Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 40 de 01/03/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Delegación Territorial de Educación en Huelva, por la que se hace pública la delimitación de áreas de influencia y limítrofes, a efectos de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 40/2011, de 22 de febrero, de la Consejería de Educación, por el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, y el artículo 5.1.c) de la Orden de 24 de febrero de 2011, que desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato, oído el Consejo Escolar Provincial en su sesión de 23 de febrero de 2016, y, en su caso los Consejos Escolares Municipales, ha resuelto:

Publicar la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes, a efectos de la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que impartan enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial de Educación.

Las áreas de influencia a las que se refiere esta Resolución estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a partir de la publicación de la misma, en tanto no se modifiquen en la forma prevista en el apartado 2 del artículo 9 del Decreto 40/2011, antes citado.

Dichas áreas estarán expuestas, en todo caso, en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial de Huelva durante los meses de marzo, abril y mayo a efectos de publicidad.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la  Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante esta Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Huelva en el plazo de un mes a contar desde su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 177 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Huelva, 24 de febrero de 2016.- El Delegado, Vicente Zarza Vázquez.

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