Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 17/02/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de junio de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Torremolinos, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 704/2012. (PP. 2007/2015).

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NIG: 2990142C20120003736.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 704/2012. Negociado: 46.

De: BMW Bank GMBH Sucursal en España.

Procuradora: Sra. Mercedes Martín de los Ríos.

Letrado: Sr. Javier de Cossio Pérez de Mendoza.

Contra: Juan José Zambrana González.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En los autos de referencia, se ha dictado sentencia, que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En la cuidad de Torremolinos, a tres de marzo del dos mil catorce.

La Ilma. Sra. doña María del Pilar Ramírez Balboteo, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Torremolinos y su Partido, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Núm. 54/2014

Habiendo visto los presentes autos de Juicio ordinario 704/2012 seguidos ante este Juzgado a instancia la entidad mercantil BMW Bank GMBH Sucursal en España (antes BMW Financial Services Ibérica, Establecimiento Financiero de Crédito, con domicilio social en Madrid, calle Burgos, 118, y provisto con CIF núm. W-0047044 C representada por la Procuradora doña Mercedes Martín de los Ríos y bajo la dirección letrada de don Javier de Cossío Pérez de Mendoza contra don Juan José Zambrana González, mayor de edad y provisto con NIE X 4794914 N como Fiador solidario, ambos domiciliados en C/ Lomas del Paraíso, 15, 1 PBJ B,  Torremolinos (Málaga) y ambos declarados en situación de rebeldía en reclamación de cantidad, y;

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda deducida por la Procuradora doña Mercedes Martín de los Ríos en nombre y representación de la entidad BMW Bank GMBH Sucursal en España (antes BMW Financial Services Ibérica, Establecimiento Financiero de Crédito frente a don Juan José Zambrana González declarado en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro que el referido demandado adeuda a la entidad actora la cantidad de dieciocho mil seiscientos cuarenta y seis euros con treinta y seis céntimos (18.646,36 euros) de capital, más los intereses de demora pactados al 18% anual, devengados desde el día 8.2.2012 fecha en la que se dió por vencido el préstamo de forma anticipada por impago hasta que se efectúe el pago total hasta su completo pago, condenado asimismo al demando/a al pago a la actora de la indicada suma de dieciocho mil seiscientos cuarenta y seis euros con treinta y seis céntimos (18.646,36 euros), más los intereses de demora pactados al 18% devengados desde el 8.2.2012 hasta que se efectúe el pago total de las costas devengadas en este procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. , indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos de su razón, quedando el original unido al legajo de sentencias.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Juan José Zambrana González, extiendo y firmo la presente para que sirva de cédula de notificación y firmo la presente en Torremolinos, a 29 de junio de 2015.- El/La Secretario/a.

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