Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 12/09/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 28 de julio de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 667/2016.

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Procedimiento: Procedimiento impugnación sanciones art. 114 y ss 667/2016.

Negociado: 1i.

NIG: 4109144S20160007182.

De: Doña Trinidad Eslava Santos.

Contra: Agrícola Espino, S.L.U., SEPE y Fogasa.

EDICTO

Doña Araceli Gómez Blanco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 667/2016, a instancia de la parte actora, doña Trinidad Eslava Santos, contra Agrícola Espino, S.L.U., SEPE y Fogasa, sobre Procedimiento impugnación sanciones art. 114 y ss, se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

DECRETO

La Letrada Accidental de la Administración de Justicia, doña Diana Bru Medina.

En Sevilla, a 12 de julio de 2016.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Doña Trinidad Eslava Santos presentó demanda de Impugnación de Sanciones frente al Servicio Público Estatal y la mercantil Agrícola Espino, S.L.U.

Segundo. La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el núm. 667/16.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82,1 de la LRJS, procede su admisión a trámite y su señalamiento por el Secretario Judicial.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo:

- Admitir la demanda presentada.

Se señala el próximo día 2 de abril de 2019, a las 9,50 horas, para la celebración del acto de Juicio en la sala de vistas núm. 10 de este Juzgado, sito en Avda. de la Buhaira, núm. 26, 1.ª planta, Edificio Noga, de Sevilla.

- Cítar para personación a celebrar en la sede del Juzgado, sito en la 5.ª planta de este mismo edificio, a las 9,20 horas del día 2.4.19, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante la Letrada de la Administración de Justicia, conforme lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011, de RJS.

- La Letrada de la Administración de Justicia no estará presente en el acto de la vista, conforme al art. 89, de la LRJS .

- Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá la Letrada de la Administración de Justicia, en el primer caso, y el Juez, en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.

Respecto a la prueba solicitada, dese cuenta a S.S.ª, para que resuelva lo procedente.

Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.

- Tener por efectuada la manifestación de la parte actora de comparecer a juicio asistido de Letrado/Graduado Social.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta Resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

La Letrada de la Administración de Justicia.

Diligencia. En Sevilla, a dieciséis de septiembre de dos mil dieciséis.

La extiendo yo, la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que la anterior resolución ha sido transcrita en la actual fecha, debido al volumen y la carga de trabajo existente en este Juzgado, encontrándose dicha demanda minutada y sin incoar desde el día 12 de julio de 2016.

La Letrada de la Administración de Justicia.

Diligencia. En Sevilla, a dieciséis de septiembre de dos mil dieciséis.

La extiendo yo, la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en el día de la fecha paso a dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado en la anterior resolución y medios de prueba solicitados por la parte en el otrosí digo de la demanda.

Doy fe.

Providencia de la Magistrada doña María Amelia Lerdo de Tejada Pagonabarraga.

En Sevilla, a dieciséis de septiembre de dos mil dieciséis.

Vista la anterior diligencia, se tiene por propuestos los medios de prueba articulados por la parte actora en su demanda y, para su práctica, se acuerda:

A) Cítese de confesión judicial al representante legal de la empresa demandada, sirviendo la notificación de esta resolución de citación en forma a tales fines, bajo apercibimiento de poder ser tenido por confeso en caso de incomparecencia.

B) Requiérase a la empresa demandada a fin de que aporte al acto de Ley los documentos que la parte actora relaciona en su demanda, sirviendo la notificación de esta resolución de requerimiento en forma.

C) Accédase a través del punto neutro judicial a la Agencia Tributaria a fin de que se obtenga la relación de operaciones con terceros que consten de otras empresas con Agrícola Espino, S.L.U., con CIF B-41918202, durante los años 2012, 2013 y 2014.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo mandó y firma S.S.ª, doy fe.

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

Letrada de la Administración de Justicia, Sra. doña Araceli Gómez Blanco.

En Sevilla, a veintiocho de julio de dos mil diecisiete.

El anterior exhorto negativo únase.

Practicada consulta domiciliaria y comprobado que el domicilio del demandado es aquel en el que se ha intentado sin éxito su citación, se acuerda llevarla por medio de BOJA; líbrese a tal efecto la oportuna comunicación y cítese al fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda y resto de la documentación a los efectos del art. 164 de LEC y concordantes de LRJS.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la Letrado/a de la Administración de Justicia que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

La Letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Agrícola Espino, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiocho de julio de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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