Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00119321.
NIG: 0401342C20150013004.
Procedimiento: Familia. Pieza medidas coetáneas (art. 773 LEC) 1361.01/2015.
Negociado: CL.
De: Estefanía María Gómez Alonso.
Procurador: Sr. Alberto Torres Peralta.
Contra: Nabil Ezzaky.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.noconsens 1158/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Almería (Antiguo Mixto núm. Diez) a instancia de doña Estefanía María Gómez Alonso contra don Nabil Ezszaky, se ha dictado auto contra el que no cabe recurso alguno, conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Nabil Ezzaky, extiendo y firmo la presente en Almería, a veinticuatro de julio de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
Descargar PDF