Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 21/06/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática

Resolución de 8 de junio de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada en fecha 14 de octubre de 2016 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (sede de Sevilla), en el recurso número 571/2015.

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ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 10 de abril de 2015, la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía dictó una resolución que declaraba la obligación de reintegro de la subvención concedida en el expediente número 14024111CO1, Ayuntamiento de Encinas Reales, obra «Acondicionamiento de la Casa de la Cultura», por importe de 45.884,18 euros.

Segundo. Contra dicha resolución la Diputación Provincial de Córdoba interpuso recurso contencioso-administrativo, seguido con el número 571/2015 ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla (Sección Primera). Con fecha 14 de octubre de 2016 recayó sentencia núm. 571/2015, correspondiente al citado procedimiento, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

«FALLAMOS

Que debemos estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Diputación Provincial de Córdoba contra la resolución de 10 de abril de 2015 de la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía que declaraba la obligación de reintegro de la subvención concedida en el expediente número 14024111CO1, Ayuntamiento de Encinas Reales, obra acondicionamiento de la casa de la cultura, por importe de 45.884,18 euros, y declaramos que de dicha cantidad habrá de excluirse la correspondiente a la inversión cuya ejecución fue comprobada por la Administración y que ascendía al 29,90% de la inversión objeto de la subvención. Sin costas.»

Las actuaciones administrativas de que dimana el recurso fueron devueltas por la Sala con certificación de lo resuelto por el Tribunal para que se lleve a puro y debido efecto, se adopten las resoluciones que procedan y se practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en la sentencia el 4 de mayo de 2017.

Tercero. La Dirección General de Administración Local ha remitido el 31 de mayo de 2017 a la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local propuesta de resolución por la que se propone la publicación y ejecución de la sentencia recaída en el citado recurso.

Por todo lo expuesto, visto el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 304/2015, de 28 de julio, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud de lo establecido en el artículo 3.5.d) y e) de la Orden de 28 de junio de 2013, de la Consejería de la Presidencia e Igualdad, por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería y se publicitan delegaciones de competencias de otros órganos, la Disposición Transitoria Tercera del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

RESUELVO

Primero. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el cumplimiento en sus propios términos del fallo de la Sentencia dictada en fecha 14 de octubre de 2016 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, relativa al recurso 571/2015.

Segundo. Corresponde al órgano competente practicar cuantas actuaciones procedan para la efectividad material de la ejecución.

Sevilla, 8 de junio de 2017.- La Secretaria General Técnica, Cristina Fernández-Shaw Sánchez-Mira.

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