Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 166 de 30/08/2017

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Empresas Públicas y Asimiladas

Anuncio de 26 de julio de 2017, del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento del Levante Almeriense, de bases bases que regirán la convocatoria para la provisión en propiedad de veintiséis plazas de bomberos-conductores de la plantilla de funcionarios. (PP. 2322/2017).

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Base 1.ª Normas generales.

1.1. Objeto de la convocatoria.

1.1.A. Características de las plazas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 26 plazas de bombero-conductor, escala básica, subgrupo C2, de la escala administración especial, subescala de servicios especiales, clase extinción de incendios, correspondientes a la oferta de empleo público del Consorcio del año 2017.

1.1.B. Sistema de acceso.

Oposición Libre

1.2. Destino.

El Consorcio podrá destinar a sus funcionarios a puestos de trabajo en servicios o dependencias situados en cualquier municipio del ámbito de actuación de aquél.

1.3. Régimen jurídico aplicable.

Además de las presentes bases, al proceso selectivo le será de aplicación: la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Le Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función Pública. Supletoriamente se aplicará el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Base 2.ª Requisitos de los aspirantes.

Para participar en el proceso selectivo, bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas en esta base, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los requisitos son los siguientes:

2.1. Tener la nacionalidad española.

También podrán optar a las plazas:

2.1.a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

2.1.b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

2.1.c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.2. Poseer capacidad funcional para el desempeño de las funciones, con arreglo al cuadro de exclusiones que figura en el Anexo II.

2.3. Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.5. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación en España.

2.6. Estar en posesión del permiso de conducción de vehículos tipo C y autorización para la conducción de vehículos de la clase BTP.

Base 3.ª Presentación de solicitudes.

3.1. Modelo de solicitud y documentación a acompañar.

Los interesados en participar en las pruebas deberán presentar la solicitud conforme al modelo oficial que se inserta corno Anexo III a estas bases, en el que el aspirante manifieste reunir todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base segunda.

A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

- Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 60 Euros. Esta cantidad podrá ser ingresada en Cajamar, cuenta 3058/0034/43/2732000193; o Unicaja, cuenta 2103/5890/27/0030004657.

3.2. Plazo.

Las instancias y el resto de la documentación exigida deberán presentarse en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de fecha de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su publicación íntegra de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.3. Lugar de presentación.

En alguna de las oficinas del Registro del Consorcio ubicadas en:

- Parque de Bomberos, Paraje Agua Nueva s/n. 04639 Turre (Almería).

- También podrá presentarse en la forma que determina la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base 4.ª Lista de admitidos y excluidos.

Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consorcio dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En caso de que no haya ningún aspirante excluido, la lista tendrá carácter definitivo.

En la resolución que se dicte, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, se indicará el lugar en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de admitidos y excluidos con indicación, en su caso, de las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

Las reclamaciones, si las hubiere, serán resueltas por la misma autoridad.

La lista definitiva de admitidos será aprobada por el Presidente del Consorcio, debiéndose realizar una publicación en el Boletín Oficial de la Provincia en la forma prevista en el párrafo segundo de esta base. En la misma publicación, se indicará el lugar, día y hora de inicio del primer ejercicio de la oposición, así como los nombres y apellidos de los miembros del Tribunal calificador de las pruebas.

Base 5.ª Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador que tendrá la categoría 3.ª de las recogidas en el Anexo IV del R.D. 462/2002, de 24 de mayo, cuyos miembros deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas, estará integrado por:

- Presidente. Empleado público a designar por órgano competente.

- Vocales: Cuatro empleados públicos a designar por la Presidenta del Consorcio. Al menos uno de ellos deberá ser funcionario de este Consorcio.

- Secretario. Un funcionario de las entidades integradas en el Consorcio. Actuará con voz pero sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán ser nombrados por el Presidente, debiéndose designar, asimismo, suplentes por cada uno de los miembros del Tribunal.

