Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 11/10/2016

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud

Resolución de 5 de octubre de 2016, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, de corrección de error de la de 21 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Médico/a del Trabajo dependientes del Servicio Andaluz de Salud.

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Publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 183, de 22 de septiembre de 2016, la Resolución de 21 de septiembre de 2016, de la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Médico/a del Trabajo dependientes del Servicio Andaluz de Salud, se ha advertido error material en el texto de la misma, transcribiéndose a continuación la oportuna rectificación:

- Página núm. 281.

Donde dice:

«3.1.5. Poseer el título de Médico/a Especialista en Medicina del Trabajo, expedido por el Ministerio competente en materia de Educación, o por los órganos competentes de los países citados en el apartado anterior, o por cualquier otro país siempre que estén oficialmente reconocidos y/o homologados por el citado Ministerio; o estar en condiciones de obtener dicho título –habiendo finalizado la formación especializada exigida para su obtención– dentro del plazo de presentación de solicitudes. Así mismo, podrán acceder a la categoría convocada quienes estén en posesión de cualquiera de los títulos, certificados o diplomas a que hace referencia el artículo 1 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.»

Debe decir:

«3.1.5. Poseer el título de Médico/a Especialista en Medicina del Trabajo, expedido por el Ministerio competente en materia de Educación, o por los órganos competentes de los países citados en el apartado anterior, o por cualquier otro país siempre que estén oficialmente reconocidos y/o homologados por el citado Ministerio; o estar en condiciones de obtener dicho título –habiendo finalizado la formación especializada exigida para su obtención– dentro del plazo de presentación de solicitudes.»

Sevilla, 5 de octubre de 2016.- La Directora General, Celia Gómez González.

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