Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 155 de 14/08/2017

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Ayuntamientos

Anuncio de 31 de mayo de 2017, del Ayuntamiento de Salteras, de Convenio tipo para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores y la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial y a las ordenanzas municipales de circulación, BOP de Sevilla núm. 245, de 20.10.2012. (PP. 1598/2017).

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Don Antonio Valverde Macías, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Salteras (Sevilla).

Hace saber:

Que con fecha 31.1.2017, el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria, adoptó acuerdo de aprobación del Convenio tipo para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores y la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial y a las ordenanzas municipales de circulación», publicado en BOP de Sevilla núm. 245, de fecha 20.10.2012, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:

Concluido el turno de intervenciones de los grupos políticos, el Pleno de la Corporación, en votación ordinaria, por doce votos a favor y un voto en contra, el del portavoz del grupo Izquierda Unida, Sr. Castro García, adoptó Acuerdo, comprensivo de las siguientes disposiciones:

Primero. Aprobar el «Convenio tipo para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores y la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial y a las ordenanzas municipales de circulación», publicado en BOP de Sevilla núm. 245, de fecha 20.10.2012.

Segundo.- Delegar a la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF), como ente instrumental de la misma, la competencia para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores de tráfico por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, cometidas en vía urbana, así como las funciones recaudatorias, tanto en período voluntario como ejecutivo, de las multas impuestas.

Tercero. Suscribir el modelo de convenio tipo de multas aprobado por la Diputación de Sevilla, y cuyo texto ha sido publicado en el BOP de Sevilla núm. 245, de fecha 20.10.2012, denominado «Convenio tipo para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores y la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial y a las ordenanzas municipales de circulación».

Cuarto. Autorizar al Sr. Alcalde-Presidente la firma del correspondiente Convenio de delegación, y a realizar cuantas actuaciones, públicas o privadas, sean necesarias para llevar a cabo el presente Acuerdo.

Quinto. Notificar el presente Acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, así como remitir copia íntegra del mismo a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma.

Contra el presente Acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación del presente Acuerdo, ante el Pleno de la Corporación, de acuerdo con los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015. Igualmente podrá interponer recurso extraordinario de revisión, cuando concurra alguna de las causas establecidas en el art. 125 de la misma norma, ante el Sr. Alcalde-Presidente, aún cuando éste sea firme en vía administrativa. Si optara por no recurrir en la vía administrativa, podrá acudir a la vía jurisdiccional, interponiendo el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la notificación del presente Acuerdo, conforme a lo dispuesto en el art. 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Salteras, 31 de mayo de 2017.- El Alcalde, Antonio Valverde Macías.

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