La composición del Tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros. Todo ello de conformidad con el artículo 60 del RDL 5/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus componentes y del Secretario.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, comunicándolo al Presidente del Consorcio, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, de conformidad con el artículo 13.2 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo.

El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo antes mencionado. De otro lado, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el citado artículo.

5.4. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho. No obstante lo anterior, se estará a lo dispuesto en el artículo 61.8, último párrafo, RDL 5/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

5.5. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.7. El Tribunal está facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el curso de las pruebas selectivas y para adoptar los acuerdos necesarios en todo lo no previsto en las bases para el debido orden en las pruebas.

Base 6.ª Orden de actuación de los aspirantes.

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético, a partir de la letra que resulte del sorteo realizado por la Secretaría de Estado de la Administración Pública que se encuentre vigente en el momento de la realización de las pruebas.

Base 7.ª Comienzo de los ejercicios.

La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la oposición se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Consorcio, de conformidad con lo establecido en la base cuarta, con una antelación mínima de diez días naturales.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con 12 horas al menos de antelación al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 20 días.

Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por el Tribunal, la no presentación de un opositor a cualquier ejercicio determinará el decaimiento de su derecho a participar, quedando excluido del procedimiento selectivo.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

Base 8.ª Procedimiento de selección.

La selección se efectuará por el procedimiento de oposición libre. La oposición constará de cinco ejercicios, todos ellos de carácter obligatorio, y de un ejercicio voluntario.

8.1. Primer ejercicio. Aptitud física.

Previo al comienzo de las pruebas de que consta este ejercicio, los aspirantes deberán entregar al Tribunal un certificado médico oficial en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas deportivas a que se refiere este proceso selectivo. La no presentación, en tiempo y en la forma establecida, de la documentación referida será motivo de eliminación.

De carácter eliminatorio e igual para todos los aspirantes, consistirá en realizar las pruebas físicas que, a continuación, se detallan:

1. Velocidad: Carrera de 50 metros lisos.

Se realizará en una pista de atletismo o cualquier zona totalmente llana de terreno compacto El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin utilizar tacos de salida.

- 2 intentos.

PUNTUACIÓN 5 6 7 8 9 10
HOMBRES 8’’50 8’’30 8’’10 7’’90 7’’70 7’’50
MUJERES 9’’00 8’’80 8’’60 8’’30 8’’10 7”80

2. Potencia de tren superior: Flexiones de brazo en suspensión pura.

Se realizará en gimnasio o campo de deportes. Se iniciará desde la posición de suspensión pura, agarrando la barra con las palmas de las manos desnudas, al frente, y con los brazos totalmente extendidos. La flexión completa se realizará de manera que la barbilla asome por encima de la barra. Antes de iniciar otra nueva flexión será necesario extender totalmente los brazos. No se permite el balanceo del cuerpo o la ayuda con movimiento de las piernas. Se contarán solamente las flexiones completas y realizadas correctamente.

- 2 intentos.

- Las marcas exigidas:

PUNTUACIÓN 5 6 7 8 9 10
HOMBRES 14 15 17 18 19 20
MUJERES 11 12 13 15 16 17

3. Fuerza explosiva tren inferior: Salto horizontal.

El opositor se sitúa detrás de la línea, marcada por el Tribunal, desde donde se realizará un salto hacia adelante impulsado con los dos pies juntos, sin perder el contacto con el suelo antes del salto. Se tomará la medida hasta la señal más retrasada que deje el opositor.

- 2 intentos.

- Las marcas exigidas en metros y centímetros:

PUNTUACIÓN 5 6 7 8 9 10
HOMBRES 2,00 2,10 2,20 2,30 2,35 2,40
MUJERES 1,85 1,90 2,00 2,05 2,10 2,15

4. Press de banca (horizontal):

Se realizará en gimnasio o campo de deportes. El aspirante se colocará tumbado boca arriba sobre banco horizontal para realizar tantas repeticiones de extensiones o empujes efectuados con un peso de 40 kg en treinta segundos; la posición será flexionando los brazos hacia el pecho hasta que la barra toque el mismo y realizando la extensión completa de éstos, para dejar la barra con el correspondiente peso en la zona de sujeción. No se tendrán en consideración las extensiones que no se realicen correctamente.

