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Notificación de providencias recaídas en expedientes sancionadores que se siguen en esta Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio por presuntas infracciones a la normativa vigente atribuidas a la competencia de este organismo. A los efectos de notificación previstos en el art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta que no ha sido posible la notificación en el último domicilio de los interesados, ignorándose su actual paradero, la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio ha resuelto la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las providencias que se indican a continuación. Significándole que tales providencias quedarán de manifiesto para los interesados en la Sección de Informes y Sanciones, Plaza Asdrúbal, s/n. 3.ª planta. Edificio Junta de Andalucía. Cádiz, concediéndose los plazos de contestación y recurso que, respecto del acto notificado, se indican a continuación.
- Acuerdo de Incoación: 15 días hábiles, alegaciones y pruebas ante el Sr. Instructor del Expte.
- Propuesta de Resolución: 15 días hábiles, alegaciones ante el Sr. Instructor.
- Resolución: 1 mes, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
1. Expte.- CA/2014/542/AGMA/ENP. Siroco Jaloque, Sociedad de Responsabilidad Limitada. Sevilla. Resolución por la que se revoca la segunda multa coercitiva impuesta en la fase de ejecución forzosa del expediente sancionador. Resolver la Revocación de la sexta multa coercitiva interpuesta a la entidad Siroco Jaloque, Sociedad de Responsabilidad Limitada en la fase de ejecución del expediente dejándola sin efectos conforme a lo expuesto así como la anulación de la hoja de liquidación adjunta a las mismo . Declarar cumplida la obligación accesoria impuesta en al Resolución del citado expediente.
2. Expte.- CA/2015/1072/ENP. Dieter Jurgen Just. Algodonales (Cádiz). Imposición de una Tercera Multa Coercitiva . Instalación de contenedor metálico de dimensiones 6 metros de largo por 2 metros de ancho por 2,5 metros de alto. Abandono de vehículo tipo furgoneta. Ubicación de furgón Iveco habilitado como vivienda en el paraje Matamoros, en el Espacio Natural Protegido Parque Natural del Estrecho. En virtud y conformidad con lo dispuesto en los artículos 95 y 98 de la Ley 30/92, de 26 noviembre, Acuerdo: Imponer a Dieter Jurgen Just una tercera multa coercitiva, en la cuantía de 600 euros como consecuencia del incumplimiento de la obligación de retirada del contenedor que permanece sobre el terreno. Se le apercibe de que a esta multa coercitiva seguirá otra de 1000 euros si en el plazo de un mes, no procede al cumplimiento de la obligación conforme a los dispuesto en el art. 77.5 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, asimismo, de conformidad con ésta misma disposición, seguirán sucesivas multas hasta que se acredite documental-mente ante este órgano el cumplimiento de la obligación.
3. Expte.- CA/2016/123/AGMA/ENP. Jacinto Roca Román. Algeciras. (Cádiz). Requerimiento Previo a la Ejecución Forzosa. Instalación de vehículo caravana en enclavado reconocido de monte de utilidad pública, en el interior de Espacio Natural Protegido .Hechos que tuvieron lugar en el paraje conocido como Mone de Utilidad Pública la Ahumada, en el Espacio Natural Protegido (Los Alcornocales), sito en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Requerimiento: En el plazo de un mes, a partir de la recepción de este escrito, habrá de proceder a ejecutar y hacer efectiva las actuaciones necesarias para dar íntegro cumplimiento de la obligación de la resolución del expediente que impuso la obligación de retirada de la instalación denunciada y restitución del terreno a su estado anterior. En el supuesto que no sean realizadas las actuaciones en el plazo indicado, y así se acredite documental-mente, se procederá por esta Administración en su caso, a la ejecución forzosa del acto administrativo, en los términos previsto en el artículo 107 de la Ley 30/92 y artículos 99 de la Ley 39/2016, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas. Apercibir a D. Jacinto Roca Román que en caso de desobediencia al cumplimiento de lo dispuesto en este requerimiento se podrá acordar la imposición de multas coercitivas, en la cuantía de 150 euros la primera, y de 600 euros la segunda y sucesivas. Así mismos se podrá dar inmediata cuenta al juzgado competente instando al ejercicio de las acciones correspondientes, sin perjuicio del traslado de los hechos al Ministerio Fiscal por un presunto delito de desobediencia.
