Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 15/11/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 9 de noviembre de 2016, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Córdoba, por la que se hace público el Acuerdo adoptado por el Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano, adscrito a la Jefatura de Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Territorial, mediante el que se delega la competencia para la autenticación de copias de documentos.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00102101.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados o públicos, realizadas mediante cotejo con los originales y, en los que se estampará si procediera la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado, de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.

El Departamento de Registro, Información y Atención al Ciudadano de esta Delegación Territorial, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

En consecuencia, el Departamento de Registro, Información y Atención al Ciudadano ha acordado y esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Hacer público el Acuerdo de 8 de noviembre de 2016, del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano por el que se delega la competencia para expedir copias autenticadas mediante cotejo, al personal funcionario titular del puesto de trabajo relacionado en el Anexo de esta Resolución.

Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento, se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. En las copias autenticadas en las que se estampe la correspondiente diligencia de compulsa en virtud de la presente delegación, se indicará expresamente esta circunstancia.

Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOJA.

Córdoba, 9 de noviembre de 2016.- El Delegado, Manuel Carmona Jiménez.

ANEXO

ACUERDO DE 8 DE NOVIEMBRE DE 2016, DE LA JEFA DE DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN, REGISTRO Y ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO, POR LA QUE SE ACUERDA LA DELEGACIÓN DE LA COMPETENCIA PARA LA AUTENTICACIÓN Y COMPULSA DE DOCUMENTOS

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos prevé, en el articulo 23, que la competencia para la autenticación de copias de documentos que se presenten por los ciudadanos en el Registro de Documentos corresponderá a las jefaturas de sección responsables de cada Registro General.

De no existir tales jefaturas de sección, la competencia corresponderá a la jefatura del servicio o secretaría general bajo cuya responsabilidad se gestione la función del Registro General de Documentos.

Con objeto de agilizar la actuación administrativa y atendiendo a los principios de eficacia y celeridad, se hace necesaria realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, tratando de conseguir una mejor satisfacción de los intereses públicos, por lo que de conformidad con las previsiones contenidas en el articulo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y teniéndose en cuenta la Disposición Transitoria Cuarta sobre Régimen Transitorio de los archivos, registros y punto de acceso general de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declarando la vigencia de la disposición reguladora sobre compulsa, en tanto no entren en vigor las previsiones relativas al registro electrónico de las Administraciones Públicas, esta Jefatura de Sección

ACUERDA

Primero. Delegar la competencia para la realización de cotejos y expedición de copias compulsadas de documentos originales aportados por los ciudadanos, prevista en el artículo 23 del Decreto 204/1994, de 29 de agosto, en el personal funcionario que desempeña el puesto de trabajo, cuyo código y denominación se relacionan a continuación:

Código y denominación del Puesto de Trabajo: 8220210 Asesor Técnico.

Segundo. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo en virtud de la presente delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Tercero. La delegación de competencia se entiende sin perjuicio de que, en cualquier momento, el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere conveniente.

Cuarto. De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» surtiendo efectos el día siguiente de su publicación.

Para que conste y surtan los efectos oportunos, firmo la presente en Córdoba, 8 de noviembre de 2016. La Jefa del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano, Francisca Aires Prieto.

Descargar PDF