Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 26/02/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 28 de enero de 2016, por la que se extingue la autorización de los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «Guadiel» de Linares (Jaén) y se concede la autorización administrativa al centro docente privado extranjero «Saint Philip’s British School» de la misma localidad, para alumnado español y extranjero. (PP. 311/2016).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Francisco Hidalgo Alcalde como representante de la entidad Centro Educativo Guadiel, S.L., titular de los centros docentes privados «Guadiel» de Linares (Jaén), por el que solicita la extinción de la autorización administrativa de los centros de educación infantil y de educación primaria con dicha denominación, así como la autorización del centro privado extranjero «Saint Philip´s British School» para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo.

Resultando que los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «Guadiel», código 23009225, tienen autorización, respectivamente, para impartir 6 unidades de educación infantil (3 de primer ciclo y 3 de segundo), el primero, y 6 unidades de educación primaria, el segundo.

Resultando que, por otro lado, en el expediente del centro extranjero han recaído informes favorables del British Council en España, concediendo autorización temporal para las enseñanzas desde Nursery (2-3 años de edad) hasta el curso Year 5 (9-10 años), de la Gerencia Provincial de Jaén de la Agencia Pública Andaluza de Educación y del Servicio de Inspección de Educación de la entonces Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de la misma provincia.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la extinción de la autorización de los centros docentes privados de educación infantil y de educación primaria «Guadiel», con código 23009225 y domicilio en C/ Úbeda, 67, de Linares (Jaén), quedando sin efecto las disposiciones que autorizaron su funcionamiento, siendo necesario para el caso de que se instase su reapertura dar cumplimiento a los preceptos recogidos en las distintas disposiciones en materia de autorización de centros docentes privados.

Segundo. Conceder la autorización administrativa para la apertura y funcionamiento del centro docente privado extranjero «Saint Philip´s British School», código 23009407 y domicilio en C/ Gladiolo, s/n, de Linares (Jaén), para impartir, con autorización temporal, enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero, desde Nursery (2-3 años) hasta Year 5 (9 -10 años), para un total de 200 alumnos o alumnas.

Tercero. La enseñanza de lengua española y literatura deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a la educación infantil y a la educación primaria.

Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas de Conocimiento del entorno y de Ciencias de la naturaleza y de Ciencias sociales, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La autorización temporal a la que hace referencia el apartado segundo de esta Orden tendrá validez hasta el 21 de mayo de 2017, en consideración al certificado emitido por el British Council. A partir de esta fecha, la autorización dependerá de una nueva inspección de los servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Quinto. Lo dispuesto en la presente Orden dará lugar a las correspondientes inscripciones en el Registro de Centros Docentes, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Sexto. El centro docente privado extranjero que se autoriza por la presente Orden queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que se señalan en la misma.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de enero de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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