Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 09/03/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 19 de febrero de 2016, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 1368/2012.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00086663.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1368/2012. Negociado: 1I.

NIG: 4109144S20120015011.

De: Don Francisco Rodríguez Rivera.

Contra: Construcciones y Reformas Esclago, S.L.U.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1368/2012 a instancia de la parte actora don Francisco Rodríguez Rivera contra Construcciones y Reformas Esclago, S.L.U., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado Sentencia de fecha 16 de noviembre de 2016 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por don Francisco Rodríguez Rivera contra la demandada, Construcciones y Reformas Esclago, S.L.U., debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la suma de 8.280,91 euros más el 10% en concepto de interés por mora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones y Reformas Esclago, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a diecinueve de febrero de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

Descargar PDF