Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 10/03/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 12 de febrero de 2016, por la que se concede la autorización administrativa para la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas artísticas superiores de diseño «Escuela Sevilla de Moda» de Sevilla. (PP. 426/2016).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Francisco Javier Valderrama Uceda, como representante de la entidad «Asociación de Jóvenes Emprendedores de Moda Sevilla de Moda», por el que solicita la autorización para la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas artísticas superiores de diseño «Escuela Sevilla de Moda», con domicilio en Avda. de la Ingeniería, 9, Parque Empresarial Arte Sacro, de Sevilla, para impartir las enseñanzas artísticas superiores en las especialidades de Diseño gráfico y Diseño de moda, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 193/1997, de 29 de julio.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre (BOE del 27), por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 633/2010, de 14 de mayo (BOE de 5 de junio), por el que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Diseño establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas Artísticas; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; y demás disposiciones complementarias.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización administrativa para la apertura y funcionamiento al centro autorizado de enseñanzas artísticas superiores de diseño «Escuela Sevilla de Moda», código 41022024, del que es titular la entidad promotora «Asociación de Jóvenes Emprendedores de Moda Sevilla de Moda», con domicilio en Avda. de la Ingeniería, 9, Parque Empresarial Arte Sacro, de Sevilla, quedando con la siguiente configuración de enseñanzas:

Enseñanzas artísticas superiores de Diseño en las especialidades siguientes:

Diseño gráfico:

Grupos: 8

Puestos escolares: 240

Diseño de moda:

Grupos: 8

Puestos escolares: 240

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. El centro queda adscrito a efectos administrativos a la Escuela de Arte «Sevilla», código 41007266, de Sevilla.

Cuarto. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 15 del Decreto 193/1997, de 29 de julio.

Quinto. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Sexto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación en Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Séptimo. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 12 de febrero de 2016

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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