Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 23/02/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 8 de febrero de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Uno de Móstoles, dimanante de autos núm. 1000/2015.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00085643.

NIG: 28.092.00.4-2015/0002204.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1000/2015.

Materia: Reclamación de cantidad.

Demandante: Don José de la Cruz Macías Rodríguez.

Demandado: Don Marco Antonio Gómez León.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Móstoles, hago saber:

Que en el procedimiento 1000/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don José de la Cruz Macías Rodríguez frente a don Marco Antonio Gómez León sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia de fecha 8.2.16 dictada por S.S.ª doña María Sánchez Rivero.

FALLO

Que estimando la demanda don José de la Cruz Macías Rodríguez frente a don Marco Antonio Gómez León debo condenar y condeno a la demandada a abonar la cantidad de 3.400 euros por los conceptos de la demanda, más el 10% de interés por mora, y se condena a las demandada a estar y pasar por la presente resolución con las consecuencias jurídicas y económicas inherentes a la misma.

Sin pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de la eventual responsabilidad que, en su caso, pudiera corresponderle.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso; y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia de la que se unirá testimonio a los autos originales para su cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Marco Antonio Gómez León, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a ocho de febrero de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Descargar PDF