- 2 intentos.

- Las marcas exigidas en número de extensiones:

PUNTUACIÓN 5 6 7 8 9 10
HOMBRES 25 27 29 31 33 35
MUJERES 15 17 19 21 23 25

5. Resistencia general.

Carrera de 1.000 metros lisos. Se realizará en pista de atletismo o en cualquier zona totalmente llena de terreno compacto. El/la aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. La salida se realizará en pie. Será eliminado el/la aspirante que abandone la pista durante la carrera.

- 1 intento.

- Las marcas exigidas son las siguientes:

PUNTUACIÓN 5 6 7 8 9 10
HOMBRES 3’45” 3’30” 3’20” 3’15” 3’05” 2’55”
MUJERES 4’00” 3’50” 3’40” 3’30” 3’15” 3’00”

6. Natación, 50 m.

De pie en la línea de salida marcada, a la voz de “YA” o mediante silbato, arrojarse al agua y nadar 50 metros a estilo libre en una piscina de 25 metros sin ningún tipo de ayuda. Se puede utilizar técnica de volteo en el viraje y empujarse con las piernas para realizar el recorrido de vuelta.

- 1 Intento.

- Las marcas exigidas en minutos y segundos:

PUNTUACIÓN 5 6 7 8 9 10
HOMBRES 50” 48” 46” 44” 42” 40”
MUJERES 55” 53” 51” 49” 47” 45”

7. Resistencia y potencia muscular del tren superior. Trepa de cuerda.

Partiendo desde la posición de sentado, con piernas abiertas, el opositor coge con ambas manos la cuerda, encontrándose la mano superior en su máximo alcance. A partir de aquí trepar sin ayuda de las piernas hasta la línea marcada situada a 6,00 metros del suelo; a continuación descender de la misma forma, hasta quedar sentado en el suelo sin que sean los pies los que primero hagan el contacto.

- 2 intentos.

PUNTUACIÓN 5 10
HOMBRES Subida hasta la línea marcada Subida y bajada
MUJERES Subida hasta la línea marcada Subida y bajada

La puntuación final del ejercicio consistirá en la media de las puntuaciones obtenidas en todas las pruebas. Serán eliminados los aspirantes que obtengan menos de 5 en cualquier de las pruebas.

Indicaciones. Estas pruebas se llevarán a cabo por el orden establecido en las bases y se realizarán en los días y lugares indicados.

Durante, o una vez finalizadas las pruebas físicas, se podrá realizar, a criterio del Tribunal, control de consumo de estimulantes o de cualquier tipo de droga que altere las condiciones físicas de los/las aspirantes, siendo eliminados de la oposición los que resulten positivos o se nieguen a la realización del control. En este sentido, la lista de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos, así como los métodos no reglamentarios de dopaje, serán los que estén en vigor según disposición del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y métodos no reglamentarios de dopaje en el Deporte.

8.2. Segundo ejercicio. Escrito.

De carácter obligatorio y eliminatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con varias respuestas alternativas, en un tiempo de 80 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, en relación con los temas contenidos en el Anexo I de esta convocatoria.

El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas incorrectas se invalidará una correcta. Cuando el resultado final, aplicado el criterio de corrección, sea igual al 50 por ciento del total de las preguntas del cuestionario, se obtendrá la puntuación de 5, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos

Este ejercicio incorporará 5 preguntas de reserva, ordenadas del 1 al 5, las cuales deberán ser contestadas por los aspirantes. Si alguna de las preguntas que consta el ejercicio fuera anulada por el propio Tribunal, por propia iniciativa o por reclamación de algún aspirante, por considerarlas confusas, mal planteadas o incorrectas, se utilizarán las preguntas de reserva en el orden previsto, es decir, si se anula una pregunta, se tomará la primera de reserva; si se anulan dos, se tomarán las dos primeras de reserva y así sucesivamente.

