Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 09/03/2016

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Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Acuerdo de 3 de marzo de 2016, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Granada, sobre notificación de acto administrativo en expediente de aprovechamiento de aguas públicas.

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No habiéndose podido practicar notificación personal del acto que abajo se identifica, dictado en el procedimiento de aprovechamiento de aguas que se cita tramitado en esta Administración, se hace público el presente anuncio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicándole que los interesados pueden tener conocimiento del contenido íntegro de dicho acto en las oficinas de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Granada, sita en Calle Joaquina Eguaras, 2, Edificio Almanjáyar, 1, 8071, Granada. En el caso de no presentar las alegaciones que consideren oportunas el trámite decaerá como desfavorable.

Peticionario: Doña Teresa-Anne Mckeon y don James Alexander Hopkins Gow.

Expediente: 2015SCB000695GR.

Asunto: Sección B - Inscripción aprovechamiento < 7.000 m³/año.

Acto notificado: Trámite de Audiencia.

Contenido del trámite: En el expediente de la referencia, que se viene tramitando por esta Administración, en relación a una captación de aguas subterráneas con volumen que no sobrepasa los siete mil metros cúbicos, se ha comprobado que existe un motivo de disconformidad:

Examinado el expediente y el informe del Agente de Medio Ambiente de la zona, se comprueba que los interesados son titulares de un título colectivo anterior al poseer dotación de la Acequia de Cáñar.

Añadir a un título colectivo, el uso privativo de aguas por disposición legal, supondría una aplicación del derecho ajena al propósito de la Ley, que no es otro que dotar de un recurso mínimo al que no dispone de ningún título o derecho sobre aguas públicas.

Asimismo, se comprueba que en la finca objeto de la solicitud de aprovechamiento existe un nacimiento, por lo que para regularizar el uso que se le da a dicho alumbramiento de agua deberá presentar nueva solicitud de inscripción de menos de 7.000 metros cúbicos anuales.

Plazo: Conforme al artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone de un plazo de 10 días, a partir del día siguiente de su publicación, para consultar el expediente y/o presentar las alegaciones que estime oportunas.

Granada, 3 de marzo de 2016.- La Delegada, María Inmaculada Oria López.

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