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BDNS (Identif.): 306255.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Se convocan para el ejercicio 2016, para su tramitación por el trámite de urgencia al que se refiere el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la única línea de subvención regulada en el marco de la Orden de 10 de mayo de 2016 (BOJA núm. 90, de 13 de mayo de 2016), de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que así mismo se indican:
Denominación de la línea | Cuantía máxima euros | Partida presupuestaria |
Línea 1. Subvenciones institucionales para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía | 5.675.065 |
1300010000 G/32E/48501/00 01 2016 1300010000 G/32E/46001/00 01 2016 |
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Ayuntamientos para la modalidad 2, descrita en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de la línea única que se regula, aprobado mediante la Orden de 10 de mayo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria, y las entidades privadas sin animo de lucro para las modalidades 1, 2 y 3 del citado apartado.
Tercero. Objeto.
La financiación de programas que se desarrollen en el marco de la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía y en concreto la realización de los programas que se describen en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria, en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, aprobadas mediante la Orden de 10 de mayo de 2016.
Quinto. Importe.
La dotación máxima de la línea es la que consta en el punto 1.º del presente extracto y la forma de determinación de la cuantía a otorgar para cada subvención se concretará por la Comisión de Evaluación descrita en el apartado 13 del referido cuadro resumen, pudiendo alcanzar hasta el 100% del importe solicitado.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será el establecido en el apartado 11 del cuadro aprobado mediante la Orden anteriormente referida que se computará a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud se podrán obtener en la siguiente URL: http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales.html, en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía así como en la sede de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y en las sedes de sus correspondientes Delegaciones Territoriales.
Sevilla, 16 de mayo de 2016
MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ RUBIO | |
Consejera de Igualdad y Políticas Sociales |