Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 18/04/2016

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 5 de abril de 2016, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, dimanante de autos núm. 775/2009-K.

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Doña Mercedes Rodríguez Vázquez, Letrada de la Administración de Justicia y de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.

Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita recurso contencioso-administrativo, con el núm. 775/2009-K, seguido a instancia de O.B. Expansión Televisión, S.L.L., contra Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía sobre CCAA-Resolución de 29.7.08 sobre otorgamiento de concesiones para la Explotación del Servicio Público de Televisión Digital Terrestre.

En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala –Sección Primera, núm. 1611/2014 con fecha 9.6.2014, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

«Fallamos. Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo formulado por la representación procesal de O.B. Expansión Televisión, S.L.L., contra el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 29 de julio de 2008 por el que se resuelve el otorgamiento de concesiones para la explotación del servicio público de televisión digital terrestre de ámbito local en Andalucía para su gestión por particulares convocado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de abril de 2006, anulando el acuerdo impugnado en cuanto a la adjudicación de las concesiones para la explotación de programas digitales del servicio de televisión digital terrestre de ámbito demarcacional local en la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin haber lugar a declarar el derecho de la actora a ser adjudicataria del concurso en la demarcación donde presentó la proposición, sin que existan méritos para un especial pronunciamiento sobre las costas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley Jurisdiccional.»

Con fecha 24 de junio de 2014, por esta misma Sección de la Sala, se dicta Auto aclarando el Fallo de la Sentencia en el siguiente sentido:

«La Sala Acuerda: Aclarar el Fallo de la Sentencia dictada que queda redactado así: “... Anulando el acuerdo impugnado en cuanto a la adjudicación de las concesiones para la explotación de programas digitales del servicio de televisión digital terrestre de ámbito demarcacional local de Cádiz...”. Sin costas.»

Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que ordena la publicación del Fallo Boletín Oficial en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a 5 de abril de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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