Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 12/07/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de mayo de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 292/2013. (PP. 1512/2017).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00114784.

NIG: 4109142C20130008803.

Procedimiento: Proced. Ordinario (Arrendamientos -249.1.6) 292/2013. Negociado: 1M.

De: Doña Rosa María Delgado Pozo y doña María del Carmen Delgado Pozo.

Procuradores: Sr. Marcelo Lozano Sánchez y Fantina Carrasco Martín.

Contra: Don Rafael Tuboso Pérez y Sitio Vavel, S.C.

E D I C T O

En el presente procedimiento Proced. Ordinario (Arrendamientos -249.1.6) 292/2013, seguido a instancia de Rosa María Delgado Pozo y María del Carmen Delgado Pozo frente a Rafael Tuboso Pérez y Sitio Vavel, S.C., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 85/2015

En Sevilla, a veintinueve de abril de dos mil quince.

Han sido vistos por Francisco Javier Millán Bermúdez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Sevilla y su Partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos en este Juzgado con núm. 292/13 a instancia de doña Rosa María Delgado Pozo y doña María del Carmen Delgado Pozo, representadas por el Procurador don Marcelo Lozano Sánchez, contra Sitio Vavel, S.C., con CIF G-91041699, en situación procesal de rebeldía; don Rafael Toboso Pérez, con DNI núm. 27322046R, en situación procesal de rebeldía; y don Francisco Javier Gil Rodríguez, con DNI núm. 28493610Z, representado por la Procuradora doña Teresa Blanco Bonilla, sobre reclamación de cantidad, en los que se ha dictado la presente en base a los siguientes,

fallo

Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. Lozano Sánchez, en nombre y representación de doña Rosa María Delgado Pozo y doña María del Carmen Delgado Pozo, contra Sitio Vavel, S.C., con CIF G-91041699, y don Rafael Toboso Pérez, con DNI núm. 27322046R, ambos en situación procesal de rebeldía, y contra don Francisco Javier Gil Rodríguez, con DNI núm. 28493610Z, debo condenar y condeno solidariamente a los citados demandados a pagar a las demandantes la suma de veintisiete mil ciento noventa y dos euros con setenta y dos céntimos (27.192,72 euros), junto al interés legal del dinero desde la interpelación judicial.

En materia de costas, se imponen las generadas de la demanda dirigida contra los codemandados rebeldes a los mismos, mientras que respecto de la demanda dirigida contra el codemandado don Francisco Javier Gil Rodríguez no se hace imposición de costas.

Notifíquese la presente a las partes, poniéndose en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que habrá de interponerse, en su caso, ante este mismo Juzgado, en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la notificación de esta resolución.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4000.0000.04.029213, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Líbrese y únase testimonio de la presente a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Rafael Tuboso Pérez y Sitio Vavel, S.C., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a nueve de mayo de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Descargar PDF