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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, la Excma. Diputación Provincial de Granada ha realizado los trámites tendentes a la adopción de lema provincial, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.
Con fecha 29 de septiembre de 2016, el Pleno de la Diputación Provincial de Granada acordó, con el quórum establecido en el artículo 14 de dicha Ley, la adopción de lema provincial con la siguiente descripción:
«Avanzamos Junt@s»
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el 25 de octubre de 2016, se solicita por esta Entidad Local la inscripción de dicho símbolo provincial en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y 18 de la expresada Ley, según los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, en el artículo 3 del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y en el apartado b) del artículo 12.2 del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local,
RESUELVE
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de lema de la provincia de Granada, con la descripción indicada.
Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral de la provincia de Granada en el mencionado Registro, para incluir dicho símbolo provincial.
Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 2 de noviembre de 2016.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.
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