Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 31/07/2017

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Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 19 de julio de 2017, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se anuncia la publicación de las Resoluciones emitidas por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), de 20 de junio de 2017, mediante las que se actualizan las Resoluciones de 30 de marzo de 2016, relativas a las solicitudes de derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional correspondiente a la Campaña 2015.

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Habiéndose dictado ya, en base a lo dispuesto en el artículo 27.1 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agraria Común, la primera Resolución parcial por parte del Fondo Español de Garantía Agraria de fecha 30 de marzo de 2016, mediante la que se asignaron derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2015, anunciada en BOJA, mediante Resolución de 27 de abril de 2016, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, las Comunidades Autónomas como autoridades competentes en el estudio de los expedientes de los agricultores, así como de efectuar la propuesta motivada de resolución aprobatoria o denegatoria de asignación de derechos de pago básico procedentes de la reserva nacional, han procedido a la comunicación de nuevos datos.

De acuerdo a las condiciones generales de acceso a la reserva nacional, criterios para el cálculo y asignación de derechos de la reserva nacional, establecidos en los artículos 24, 25 y 26 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, así como a las normas recogidas al efecto en la Circular de Coordinación 7/2015, sobre los «Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional», en función de las disponibilidades presupuestarias y en base a la información recibida, el Fondo Español de Garantía Agraria ha efectuado los cálculos a estos beneficiarios bien por tratarse de solicitantes que, hasta la fecha, no habían sido incluidos en la asignación de la reserva nacional de la campaña 2015, bien por haber visto modificada la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional de la citada campaña con respecto a la establecida en la Primera Resolución Parcial de 30 de marzo de 2016 y ha resuelto actualizar la asignación de los derechos de la reserva nacional de pago básico correspondiente a la campaña 2015, y ha remitido dicha información a las Comunidades Autónomas para que puedan proceder a la comunicación de la misma a los interesados.

Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la solicitud única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucía objeto de inclusión en la solicitud única, en consonancia con lo establecido en el artículo 27.3 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, la comunicación a los beneficiarios, se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme a las indicaciones recogidas en el artículo 46 de la citada Ley.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 del Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,

RESUELVO

Primero. Anunciar la publicación de las Resoluciones del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) sobre Solicitudes de Derechos de Ayuda de Pago Básico a la Reserva Nacional para la Campaña 2015.

1. Se anuncia la publicación de las siguientes Resoluciones del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA):

- Resolución de 20 de junio de 2017, del Fondo Español de Garantía Agraria, mediante la que se actualiza la Resolución de 30 de marzo de 2016 por la que se asignan los derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la Campaña 2015. Constando de Anexo I que contiene el listado de las personas beneficiarias que presentaron su Solicitud de Reserva Nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicándose para cada beneficiaria el tipo y caso de la solicitud de la Reserva Nacional presentada, el número de derechos y el importe total asignado, incluyéndose exclusivamente, los derechos asignados de la Reserva Nacional 2015, comenzando con el titular con NIF 15451638P y finalizando con el titular con NIF 80151069W, siendo un total de 34 personas beneficiarias.

- Resolución de 20 de junio de 2017, del Fondo Español de Garantía Agraria, mediante la que se actualiza la Resolución de 30 de marzo de 2016, por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la Reserva Nacional de la Campaña 2015. Constando de Anexo II que contiene una persona beneficiaria con NIF 30942464N, que presentó su solicitud de la Reserva Nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicándose el tipo y caso, así como la incidencia que afecta a la solicitud de la Reserva Nacional presentada.

- Anexo III, que contiene los tipos y casos de solicitudes asociados a ambas Resoluciones.

La Resolución y la información que contiene, podrá consultarse en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la dirección electrónica:  http://www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaydesarrollorural.html.

2. Dicha publicación sustituye a la notificación surtiendo sus mismos efectos, conforme se establece en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo. Recursos.

Contra las citadas Resoluciones emitidas por el FEGA, que no ponen fin a la vía administrativa, y en las que se sustituye la notificación por la publicación, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes que contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El recurso de alzada se dirigirá a la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Tercero. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de julio de 2017.- La Directora General, Ángeles Arquero Coloma.

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