Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 19/10/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 14 de octubre de 2016, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, por la que se hace público el Acuerdo de 11 de octubre de 2016, de la Sección de Personal y Régimen Interior, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la autenticación de copias auténticas de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

La Sección de Personal y Régimen Interior de esta Delegación es la responsable de los Registros General y Auxiliar establecidos en la misma.

Por razones técnicas, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación Territorial

R E S U E L V E

Hacer público el Acuerdo de 11 de octubre de 2016, de la Sección de Personal y Régimen Interior de esta Delegación Territorial, por el que se delega la competencia para la autentificación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Sevilla, 14 de octubre de 2016.- El Delegado, José Losada Fernández.

ANEXO QUE SE CITA

ACUERDO DE 11 DE OCTUBRE DE 2016, DE LA SECCIÓN DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN SEVILLA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE SE CITA

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en sus artículos 53.c) y 28.5), respectivamente, por una parte, el derecho de los ciudadanos a obtener copia autenticada de los documentos originales que excepcionalmente estén obligados a presentar, y, por otra, que excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, las Administraciones podrán solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por el interesado, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

Los artículos 23 y 9 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), establecen que la competencia para la autentificación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos, corresponde a la Jefatura de Sección y órganos asimilados responsables de dicho registro.

Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de los escritos y, en el caso de que excepcionalmente deban presentar los documentos originales, los interesados, a tenor de lo dispuesto en el artículo 53.c) de la citada Ley 39/2015, tienen derecho a obtener copias autenticadas de los mismos. Con el fin de agilizar y mejorar la atención directa al ciudadano, y ante el volumen de documentos presentados en los Registros General y Auxiliar dependientes de esta Delegación Territorial, se hace necesario delegar la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos mediante cotejo con los originales en los puestos que se citan más adelante.

Por todo ello,

A C U E R D O

Primero. Delegar la competencia de expedición de copias autenticadas, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, de documentos privados y públicos que se presenten en los Registros General y Auxiliar dependientes de esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en los funcionarios que a continuación se especifican, y que ocupan los puestos que se detallan:

Código 32310. Ng. Registro e Información. Joaquín Carrera García.

Código 12408710. Administrativo. Sonia del Pozo Balado.

Código 10018510. Director-Conservador. Antonino Sanz Matencio.

Código 6539910. Ng. Gestión. Dolores Méndez Canchado.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Cuarto. El presente Acuerdo revoca cualquier otra disposición por la que se delegaran competencias para la autenticación y compulsa de documentos en funcionarios que desempeñaran estos mismos puestos de trabajo y códigos. Sevilla, 11 de octubre de 2016. El Jefe de la Sección de Personal y Régimen Interior. Fdo.: Antonio Jesús Gómez Halcón.

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