8.3. Tercer ejercicio. Aptitudes y actitudes personales.

Ejercicio eliminatorio. Consistirá en un reconocimiento psicotécnico dirigido a determinar las aptitudes y actitudes de los aspirantes para el desempeño del puesto de bombero-conductor y los problemas de personalidad que afecten de manera significativa:

Aptitudes:

Inteligencia, razonamiento, atención, concentración y memoria, serán las aptitudes mentales a evaluar.

- Inteligencia: Capacidad para comprender situaciones, las relaciones que existen entre ella, poder captar las estructuras de dichas relaciones y tener un método sistemático de razonamiento.

- Razonamiento abstracto: Intenta apreciar la agilidad mental con formas no verbales, puesto que la habilidad para razonar con palabras no es idéntica a la habilidad para razonar con figuras, el test de razonamiento abstracto no sustituye adecuadamente al razonamiento verbal, pero puede servir como elemento de confrontación.

- Atención: Es una prueba que exige una gran concentración y resistencia a la monotonía. En consecuencia, este instrumento puede apreciar la aptitud o capacidad para concentrase en tareas cuya principal característica es la rapidez perceptiva, junto con la atención continuada.

- Concentración: capacidad fundamental para el desempeño de las funciones de bombero-conductor.

- Memoria: Capacidad para recordar situaciones a través del sentido de la vista.

Actitudes:

- Sentido de la disciplina y autoridad: Conformidad ante las normas y demandas de sus superiores. Persona que suele ser sobria y digna de confianza, así como dominada por el sentido del deber, perseverante, responsable y organizada.

- Sentido de la iniciativa: Persona no inhibida, dispuesta a intentar nuevas cosas, puede soportar sin fatiga las vicisitudes del trato con la gente y las situaciones emocionales abrumadoras.

- Seguridad en sí mismo. Firmeza personal: Capacidad práctica y realista. La confianza en sí mismo y su capacidad para tratar con cosas es madura y poco ansiosa, es flexible y segura.

- Desarrollo de conductas cooperativas: Capacidad de integración en el grupo. Grado en que las personas se ayudan entre sí y se muestran amables y cooperativas con los compañeros. Persona adaptable, animosa, interesada por los demás. Buena colaboradora con el trabajo en grupo.

- Autocontrol de los impulsos y emociones: Persona con mucho control de sus emociones y de su conducta en general. Cuidadosa y abierta a lo social. Evidencia lo que comúnmente se conoce como «respeto a sí mismo». Tiene en cuenta la reputación social.

- Serenidad: Persona sosegada, relajada y tranquila.

- Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal: Persona socialmente desenvuelta, no inhibida, con buena capacidad para lograr y mantener contactos personales.

- Neutralidad efectiva en el ejercicio profesional: Persona responsable y organizada. Sus metas se encuentran dentro de la normativa social. Hace lo que socialmente es correcto, siguiendo estrictamente las normas, haciendo lo que es aceptado e idóneo. Capacidad de automotivación: Capacidad de sentirse satisfecho en lo referente a su ocupación. Grado en que una persona se preocupa por su actividad y se entrega a ella.

Siendo la personalidad un constructor complejo, y a título orientativo los rasgos/dimensiones/componentes que son susceptibles y que se podrán evaluar son todos los referentes a evaluar a la persona desde un punto de vista holístico de la personalidad.

Además, deberá realizarse un análisis global de la estructura de la personalidad, y, en caso de no ajustarse al perfil establecido, si el Técnico y el Tribunal lo consideran oportuno antes de la eliminación del opositor, dichas pruebas deberán contrastarse mediante entrevista.