4. Expte.- CA/2016/235/AGMA/FOR. Antonio María Ponce Macías. Jerez de la Frontera (Cádiz). Requerimiento previo a la ejecución forzosa. Poda abusiva de un pino piñonero (pinus pinea), aproximadamente 14 ramas de más de 15 cm de diámetro. Trabajos realizados sin la correspondiente autorización. Hechos que tuvieron lugar en el paraje conocido como la La Pinaleta, sito en el t.m. de Jerez de la Fra. (Cádiz) imponiéndole sanción pecuniaria, y la obligación de llevar a cabo las necesarias correcciones sobre el árbol. Requerimiento : en el plazo de un mes, a partir de la recepción de este escrito, habrá de procederse a la realización de las actuaciones complementarias para dar íntegro cumplimiento a la resolución del expediente que impuso la obligación de llevar a cabo las necesarias correcciones sobre el árbol afectado. En el supuesto de que no sea realizada las actuaciones en el plazo indicado, se procederá a la ejecución forzosa del acto administrativo, en los términos previstos en el art. 96 de la Ley 30/92. Apercibir a D. Antonio María Ponce Macías que en caso de desobediencia, se podrá dar inmediata cuenta al juzgado competente instando el ejercicio de las acciones formativas correspondientes, sin perjuicio del traslado de los hechos al Ministerio Fiscal por un presunto delito de desobediencia.
5. Expte.- CA/2016/1055/AGMA/INC. Oscar Luis Bueno Cabellos. Sevilla. Resolución Definitiva de Procedimiento Sancionador. «Acampar con tienda en zona forestal, así como encender hoguera, en periodo de alto riesgo de incendio. El denunciado hace caso omiso a las numerosas advertencias realizadas por el agente», los cuales tuvieron el día 20 de agosto de 2016, en el paraje conocido como Huerto El Gallego, en el Espacio Protegido (del Estrecho), sito en el t.m. de tarifa (Cádiz) Infracción Leve art. 64.3, art. 28, art. 73.1.A de la Ley de Prevención y Lucha contra Incendios Forestales. Multa 300 euros.
6. Expte.- CA/2017/268/GC/ENP. Francisco Javier Basallote Duarte. Barbate. (Cádiz). Resolución Definitiva del Procedimiento Sancionador. «Estacionar o circular con el vehículo matrícula SE 9849 DV por el interior del espacio natural protegido parque natural de la Breña fuera de los lugares habilitados expresamente para ello» los cuales tuvieron lugar el día 28 de febrero de 2017, en el paraje conocido como Cañada del Álamo, en el Espacio Protegido (La Breña y Marismas del Barbate), sito en el t.m. del Álamo en el Espacio Protegido (La Breña y Marismas del Barbate), sito en el t.m. de Barbate (Cádiz) Infracción Leve art. 26.1.d, art. 27.1.a, de la Ley 2/89 de 18 de julio por la que se aprueba el inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establezcan medidas adicionales para su protección. Multa 100 euros.
7. Expte.- CA/2017/336/GC/ENP. Ramón Ibáñez Fernández - Cañadas. Collado Villalba (Madrid). Propuesta de Resolución. «Estacionar el vehículo matrícula M 7913 YT entre el ocaso y la salid del sol dentro de los límites del Parque natural de Estrecho encontrándose pernoctando en el interior del mismo», los cuales tuvieron lugar el día 2 de marzo de 2017 en el paraje conocido como Arroyo Alpariate, en el Espacio Protegido (Del Estrecho), sito en el t.m. de Tarifa (Cádiz). Infracción Leve art. 26.1.i, art. 27.1.a de la Ley 2/89 de 18 de julio, Inventario de E.N.P. de Andalucía. Multa 100 euros.
Cádiz, 18 de agosto de 2017.- El Delegado, Ángel Acuña Racero.
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