Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 15/04/2016

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 4 de abril de 2016, de la Dirección General de Movilidad, sobre notificación de Resoluciones de los recursos extraordinarios de revisión recaídos en expedientes sancionadores en materia de transportes.

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Resueltos los recursos extraordinarios de revisión, interpuestos contra las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores incoados a las personas y entidades que se indican por infracción a los artículos que se detallan de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio de 1987), y dado que, intentada la notificación, ésta no ha podido practicarse, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de las resoluciones de los recursos extraordinarios de revisión, cuyos correspondientes expedientes obran en la Dirección General de Movilidad (Avda. Diego Martínez Barrio, núm. 10, Sevilla).

Expediente: DGIT141/2013. Titular: Transportes Bueno Tejada, S.L. Domicilio: Crta. Las Ventas Zafarraya, s/n, 18128, Zafarraya (Granada). Fecha de la denuncia: 15.3.2013. Normas infringidas: 141.24.3, Sanción: 401,00 euros.

Contra las citadas resoluciones cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.

Sevilla, 4 de abril de 2016.- El Director General, Rafael Chacón Sánchez.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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