La calificación de las pruebas psicotécnicas será de apto o no apto, debiendo obtener como mínimo el aspirante un percentil de 50 en todas y cada una de las aptitudes a evaluar, salvo en las aptitudes de atención y concentración que han de obtener un percentil de 65 o superior.

Este ejercicio se calificará de apto y no apto. Serán eliminados aquellos aspirantes calificados de no aptos.

8.4. Cuarto ejercicio. Práctico.

Será eliminatorio, consistiendo en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de una hora, de un tema práctico determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo de la prueba y relacionado con el temario que figura en el Anexo I en materia de prevención, extinción de incendios y/o salvamento (temas técnicos), que no tendrá por qué coincidir con uno sólo de los temas referidos.

En dicho ejercicio se valorará la estructura, conocimientos técnicos, comprensión de la materia, claridad de exposición y la limpieza del escrito.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Se eliminarán las puntuaciones más alta y más baja otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y se obtendrá la media de las puntuaciones restantes.

8.5. Quinto ejercicio. Reconocimiento médico.

Será eliminatorio y consistirá en un reconocimiento que será practicado por el Servicio Médico Laboral de la Excma. Diputación Provincial de Almería. Se realizarán cuantas pruebas clínicas y complementarias de otra clase se consideren necesarias, en base a las causas de exclusión contenidos en el Anexo II.

El reconocimiento médico se calificará como «apto» o no apto. El Tribunal otorgará certificación de aptitud, siendo necesaria la calificación de en el reconocimiento médico, quedando eliminado el aspirante en caso contrario.

8.6. Sexto ejercicio. Dictado (voluntario).

El ejercicio consistirá en escribir con letra legible, a dictado, un texto elegido por el tribunal, donde se valorará el correcto uso ortográfico. El tribunal deberá tener en cuenta que la falta de ortografía se producirá por la equivocación en la escritura de las palabras y en la aplicación de las normas de ortografía consideradas por la Real Academia Española. En esta apreciación, se incluyen, además de todos los errores comúnmente considerados, la falta de acentos o tildes, diéresis, uso de mayúsculas y minúsculas, signos de interrogación y admiración, paréntesis, comillas, punto, coma, punto y coma, cambio en las letras o palabras, etc. Si hubiera números en el dictado, estos deberán expresarse en letra.

Tras el dictado se realizará una segunda lectura del mismo por el tribunal y, a su término, se concederá un tiempo de diez minutos para que el aspirante pueda repasarlo. Las correcciones deberán quedar claras en su presentación.

Esta prueba se valorará de 0 a 2 puntos. Cada falta de ortografía cometida se penalizará con 0,1 puntos.

El ejercicio es voluntario, pero la puntuación obtenida en el mismo se sumará a las puntuaciones del resto de los ejercicios al objeto de determinar la calificación final.

Los candidatos deberán indicar en su solicitud si van a realizar, o no, este ejercicio. De no indicar nada, no podrán realizar el mismo.

Base 9.ª Normas complementarias sobre calificaciones.

9.1. Calificación de la oposición.

Los ejercicios, se calificarán según lo dispuesto en la base anterior para cada prueba.

En el ejercicio práctico, las calificaciones se determinarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal, eliminando la puntuación más alta y más baja, y dividiendo el total por el número de asistentes del Tribunal, siendo el cociente la calificación del ejercicio.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas, exponiéndose al público en el Tablón de Anuncios del Consorcio.

9.2. Calificación final.

La puntuación definitiva y el orden de la relación de aprobados estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios de la oposición.

Base 10.ª Relación de aprobados y propuesta de nombramiento.

Concluidas las pruebas, el tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Consorcio la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas; ello sin perjuicio de lo dispuesto en la base 5.4. Asimismo, el Tribunal elevará al Presidente del Consorcio la correspondiente propuesta de nombramiento.

Base 11.ª Revisión de actos del tribunal.

