Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 24/07/2017

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Anuncio de 19 de julio de 2017, de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Cádiz, sobre notificación de actos administrativos en expedientes sancionadores.

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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el estado de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n, 3.ª planta. Edificio Junta de Andalucía. Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.

- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del expte.

- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.

- Resolución: Un mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

1. Expte CA/2016/1124/EP.- David Gómez Vidal. Sanlúcar de Barrameda ( Cádiz ). Resolución Definitiva Del Procedimiento Sancionador.“Capturar aves fringilidas con red sin autorización y un reclamo electrónico (artes prohibidas), teniendo 4 verderones, 1 jilguero y 1 pardillo que son liberados en relación con el Art. 7.2.D de la Ley 8/03” los cuales tuvieron lugar el día 26 de octubre de 2016, en Avda Al Andalus ( parcela colindante a la misma), sito en el t.m. de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz) ). Infracción Grave Art. 74.10 Art. 82.1.b Art. 73.1 Art. 82.1.a Art. 86 de la Ley Flora y Fauna Silvestres de 28 de Octubre. Multa 700 Euros.

2. EXPTE CA/2017/214/PES. Manuel Jiménez Rodríguez. Ubrique (Cádiz) Propuesta de Resolución.- “Pescar con dos cañas en un lugar prohibido, sin licencia de caza y sin seguro de responsabilidad del pescador”, los cuales tuvieron lugar el día 31 de diciembre de 2016, en el paraje conocido como Paraje Los Colorados, Pantano de Zahara de la Sierra, en el Espacio Protegido (Parque Natural Sierra de Grazalema) sito en el t.m. de Zahara (Cádiz) ). Infracción Leve Art. 79.2 Art. 79.1 Art. 82.2a de la Ley Flora y Fauna Silvestres de 28 de Octubre. Multa 600 Euros.

3. EXPTE CA/2017/285/EP. Antonio Serrano Martín. San Roque (Cádiz) Propuesta de Resolución. “Tenencia de medios de captura prohibidos ( 20 cartuchos de postas)”, los cuales tuvieron lugar el día 2 febrero de 2017, en el paraje conocido como parcela 10 polígono 12, sito en el t.m. de San Roque (Cádiz) ). Infracción Leve Art. 73.6 Art. 82.1a de la Ley Flora y Fauna Silvestres de 28 de Octubre. Multa 100 Euros.

4. EXPTE CA/2017/461/CAZ.- Marcos Alejandro Vidal Alcon. Sanlúcar De Barrameda (Cádiz) Acuerdo de Iniciación de Procedimientos Sancionador Y Formulación de Cargos.“ Cazar en coto sin autorización de su titular y en época de veda en el Coto Cinegético (Puerto Lucero) con matrícula 10896, sito en el t.m. de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz). Infracción Grave Art. 77.9 Art. 77.10 Art. 82.2.b de la Ley Flora y Fauna Silvestres de 28 de Octubre. Multa 1202 Euros e Indemnización 71,81 Euros, resultante de dividr la Indemnización total entre los denunciados por los daños causado por las 3 perdices aprehendidas de acuerdo con la valoración del Anexo II del Decreto 182/2005, de 26 de julio, de Ordenación de la Cazar. Otras Obligaciones no Pecuniarias: Puede llevar consigo la suspensión de la autorización del aprovechamiento cinegético por un periodo de un mes a cinco años (Art. 83.1 de la Ley 8/2003) todo ello sin perjuicio de lo resulte de la instrucción del procedimiento que ahora se inicia.

Cádiz, 19 de julio de 2017.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.

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