Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 24/10/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 31 de agosto de 2016, por la que se autoriza el cambio de titularidad y una nueva denominación específica de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Mater Asunta» de Almería. (PP. 2360/2016).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Juan Carlos Corvera Córdoba, en nombre y representación de la Fundación Educatio Servanda Almería, nueva entidad titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Mater Asunta», con domicilio en Paseo San Luis, 6, de Almería, por el que solicita el cambio de titularidad de los mismos, así como una nueva denominación específica, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que los citados centros, con código 04000961, tienen autorización para impartir tres unidades del segundo ciclo de educación infantil, seis unidades de educación primaria y cuatro unidades de educación secundaria obligatoria, respectivamente, funcionando todas estas enseñanzas, además de una unidad de educación básica especial de apoyo a la integración, en régimen de conciertos educativos.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad de los referidos centros a favor de la Pía Unión Familia de Dios.

Resultando que la Pía Unión Familia de Dios, mediante escritura de elevación de acuerdo a escritura pública de transmisión a título gratuito de titularidad de centro educativo número tres mil setecientos siete, otorgada ante don Emilio Navarro Moreno, notario del Ilustre Colegio de Almería y del Ilustre Colegio de Andalucía, fechada en Almería a veinticuatro de noviembre de dos mil quince, cede gratuitamente a la Fundación Educatio Servanda Almería la titularidad de los mencionados centros, quedando representada por don Juan Carlos Corvera Córdoba, en calidad de presidente.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE de 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General; y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Mater Asunta», código 04000961, con domicilio en Paseo San Luis, 6, de Almería, que en lo sucesivo la ostentará la Fundación Educatio Servanda Almería, que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la entidad titular cedente, en relación a dichos centros, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el resultando primero. Conceder, asimismo, el cambio de denominación específica pasando a denominarse Juan Pablo II Mater Asunta.

Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de agosto de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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