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NIG: 2904242C20150000364.
Procedimiento: Familia. Guarda/custod./alim. menor no matr. noconsens. 128/2015. Negociado: LG.
De: Doña Mihaela Taran.
Procuradora: Sra. María Teresa Burgos Gómez.
Letrado: Sr. Luis García Marín.
Contra: Don José Antonio Jurado Alcaraz.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia. Guarda/custod./alim. menor no matr. noconsens 128/2015 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Coín a instancia de doña Mihaela Taran contra José Antonio Jurado Alcaraz, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En nombre de S.M. El Rey, la Sra. Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de esta ciudad y su partido, doña Isabel M.ª Pérez Vegas, ha visto los presentes autos de Procedimiento de Guardia y Custodia, seguidos con el núm. 128/15, a instancia de doña Mihaela Taran, representada por la Procuradora doña M.ª Teresa Burgos Gómez y dirigida por el Letrado don Luis García Marín, frente a don José Antonio Jurado Alcaraz, en situación procesal de rebeldía, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, constando en las actuaciones las demás circunstancias personales de los antedichos y recayendo la presente resolución en base a los siguientes.
FALLO
Que, estimando la demanda presentada por doña Mihaela Taran, representada por la Procuradora doña M.ª Teresa Burgos Gómez y dirigida por el Letrado don Luis García Marín, frente a don José Antonio Jurado Alcaraz, se acuerda la adopción de las medidas que se señalan en el Fundamento Jurídico Primero de la presente resolución, y que se dan aquí por reproducidas; ello sin especial imposición de las costas procesales a ninguna de las partes.
Líbrese y únase certificación de esta sentencia a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.
Al notificar esta sentencia a las partes, hágaseles saber que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado y en el plazo de 20 días, recurso de apelación para ante la Iltma. Audiencia Provincial.
Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Antonio Jurado Alcaraz, extiendo y firmo la presente en Coín, a veinticinco de febrero de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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