Las resoluciones del tribunal tendrán carácter vinculante para el Consorcio, no obstante, se podrá proceder a la revisión de oficio de las mismas conforme a lo establecido en el Artículo 106 y ss de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la propuesta del Tribunal que culmine el proceso selectivo, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Presidente del Consorcio, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha publicación de la propuesta del Tribunal en el Tablón de Edictos del Consorcio, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

Base 12.ª Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos aportarán dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria siguientes:

a) Fotocopia cotejada del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad de Extranjero.

- En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.

- En el caso de nacionales s de Estados que no sean miembros de la Unión Europea, se deberá acreditar la circunstancia a que se refiere la base 2, apartado 1, letra c).

b) Declaración responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.

En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración responsable de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Fotocopia cotejada del título exigido o del resguardo del pago de los derechos de expedición del mismo.

d) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su artículo 10.

e) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se va a desempeñar. En su caso, solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen de la plaza, objeto de esta convocatoria.

f) Copia cotejada del permiso de conducción de vehículos tipo C y autorización para la conducción de vehículos de la clase BTP.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrá ser nombrados funcionarios en prácticas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la administración Pública de que dependan, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Base 13.ª Período de prácticas.

Presentada la documentación a que se refiere la base anterior, la Presidencia del Consorcio dictará resolución en la que se nombrará a los aspirantes propuestos como funcionarios en prácticas.

El período de prácticas tendrá una duración de tres meses en el que los aspirantes recibirán la correspondiente formación, bien impartida por el Consorcio, o en colaboración con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía. Además de la formación, se realizarán las correspondientes prácticas de las tareas propias de bombero-conductor.

Finalizado el período de prácticas, un órgano de evaluación compuesto por el Jefe del Parque y dos Cabos o bomberos conductores (los de mayor y menor edad de la plantilla del Consorcio) elevará un informe motivado a la Presidenta sobre las tareas realizadas en el período de prácticas, con la evaluación como apto o no apto de cada uno de los aspirantes. En caso de que el informe proponga la calificación de no apto, por la notoria falta de aprovechamiento de la instrucción recibida, se dará traslado al interesado para que realice alegaciones en un plazo de diez días hábiles.

Los aspirantes que no superen el período de prácticas perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, a cuyo efecto se dictará la correspondiente resolución por el Presidente del Consorcio.

Durante el período de prácticas los aspirantes recibirán una retribución igual a la establecida para los funcionarios de carrera bomberos-conductores.

Base 14.ª Nombramiento y toma de posesión.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas, exponiéndose al público en el Tablón de Anuncios del Consorcio.

Quienes hayan superado el período de prácticas serán nombrados funcionarios de carrera por el Presidente del Consorcio, debiendo aquéllos tomar posesión en el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente a aquél en que se haya notificado el nombramiento.

Base 15.ª Norma final.

La convocatoria y sus bases ponen fin a la vía administrativa, pudiendo interponer los interesados recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados del mismo orden con sede en Almería, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante el Presidente del Consorcio, en el plazo de un mes a contar del mismo día indicado anteriormente, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.

ANEXO

I. TEMARIO.

Grupo I. Constitucional y administrativo.

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Características y estructura. El Título preliminar.

Tema 3. El Municipio. Elementos. Competencias del Municipio. Órganos municipales. Competencias del Alcalde y del Pleno.

Tema 4. La Provincia. Elementos. Competencias de la Provincia. Órganos provinciales. Competencias del Presidente de la Diputación y del Pleno.

Tema 5. Entidades Locales de Ambito Superior al Municipio. Las Mancomunidades de Municipios. Los Consorcios. Régimen orgánico del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento del Levante Almeriense.

Tema 6. Los Funcionarios Publicos. Funcionarios locales: escalas, subescalas, clases y categorías. Derechos de los funcionarios. Deberes. Régimen disciplinario. Derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional. Derecho de reunión.

Tema 7. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada de las víctimas.

Grupo II. Materias específicas.

