Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 178 de 15/09/2017

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 29 de agosto de 2017, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 242/2017.

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Procedimiento: Despido objetivo individual 242/2017. Negociado: mj.

NIG: 2906744S20170003100.

De: Adil Motia.

Abogado: Sr. Juan Luis Olalla Gajete.

Contra: Self Service Versalles, S.L. y Fogasa.

EDICTO

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 242/2017, a instancia de la parte actora Adil Motia, contra Self Service Versalles, S.L., y Fogasa, sobre despido objetivo individual se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente:

AUTO

Magistrada-Juez Sra. doña Victoria Gallego Funes.

En Málaga, a siete de julio de dos mil diecisiete.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En este procedimiento se ha dictado que ha sido notificado a las partes litigantes.

Segundo. En la referida resolución figura/n el/los siguiente/s párrafo/s.

Tercero. Adil Motia ha solicitado la aclaración de la misma en el siguiente sentido: Que se aclare la fecha de antigüedad y el concepto a que corresponden los 2.887,13 euros que constan en el fallo.

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO

1. Estimar la solicitud de Adil Motia de aclarar la sentencia dictada en este procedimiento con fecha en el sentido que se indica a continuación.

Hecho probado primero: Primero. La parte actora con NIE X-6756618-T, ha venido prestando servicios para la empresa demandada, en actividad de hostelería, desde el 18.4.2006, con categoría de Ayudante de cocina y debiendo percibir un salario de 1.439,89 euros por mes brutos prorrateados.

FALLO

Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Adil Motia, frente a la entidad Self Service Versalles, S.L., sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración; y, a su vez, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral entre las partes a la fecha de la presente sentencia, debiendo condenar y condenando a la empresa demandada a que indemnice a la actora con la suma de 20.758,09 euros, más la cantidad de 2.887,13 euros, en concepto de 61 días de salarios de tramitación (desde la fecha del despido al alta en otra empresa).

2. Incorporar esta resolución al Libro que corresponda y llevar testimonio a los autos principales.

Notifíquese la presente resolución.

Contra este auto no cabe interponer recurso sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse frente a la resolución aclarada.

El/La Magistrado/a. Doy Fe. El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Self Service Versalles, S.L. y Fogasa, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veintinueve de agosto de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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