San Roque así como en los espacios habilitados durante la misma, que a pie utilizan masivamente los denominados Volador Trueno (cohetes) procediendo a su lanzamiento manual.

Se prohíbe la participación en esta manifestación festiva de personas menores de edad, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.1 del Decreto 106/2015, de 17 de marzo.

El Ayuntamiento en el ejercicio de sus competencias velará y será responsable de la salvaguardia de las medidas de seguridad y organización de la celebración de esta festividad, la cual deberá realizarse de conformidad con los requisitos establecidos en la Instrucción Técnica Complementaria número 18 del Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, especialmente en lo que se refiere a la formación mínima que deben obtener los consumidores reconocidos como expertos y a la suscripción del correspondiente seguro de responsabilidad civil, por posibles daños a terceros derivados de la realización de la manifestación festiva.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al recibo de la presente notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Justicia e Interior, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 5 de julio de 2016.- El Director General, Demetrio Pérez Carretero.

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