Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 200 de 18/10/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 4 de octubre de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 912/2015.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 912/2015. Negociado: A1.

NIG: 2906744S20150012165.

De: Don Franciso Ávila Romero.

Contra: Doña Silvia Cristina López Rolon.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 912/2015, a instancia de la parte actora don Franciso Ávila Romero contra Silvia Cristina López Rolon sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado resolución de fecha 25.1.16 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Que debo inadmitir el escrito de la parte actora de expediente de consignación judicial con el archivo de las actuaciones al no ser proceso previsto en el presente orden jurisdiccional.

Notifíquese esta resolución a las partes informándosele no es firme y contra ella cabe recurso reposición el plazo de tres días desde su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social Siete de Málaga, de lo que doy fe.

Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado por su SS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada Silvia Cristina López Rolon actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a cuatro de octubre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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