Tema 1. Teoría del fuego. Triangulo y tetraedro del fuego. Productos de la combustión. Peligrosidad de un combustible respecto a su posible ignición. Otros factores de influyen en la combustibilidad. Combustibles. Factores del incendio. Transmisión del calor.

Tema 2. Agentes extintores. Clasificación de los fuegos. Clasificación de los agentes extintores. Agentes extintores sólidos, líquidos y gaseosos. Extintores portátiles

Tema 3. Medios de extinción. Equipos de extinción. El agua. Fuentes de abastecimiento. Mangueras, Conexiones. Lazas. Monitores. Equipos especiales. Normas de uso de mangueras. Equipos de espuma y su empleo. Formas de extinción de incendios: Eliminación del combustible, sofocación, enfriamiento e inhibición.

Tema 4. Vehículos y equipos auxiliares, mecánica básica de los vehículos, características técnicas y mantenimiento básico de los vehículos, conducción eficiente. Auto bombas. Motobombas. Escaleras. Prendas de protección personal.

Tema 5. Instalaciones fijas de extinción de incendios. Instalaciones de detección. Instalaciones de detección y alarma.

Tema 6. Código Técnico de la Edificación. Documento Básico Seguridad en Caso de Incendio CTE-DBSI. Propagación interior. Propagación exterior. Evacuación de ocupantes. Detección, control y extinción del incendio. Intervención de los bomberos. Resistencia al fuego de las estructura. Construcción básica. Sistemas constructivos. Reacción al fuego. Resistencia al fuego.

Tema 7. Incendios en edificaciones. Desarrollo del incendio en recintos cerrados. Explosiones de gases del incendio. Control flashover y backdraft. Enfriamiento de los gases del incendio. Ventilación.

Tema 8. Incendios forestales. Causas y prevención. Formas de propagación en el monte. Combustibles forestales. Formas de incendio. Factores que intervienen en la propagación. Métodos de extinción. Seguridad personal. El Plan de Lucha contra Incendios forestales. El Consejo Andaluz del Fuego.

Tema 9. Hidráulica básica. Fluidos. Presión. Presión atmosférica. Unidades de presión. Aparatos de medida. Leyes fundamentales de la hidrostática. Hidrodinámica. Presión estática y dinámica. Perdida de carga. Calculo de instalaciones. Distancia y altura de un chorro. Reacción en lanza. Golpe da ariete. Bombas. Curvas características de las bombas. Aspiración. Mecanismos de cebado. Instalaciones y medios de protección contra incendios en los edificios.

Tema 10. Mercancías peligrosas. Generalidades. Reglamento y normativa. Características de peligrosidad. Clasificación. Identificación. Señalización. Normas de Actuación. Intervención.

Tema 11. Redes de distribución urbana. Agua. Gas. Electricidad. Saneamiento. Instalaciones en los edificios. Agua. Gas. Electricidad. Ascensores.

Terna 12. Equipos de respiración autónoma. Necesidades de protección. Elementos básicos. Peligros respiratorios. Diferentes equipos. Inspección y mantenimiento. Normas básicas de actuación. Clasificación. Normas básicas de utilización

Tema 13. Descarcelación en accidentes de tráfico. Organización en los accidentes de tráfico. Estabilización con herramientas manuales. Herramientas hidráulicas. Cojines neumáticos. Maniobras básicas con herramientas hidráulicas. Autobuses. Camiones. Seguridad activa y pasiva en los vehículos. Material de rescate y salvamento en accidentes de tráfico. Procedimiento operativo de actuación conjunta en los accidentes de tráfico en Andalucía.

Tema 14. Primeros auxilios. Fracturas. Heridas. Hemorragias. Shok. Quemaduras. Síndrome de aplastamiento. Intoxicaciones. Asfixia. Electrocuciones. Reanimación cardio pulmonar. Recogida de heridos y transporte. Concepto de socorrismo, actuación del socorrista y conducta a observar ante un accidentado. Rescates: rescate en altura, rescate en espacios confinados, rescate en el medio acuático.

