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El artículo 22 del Decreto 24/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos administrativos de la Junta de Andalucía corresponderá a las Jefaturas de Sección u órgano asimilado dependiente del órgano administrativo que hubiera emitido el documento original y que tenga encomendadas las funciones de tramitación o custodia del expediente a que pertenezca dicho documento original. Por su parte, el artículo 23 del citado cuerpo legal dispone que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.
Por razones técnicas de eficacia organizativa y en aras de la calidad de los servicios a prestar al ciudadano, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencia en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como de los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Por cuanto antecede, esta Delegación Territorial de Educación,
RESUELVE
Hacer público el Acuerdo de 26 de enero de 2016, por el que la Delegación Territorial de Educación en Huelva de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, delega la competencia de autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que desempeñe los puestos de trabajo que se relacionan, y cuyo texto figura como Anexo a la presente Resolución, dejando sin efecto el Acuerdo de 22 de mayo de 2013, revocándose cualquier otra disposición de igual o menor rango que, sobre el mismo asunto, se haya dictado en el ámbito de competencias de la actual Delegación Territorial de Educación en Huelva.
Huelva, 26 de enero de 2016.- El Delegado, Vicente Zarza Vázquez.
ACUERDO DE 26 DE ENERO DE 2016 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN EN HUELVA, POR LA QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN DE COPIAS MEDIANTE EL COTEJO EN EL PERSONAL FUNCIONARIO QUE DESEMPEÑE LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE SE CITAN
La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte, el derecho a los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto a los originales, así como a la devolución de éstos salvo que los originales deban de obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténtica de documentos públicos o privados.
El artículo 23 del Decreto 204/1.995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre) ordena que la competencia para autenticación de copias de documentos privados y públicos, realizados mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsable de cada Registro General o la Jefatura de Servicio o Secretaría General bajo cuya responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.
La Secretaría General Provincial de esta Delegación Territorial es el responsable de la expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados en la misma con carácter general, y por razones técnicas, de agilidad y eficacia administrativas de la propia Delegación Territorial, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, a tenor de lo prescrito en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Por todo ello,
ACUERDO
Primero. Delegar la firma de las preceptivas diligencias de compulsa que deban extenderse sobre copias de documentos en los puestos de trabajo que a continuación se citan:
Código | Puesto |
1140310 | Secretario General |
1140710 | Sec. Régimen Interior |
1145010 | Ng. De Información |
1145410 | Ng. Registro |
1144710 | Asesor Técnico Régimen Jurídico |
9081410 | Sc. Contratación |
6614310 | Sc. Gestión Inspección |
1141910 | Un. Gestión Inspección |
1145510 | Sc. Gestión de Personal Educ. Primaria |
1143910 | Ng. Selección y Régimen |
1140910 | Ng. Gestión Personal Edc. Prim. |
1143710 | Ng. Selección y Régimen |
1145110 | Sc. Gestión Prof. EE.SS. |
1144010 | Ng. Gestión Prof. Educ. Secd. |
6614210 | Sc. Personal No Docente |
1144110 | Ng. Personal No Docente |
9081510 | Sc. Gestión Económica |
1140810 | Ng. Gestión Económica |
6614110 | Sc. Seguridad Social |
1144310 | ng. Seguros Sociales |
11591110 | Ng. Tramitación |
1144210 | Sc. Retribuciones |
11590310 | Sc. Centros Concertados |
1141010 | Ng. Personal Cent. Concertados |
1141310 | Sc. Promoción Educativa |
1141410 | Ng. Becas |
1145310 | Ng. Títulos |
9537310 | Sc. Orientación Educativa |
1140410 | Ng. Formación Profesorado |
9537110 | Sc. Planes y Programas Educativos |
1141810 | Ng. Centros |
6614010 | Ng. Planificación Educativa |
1144610 | Ng. Servicios Complementarios |
9545210 | Sc. Educación Permanente |
1141610 | Ng. Conciertos Educativos |
7833110 | Dp. Primera Infancia |
11849710 | Ng. Administración |
12687210 | Administrativo |
1719010 | Auxiliar de Gestión |
11531210 | Administrativo |
12117410 | Administrativo |
12117310 | Administrativo |
1142310 | Auxiliar Administrativo |
1142210 | Auxiliar Administrativo |
Segundo. La presente delegación de competencias se realiza en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.
Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.
Cuarto. Queda expresamente derogado el Acuerdo de 6 de septiembre de 2013 del Servicio de Gestión de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Huelva, por la que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante el cotejo en el personal funcionario que desempeñe los puestos de trabajo que se citan.
Huelva, 26 de enero de 2016. El Secretario General Provincial, Juan Carlos Alonso Martín.
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