Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 229 de 29/11/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 21 de noviembre de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 100/2016.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 100/2016. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20150004704.

De: Doña Laura Gallardo Domínguez.

Abogado: Sergio García Méndez.

Contra: Fondo Garantía Salarial, Móviles Gullon, S.L., y Planetel Comunicaciones, S.L.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 100/2016 a instancia de la parte actora doña Laura Gallardo Domínguez contra Móviles Gullon, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 21.11.16 del tenor literal siguiente:

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia: Doña Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Laura Gallardo Domínguez ha presentado demanda de ejecución frente a Móviles Gullon, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 17.5.16 por un total de 46.819,69 € de principal más la de 9.363 € calculados para intereses y costas.

Tercero. De las actuaciones practicadas se obtuvo la cantidad de 27,04 euros, habiendo quedado reducido el principal reclamado a la suma de 46.792,65 euros, y se ha dado audiencia al Fondo de Garantía Salarial tras el resultado negativo del resto de averiguaciones realizadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la  Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar a la ejecutada Móviles Gullon, S.L., en situación de insolvencia parcial por importe de 46.792,65 euros de resto de principal más la de 9.363 € presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnaclón: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Móviles Gullon, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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