Tema 15. Conocimientos básicos de movimientos sísmicos. Tipología de daños en edificaciones. Actuaciones de salvamento y desescombro. Apeos y apuntalamientos.

Tema 16. C.E.I.S. Levante Almeriense. Estatutos. Geografía del ámbito territorial del Consorcio, principales vías de comunicación y callejero de los municipios que integran el Consorcio. Vehículos contra incendios y salvamento del CEIS Levante Almeriense.

Tema 17.Ley 17/2015, de 9 de Julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. Ley 2/2002 de Gestión de Emergencias de Andalucía. Disposiciones generales; derechos, deberes y atribuciones; ordenación general de emergencias, prevención y extinción de incendios y salvamento. Tipología de los Planes de emergencia. Plan Territorial de Emergencia de Andalucía. Planes de Emergencias Locales.

Tema 18. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Protección personal y colectiva. Sistemas de prevención y protección del accidente de trabajo.

Tema 19. Nociones de informática: Sistema operativo Windows, Microsoft Office (Word, PowerPoint, Excel, Acces). Informes de actuación /intervención.

ANEXO II

CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS

1. Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones propias del cargo.

2. Ojo y visión:

- Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.

- Desprendimiento de retina.

- Estrabismo.

- Hemianopsias.

- Discromatopsias.

- Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del tribunal médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.

3. Oído y audición: Enfermedades que supongan alteraciones del equilibrio o una pérdida de la agudeza auditiva de 35 dB entre las frecuencias de 500 a 2000 Hz.

4. Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de su trabajo, o que puedan agravarse, a juicio del tribunal médico, con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causas muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).

5. Aparato digestivo: Cualquier proceso digestivo que, a juicio de tribunal médico, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

6. Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 150 mm/hg en presión sistólica y las 90 mm/hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como, cualquier otra patología o lesión cardiovascular que a juicio del tribunal médico, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.

7. Aparato respiratorio: EI asma bronquial 1, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de su puesto.

8. Enfermedades neurológicas que se manifiesten con alteraciones moto ras, sensitivas o nivel de consciencia.

9. Enfermedades psiquiátricas, alcoholismo, toxicomanía y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de su función.

10. Enfermedades dermatológicas que se puedan ver agravadas por la exposición a sustancias con las que el bombero se pone en contacto en su ejercicio profesional.

11. Otros procesos patológicos; Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades inmunológicas, hemopatías graves y cualquier otro proceso que, a juicio del tribunal médico, limite o incapacite para el desarrollo de su trabajo.

ANEXO III

MODELO DE SOLICITUD

Provisión en propiedad de veintiséis plazas de bomberos-conductores, vacantes de la plantilla de funcionarios del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento en el Levante Almeriense

DATOS PERSONALES

1. (Nombre) (Primer Apellido) (Segundo Apellido)

2. (Fecha de nacimiento) (Provincia) (Lugar de nacimiento: Municipio)

3. (Domicilio)

4. (Código Postal) (Lugar domicilio: Municipio) (Idem. Provincia)

5. Nacionalidad 6. DNI/ Pasaporte/NIE no.

7. Teléfono núm. ...............................................................

DOCUMENTACIÓN APORTADA

- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

- Resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen.

SOLICITA: Ser admitido en las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de 26 plazas de bombero-conductor del Consorcio.

Indica que........................ (póngase SÍ o NO) va a realizar el ejercicio de dictado (De no indicar nada, el aspirante no podrá realizar el ejercicio).

DECLARA: Que son ciertos todos y cada uno de los datos consignados en esta solicitud y que reúne todas las condiciones exigidas en la base segunda de la convocatoria anteriormente referida, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En ........................................................., a ............ de ...................................... de 2017

Sra. Presidenta del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento del Levante Almeriense. Paraje Agua Nueva. 04639 Turre.

En Turre, 26 de julio de 2017.- La Presidenta, Rosa María Cano Montoya.

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